
La Junta Nacional de Justicia (JNJ) convocó a la fiscal de la Nación, Delia Espinoza, a la audiencia pública donde se decidirá sobre su eventual suspensión y procedimiento disciplinario en su contra. La sesión de carácter impostergable está programada para este viernes 19 de septiembre a las 10:00 de la mañana, en la cual la titular del Ministerio Público dispondrá de 10 minutos para presentar su descargo oral ante el pleno del organismo constitucional.
El informe elaborado por la vicepresidenta María Teresa Cabrera Vega, al que tuvo acceso Infobae Perú, plantea disponer el inicio del procedimiento en contra de la titular del Ministerio Público por su actuación como fiscal suprema y fiscal de la Nación por “presuntamente haber infringido en su totalidad los deberes previstos en los numerales 1), 3), 10) y 20) del artículo 33º de la Ley de la Carrera Fiscal".
Luego de la audiencia, los consejeros procederán a votar la propuesta de suspensión preventiva, sin la participación del miembro que lo planteó, es decir, María Teresa Cabrera. Así, el futuro de Delia Espinoza estará en las manos de Gino Ríos(presidente), Francisco Távara Córdova, Jaime de la Puente, Víctor Chanduví, Germán Serkovic y Cayo Galindo.
De ser aprobada la propuesta de Cabrera por el Pleno de la JNJ, Espinoza Valenzuela quedaría apartada del ejercicio de cualquier función dentro del Ministerio Público y de representación durante el plazo que dure la investigación, hasta un máximo de seis meses, sin que esta suspensión tenga carácter sancionador definitivo.

¿Qué hechos se le atribuyen a Delia Espinoza?
El procedimiento seguido contra Delia Espinoza Valenzuela comenzó tras la denuncia presentada por Luis Miguel Caya Salazar, admitida a trámite el 18 de julio de 2025. Entre los hechos atribuidos a la fiscal de la Nación figura haber hecho caso omiso a la resolución N.° 231-2025-JNJ, que ordenaba la reincorporación de Liz Patricia Benavides Vargas como titular del Ministerio Público, así como la realización de actos irregulares para mantenerse en el cargo, la negativa a recibir a Benavides Vargas en la sede principal y la falta de convocatoria inmediata a la Junta de Fiscales Supremos.
La instrucción señala también la instigación al personal del Ministerio Público para permanecer dentro de la sede institucional el 16 de junio pasado, con el fin de evitar la ejecución de la disposición de la JNJ. Estos hechos estarían tipificados como interferencia en el ejercicio de funciones de otros órganos del Estado y afectación de la institucionalidad, conforme al artículo 47 de la Ley de la Carrera Fiscal y disposiciones del ordenamiento disciplinario.
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