
Una reciente propuesta legislativa, aprobada por la Comisión de Trabajo y Seguridad Social del Congreso de la República, busca dignificar las condiciones laborales de los porteros y guardianes que trabajan en edificios residenciales en Perú. De esta manera, estos trabajadores tendrían derecho a gratificaciones completas en julio y diciembre, así como al pago de Compensación por Tiempo de Servicios (CTS).
La iniciativa, presentada por congresistas del Grupo Parlamentario Somos Perú, encabezados por Héctor Valer Pinto, tiene por objetivo garantizar un régimen laboral especial que mejore las condiciones laborales y sociales de los porteros y guardianes. El proyecto enfatiza la estabilidad laboral, seguridad social y condiciones adecuadas para realizar sus funciones.
¿Cuáles serían los beneficios laborales que obtendrían los porteros?
El proyecto plantea otorgar a los trabajadores de edificios diversos beneficios, destacando especialmente las gratificaciones de julio y diciembre equivalentes a un sueldo completo cada una. También se incluiría el pago de CTS conforme a ley, afiliación obligatoria a EsSalud, acceso al Sistema de Pensiones (ONP-AFP), y, en casos específicos, un Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo (SCTR).
Además, los porteros tendrían derecho a vacaciones anuales de 30 días calendarios, remuneración mínima vital, descanso semanal obligatorio y asignación familiar en caso de tener uno o más hijos menores de 18 años. Este último beneficio equivaldría al 10% del sueldo mínimo vigente.

Condiciones adecuadas de trabajo y requisitos para ejercer el cargo
Otra exigencia de la iniciativa es que los empleadores garanticen condiciones físicas adecuadas para los trabajadores, incluyendo espacios techados, acceso a agua potable y servicios sanitarios. También se contempla la provisión de equipamiento necesario para la realización eficiente de sus tareas diarias.
El proyecto establece requisitos específicos para desempeñarse como portero o guardián de edificio residencial. Entre estos se incluyen ser mayor de 18 años, contar con Documento Nacional de Identidad (DNI) vigente o carné de extranjería con autorización laboral, y no tener antecedentes penales, judiciales ni policiales. En caso de extranjeros, además se requiere permiso de trabajo y acreditación de residencia regular en el país.
Impedimentos para ser portero
La propuesta también establece que las personas condenadas por delitos graves, como contra la vida, el cuerpo, la salud o la libertad, así como delitos vinculados al crimen organizado o terrorismo, no podrían desempeñarse como porteros o guardianes. Asimismo, aquellos bajo investigación fiscal por estos delitos quedarían igualmente impedidos de ejercer este cargo.
El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, mediante la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil), sería responsable de supervisar el cumplimiento de estas normas y aplicar sanciones correspondientes en casos de incumplimiento.

Justificación de la ley y beneficios esperados
La seguridad ciudadana y la convivencia pacífica son dos aspectos que motivan la implementación de esta norma. Según la exposición de motivos, estos trabajadores son fundamentales en la prevención de robos, vandalismo y situaciones de emergencia. Mejorar sus condiciones laborales no solo dignifica su trabajo, sino que también eleva la calidad del servicio prestado a la comunidad.
Desde el punto de vista económico, aunque esta norma implicaría mayores obligaciones para los empleadores particulares, no representaría costos para el Estado. Se espera además una mayor formalización del sector, lo que contribuiría al empleo digno, mejorando la productividad y eficiencia en la gestión y administración de los edificios residenciales.
¿Cómo retirar la CTS 2025?
En mayo de 2025 se aprobó una ley excepcional en Perú que permite disponer hasta el 100 % de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS). Para realizar el retiro, primero se debe esperar la emisión del reglamento detallado por el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE), plazo que vence aproximadamente el 9 de junio. Tras ello, las entidades financieras como bancos y cajas habilitarán el retiro a través de diversos canales: banca móvil, banca por internet, cajeros automáticos o directamente en ventanilla.
Para retirar tu CTS deberás consultar tu saldo disponible en la plataforma electrónica de tu banco, seleccionar la opción de retiro que se habilite, transferir el monto que desees hacia tu cuenta de ahorros o corriente, y finalmente disponer del dinero mediante transferencia o en efectivo. Este beneficio está vigente hasta el 31 de diciembre de 2026.

No necesitas estar desempleado ni justificar la situación laboral para acceder a este dinero. Sin embargo, quienes sufran enfermedades graves como cáncer o enfermedades terminales, pueden acceder de inmediato al retiro del 100 % en cualquier momento, sin necesidad de esperar al reglamento. Desde enero de 2027, la disponibilidad regresará al límite habitual del 50% del monto acumulado, excepto en casos médicos especiales.
¿Cuándo se paga la gratificación?
En Perú, los trabajadores formales reciben dos gratificaciones al año: una en julio y otra en diciembre. La gratificación correspondiente a julio debe ser abonada por el empleador a más tardar el 15 de ese mes, mientras que la de diciembre debe pagarse antes del 15 de diciembre. Estas fechas son establecidas por la Ley N° 27735 y son de cumplimiento obligatorio para todos los empleadores del sector privado. El pago de estas gratificaciones no puede ser pactado en fechas distintas, ya que la ley establece que deben realizarse durante la primera quincena de julio y diciembre, respectivamente.
Si un trabajador no recibe su gratificación en el plazo establecido, tiene derecho a presentar una denuncia ante la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil). Las empresas que incumplen con el pago pueden enfrentar sanciones que van desde S/ 2.227,50 hasta S/ 129.294, dependiendo del tamaño de la empresa y el número de trabajadores afectados.
Es importante destacar que los trabajadores deben estar laborando efectivamente en la fecha de pago de la gratificación para tener derecho a recibirla. Sin embargo, existen excepciones legales que consideran como días laborados aquellos en los que el trabajador se encuentra de descanso vacacional, licencia con goce de remuneraciones o en períodos de percepción de subsidios de EsSalud.
¿Cuál es el propósito de la CTS?
La Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) es un beneficio laboral en Perú que busca proporcionar estabilidad económica a los trabajadores del sector privado en situaciones de cese laboral. Su propósito principal es ofrecer un respaldo financiero que permita al trabajador afrontar sus necesidades mientras busca una nueva fuente de ingresos. Este fondo se acumula semestralmente y se deposita en una cuenta bancaria a nombre del trabajador, generando intereses que también le pertenecen.
La CTS actúa como un seguro de desempleo, funcionando como un ahorro forzoso que el empleador deposita por el trabajador durante el tiempo que este presta servicios en la empresa. Este beneficio está regulado por el Decreto Legislativo N° 650 y su reglamento, el Decreto Supremo N° 001-97-TR, y se deposita dos veces al año: hasta el 15 de mayo y hasta el 15 de noviembre.
Es importante destacar que la CTS es un derecho fundamental que busca proteger a los trabajadores peruanos ante una eventual desvinculación laboral. Aunque existen excepciones y modificaciones en situaciones especiales, como la autorización para el retiro del 100% de los fondos hasta diciembre de 2026, la finalidad principal de la CTS sigue siendo proporcionar un fondo de contingencia para el trabajador en caso de cese.
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