
El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) ha incluído condiciones para el acceso a la nueva pensión mínima de S/600 que se aprobó con la reforma de pensiones. Así lo señala el reglamento promulgado hace unos días.
Como medida para hacerle frente a un posible octavo retiro AFP, se ha condicionado la entrega de la pensión mínima de S/600 a no solo los afiliados que tengan como mínimo 240 aportes (no importa el monto que mantengan en su cuentas), sino también a los que no retiren AFP si se aprueba una nueva Ley.
Sin embargo, según Noelia Bernal, investigadora del Centro de Investigación de la Universidad del Pacífico (CIUP) y especialista en pensiones, los afiliados que ya retiraron sus fondos, en algunos de los siete retiros anteriormente aprobados (ya no vigentes), también podrán acceder a esta, incluso cuando su monto sea de 1 UIT (S/5.350) o menos, dado que la Ley solo se refiere a los retiros realizados a partir de la vigencia de la norma de pensiones y no detalla monto. Pero la experta también alerta del costo fiscal que esto conllevará.

Acceso a la pensión mínima
¿Qué pasa si mi fondo de pensión en la SPP no llega al monto para una pensión mínima de S/600? Descuida. La pensión mínima no está ajustada a un monto que se deba tener de saldo, sino a haber realizado 240 aportes (20 años de trabajo).
Entonces, ¿si no se cumplen los 240 aportes se pierde todo el dinero aportado? No. Si no se llegan a los 20 años de aportes al SPP, manejado por las AFP, solo no se tendrá acceso a la pensión mínima de S/600, pero sí se hará el cálculo de pensión usual en base al saldo que se tenga, o se podrá retirar el 95,5% de los fondos como modalidad de jubilación (en tanto la persona cumpla con tener 40 años a la entrada en vigencia de la ley, el pasado 25 de septiembre de 2024).
La Ley actualmente solo limita a que quienes no cumplieron los 240 aportes y retiran AFP de percibir la pensión mínima. Pero ya los que hayan retirado fondos con los siete accesos aprobados anteriormente, si cumplieron con dar 240 aportes al SPP, sí accederán a la pensión de S/600. Inclusive si tuvieran solo un monto de 1 UIT.

Aunque parezca increíble, esto es posibe. Un trabajador afiliado a la AFP que percibía el sueldo mínimo tuvo como mínimo aportes de S/102,5 al mes (hasta el año pasado, cuando la RMV era de S/1.025) y en 20 años, acumula poco más de S/24 mil 600, sin contar la rentabilidad. Los retiros anteriores de AFP han llegado a permitir acceso de hasta 4 UIT (S/20 mil 600, para su valor en 2024), por lo que a gran parte de estos solo les quedaría montos muy bajos. Aún así, podrán pedir pensión mínima con cargo al Estado.
Pensión mínima del Estado incrementará costo fiscal
Para la investigadora Noelia Bernal, la pensión mínima de S/600 para los afiliados AFP es una medida que incrementará el costo fiscal al futuro y lo considera “inviable de pagar”, sobre todo cuando esta puede ser pedida por jubilados que no tengan fondos en sus cuentas.
“La gente, obviamente, si ya gastó su plata, ya no [tendría] ninguna pensión en el Sistema Privado de Pensiones. En mi cálculo, yo estoy asumiendo que sí, que el Estado le va a completar lo que le falta nomás. Pero si ya tiene cero en su cuenta, el Estado le va a tener que dar toda la pensión”, resalta a Infobae Perú.
Normalmente, los fondos serían insuficientes para dar una pensión de S/600, pero son costos que asumirá el Estado peruano al futuro. Bernal calcula que si estas personas sin montos signficativos en sus cuents en la SPP piden al Estado la pensión mínima prometida, esto va a costar al menos alrededor de S/15 mil millones. Pero la situación sería peor inclusive, dado que el cálculo se hacía con datos al 2019, antes de los retiros de AFP. El panorama empeorará mucho más para el gasto del Estado.
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