El expresidente Pedro Castillo negó, una vez más, el golpe de Estado que intentó perpetrar el 7 de diciembre de 2022. En la sesión de hoy del juicio oral en su contra rebelión, incluso aseguró que en realidad hubo alzamiento armado para derrocarlo a él y detenerlo.
“Nos aproximamos a la sesión 40 y hasta el día de hoy no ha podido probar el delito de rebelión. El 7 de diciembre lo que hubo (fue) un alzamiento armado para derrocar a mi gobierno, para arrestarme apuntando a mi hija”, fantaseó el golpista.
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Castillo omite que fue detenido en flagrancia por el contenido del mensaje a la Nación de ese día, donde dispuso el cierre inconstitucional del Congreso, la intervención del sistema de justicia y la instauración de un gobierno de excepción. Luego, se dictó prisión preventiva en su contra, cuya vigencia ha sido ratificada hoy.

En su intervención, en lugar de acreditarse ante la Sala Penal Especial de la Corte Suprema, el expresidente saludó a la Organización de las Naciones Unidas (ONU) por supuestamente haber iniciado una investigación sobre el inexistente derrocamiento de su gobierno.
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“Yo desde acá quisiera agradecer a la ONU que ha empezado a hacer las investigaciones y ver quiénes son los responsables en este armamento armado (sic) que sí lo hubo por parte de los que hoy han logrado tenerme en la cárcel”, dijo. No hay alguna noticia oficial sobre lo dicho por Pedro Castillo.
Castillo seguirá en prisión preventiva
El expresidente Pedro Castillo permanecerá en el Penal de Barbadillo, cumpliendo la prisión preventiva dictada por el intento de golpe de Estado del 7 de diciembre de 2022. El Juzgado Supremo de Investigación Preparatoria, a cargo del juez supremo Juan Carlos Checkley, rechazó el recurso presentado por la defensa de Castillo para cesar esta medida coercitiva, cuya extensión de 18 meses vence en diciembre de 2025.
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La defensa argumentó que los fiscales intervinientes carecían de competencia por no ser fiscales supremos, solicitando la anulación de la prisión preventiva y la liberación de Castillo. Sin embargo, el juez Checkley desestimó este planteamiento, señalando que la Ley Orgánica del Ministerio Público permite que fiscales adjuntos supremos actúen en apoyo del fiscal supremo cuando este no puede intervenir, como ocurrió en las audiencias del caso. Según la resolución, esta participación está constitucional y legalmente respaldada, por lo que el argumento de la defensa carece de fundamento.
“Ello significa que (los fiscales adjuntos supremos) están cumpliendo una atribución constitucional y legalmente establecida; el cuestionamiento de la defensa no tiene sustento”, se lee en el documento.
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Además, el juez destacó que, para justificar el cese de la prisión preventiva, la defensa debía presentar nuevos elementos de convicción que desvirtuaran las pruebas que sustentaron la medida inicial y su prolongación, lo cual no se cumplió. Las resoluciones, actas y fotografías presentadas por los abogados de Pedro Castillo, que documentaban la actuación de fiscales adjuntos, no lograron rebatir los elementos de convicción originales.

Castillo también solicitó que se le imponga comparecencia con restricciones en lugar de prisión preventiva, pero el juez consideró innecesario analizar esta solicitud, dado que el cese de la medida fue desestimado.
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Durante la audiencia, Castillo se autoproclamó nuevamente “presidente de la República” y cuestionó la legitimidad de los fiscales y jueces, argumentando que su carácter provisional los descalificaba para intervenir en su caso.
Comparó su situación con la del expresidente Alberto Fujimori, afirmando que en los procesos de este último participaron jueces supremos titulares, a diferencia de su caso. Sin embargo, esto no es cierto ya que en el juicio por los casos Barrios Altos y La Cantuta participó un juez supremo provisional.
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