
El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual ha dado una nueva medida contra otra empresa por llamadas spam.
“En primera instancia, la Comisión de Protección al Consumidor N°3 (CC3) del Indecopi sancionó a Pacífico Compañía de Seguros y Reaseguros por contratar servicios de telemercadeo para promocionar sus productos mediante llamadas telefónicas a consumidores que no habían dado su consentimiento. La sanción también alcanzó a Impulsa 365 S.A.C, ‘call center‘ encargado de ejecutar dichas comunicaciones", aclaró la entidad.
Así, la investigación determinó que Impulsa 365 realizó 1.395 llamadas con la finalidad de promover la contratación de los servicios de Pacífico Seguros pero sin haber obtenido el consentimiento previo, informado, expreso e inequívoco de los destinatarios. Por esta práctica, se impuso una multa de 21,49 UIT a Pacífico Seguros, equivalente a S/114 mil 971,5; y una sanción de 8,80 UIT a Impulsa 365, equivalente a S/47 mil 80. La resolución es pública y puede consultarse en el siguiente enlace.

Indecopi sancionó a Pacífico Seguros
Así, Indecopi ha declardo responsable a Pacífico Seguros por emplear un call center que realizó llamadas no autorizadas en nombre de la empresa para ofertas sus productos.
“Declarar responsable y sancionar a PACÍFICO COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS, como empresa encargada de emplear un centro de llamada (call center), con una multa de 21.49 Unidades Impositivas Tributarias, (...) toda vez que empleó métodos comerciales agresivos, al efectuar comunicaciones comerciales con la finalidad de ofertar sus productos y servicios sin, previamente, haber recabado el consentimiento de 1.395 consumidores", señala la resolución.
Adempas, cabe precisar que este caso forma parte de las investigaciones iniciadas en 2024 —antes de la promulgación de la Ley 32323— por la Dirección de Fiscalización del Indecopi a empresas de los sectores bancario, seguros y telecomunicaciones, en las que se emplearon herramientas de inteligencia artificial y análisis de datos.

Sin embargo, “la resolución aún se encuentra en plazo de apelación. De presentarse este recurso, el caso será revisado y, de corresponder, elevado a la Sala Especializada en Protección al Consumidor del Indecopi, segunda y última instancia de la vía administrativa”.
Perú aún sin código identificador
Como se sabe ya hay ley antispam vigente, pero los peruanos siguen recibiendo llamadas publicitarias no solicitadas. Como se recuerda, en mayo, el Congreso promulgó la Ley 32323, Ley que modifica la Ley 29571, Código de protección y defensa del consumidor, a fin de amplir la prohibición de las comunicaciones spam.
En su disposición complementaria final, se señala que el “el Poder Ejecutivo establecerá la normativa adicional que otorgue la numeración telefónica especial a los proveedores, los métodos de seguridad y las técnicas de validación para que los usuarios puedan identificar las llamadas (spam) que reciben, así como los mecanismos de validación de la información trasmitida".

Sin embargo, se dada un plazo de sesenta días calendario contados a partir de la entrada en vigor de la presente ley. Este venció el pasado 9 de julio del 2025. Ya han pasado dos meses con esa ‘promesa’ incumplida y los usuarios y clientes siguen a merced de las llamadas spam.
“Aspec señala que el plazo de dos meses establecido por la ley para el Poder Ejecutivo las emita ya se venció. Esta demora genera inseguridad jurídica y dificulta el control y sanción efectiva del spam, afectando la tranquilidad y derechos de los consumidores”, acotó Crisólogo Cáceres, de la Asociación Peruana de Consumidores y Usuarios a Infobae Perú.
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