
La fiscal de la Nación, Delia Espinoza, solicitó formalmente al Poder Judicial que declare la ilegalidad del partido político Fuerza Popular por la causal de conducta antidemocrática y disponga su cancelación en el Registro de Organizaciones Políticas (ROP) del Jurado Nacional de Elecciones (JNE).
De acuerdo con la solicitud, las presuntas actividades contrarias a los principios democráticos que justifican la declaratoria de ilegalidad del partido de Keiko Fujimori son:
- Promover atentados contra la integridad de magistrados, funcionarios públicos, opositores políticos, periodistas y medios de prensa independientes, sociedad civil organizada, y la persecución de estas personas por razón de su función pública, posición política, profesión y/u opinión. En resumen, un acoso sistemático contra personas que les parezcan incómodas.
- Promover la exclusión de congresistas (militantes e invitados) de su bancada por razón de disidencia política/libertad de conciencia.
- Exculpar atentados contra la vida e integridad de las víctimas del conflicto armado interno (1990-2000).
- Legitimar violencia como método de para la consecución de objetivos políticos.

La demanda de declaratoria de ilegalidad será resuelta por la Sala de Derecho Constitucional y Social Permanente de la Corte Suprema.
Primero se deberá notificar a Fuerza Popular con la demanda y sus anexos a fin de que ejerza su derecho a la defensa. Luego se convocará a audiencia. Culminada esta, se dejará al voto la causa.
Se requieren cuatro de cinco votos para que proceda la declaratoria de ilegalidad. Cabe precisar que ante un fallo adverso, tanto la Fiscalía como el partido podrán apelar ante la Sala Suprema Civil Permanente.
Del mismo modo, vale recordar que esta es la segunda oportunidad en la historia que el Ministerio Público solicita al Poder Judicial que declare ilegal un partido político por conducta antidemocrática. La primera organización en ser desterrada fue A.N.T.A.U.R.O., del líder etnocacerista Antauro Humala.
Si Fuerza Popular corre la misma suerte que el partido de Antauro Humala, quedaría fuera de las Elecciones 2026.

El precedente Antauro Humala
En enero de este año, la Sala Civil Permanente de la Corte Suprema dejó fuera de la contienda electoral de 2026 a A.N.T.A.U.R.O., organización vinculada a Antauro Humala, al confirmar la ilegalidad de este partido y ordenar la cancelación de su inscripción en el ROP del JNE, así como el cierre de todos sus locales partidarios.
El fallo, adoptado por unanimidad, ratificó en todos sus extremos la sentencia de primera instancia emitida por la Sala de Derecho Constitucional y Social Permanente, que ya había dispuesto la cancelación de la inscripción de A.N.T.A.U.R.O. en el ROP y el cierre de sus sedes una vez que la decisión quedara firme. La defensa del partido había presentado un recurso de apelación argumentando que la sentencia inicial carecía de fundamentos suficientes para declarar la ilegalidad de la organización. No obstante, el tribunal consideró que los argumentos presentados no resultaban válidos y que la resolución de la instancia anterior cumplía con los requisitos legales y constitucionales exigidos.
En el mismo sentido, la sala declaró improcedente el pedido de la fiscalía para que los directivos de la organización sean inhabilitados. Aunque la defensa de A.N.T.A.U.R.O. sostiene que Humala es solo un militante, los magistrados concluyeron que su liderazgo dentro del partido está demostrado. Además, señalaron que algunos dirigentes presenciaron discursos antidemocráticos pronunciados por el condenado por el Andahuaylazo sin manifestar rechazo, a pesar de que estos discursos colisionan con los derechos fundamentales reconocidos y protegidos por la Constitución.

El tribunal enfatizó que “las declaraciones verbales, escritos de los órganos del partido, sus dirigentes o líderes vinculan necesariamente al partido político del cual son miembros. Y si no consta una manifestación de rechazo frente a discursos y actuaciones que vulneran la democracia, corren peligro los derechos fundamentales de toda o parte de la población”. Esta afirmación, recogida en la resolución, subraya la responsabilidad de los partidos políticos y sus miembros en la defensa de los principios democráticos.
La sala también destacó que la prohibición de la violencia como método político o propuesta ideológica cuenta no solo con respaldo constitucional, sino que se fundamenta en el preámbulo de la Declaración Universal de Derechos Humanos. En la resolución se remarcó que el papel de los partidos políticos en una democracia no se limita a participar en procesos electorales para acceder al gobierno, sino que implica actuar conforme a los principios y valores democráticos.
Entre las declaraciones cuestionadas por el tribunal figura una realizada por el propio Antauro Humala en diálogo con La República, donde anunció su intención de promover la salida del Perú de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (Pacto de San José de Costa Rica), tratado que establece derechos y libertades que los Estados miembros deben respetar, con el objetivo de “fusilar a expresidentes”.
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