
El Congreso de la República aprobó por insistencia la modificación de la Ley 30364. Publicada hoy, 27 de mayo, en las Normas Legales del diario oficial El Peruano, esta ley busca fortalecer las acciones para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar. El aspecto central de esta modificación es el acceso obligatorio a una franja educativa del 10% en la programación de los medios de comunicación, destinada a contenidos de sensibilización y prevención de la violencia.
Franja educativa del 10%
La modificación del artículo 46 de la Ley 30364 establece que los medios de comunicación deben garantizar, con objetividad, la defensa de los derechos humanos. Esta obligación incluye un especial cuidado en el tratamiento gráfico de las informaciones relacionadas con la violencia. Los medios, que abarcan canales escritos, radiales, televisivos y de otras modalidades tanto públicos como privados, están comprometidos a destinar una franja educativa del 10% de su programación para desarrollar contenidos de prevención y erradicación de la violencia de género.
Esta franja educativa será utilizada por instituciones públicas articuladas en el Sistema Nacional para la Prevención, Sanción y Erradicación de la Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar. Las instituciones accederán de forma gratuita a esta programación, prevista para el horario de protección familiar. Este acceso busca garantizar que la difusión de los contenidos cumpla con el objetivo de sensibilizar a la población sobre la importancia de combatir la violencia en el ámbito familiar.

Debate y perspectivas tras la aprobación
La aprobación por parte del Congreso, realizada el pasado 22 de mayo, se logró con 80 votos a favor y tres abstenciones. A pesar de las observaciones iniciales del Poder Ejecutivo, la legisladora Mery Infantes, promotora de la modificación, destacó la importancia de utilizar los medios de comunicación como herramientas de cambio social. Aseguró que, lejos de implicar una carga financiera, los medios podrían beneficiarse mediante una reducción del canon por el uso del espectro radioeléctrico y electromagnético, manteniendo así su viabilidad económica.
El presidente de la Comisión de Economía, Banca, Finanzas e Inteligencia Financiera, Ilich López, enfatizó que el acceso gratuito a la franja educativa no es una novedad, sino una aclaración de lo ya estipulado en las normas previas. Según López, el enfoque del 10% en contenidos que condenen la violencia de género es una reafirmación del compromiso de la ley original, donde la autonomía de los medios se mantiene, según señaló, intacta en lo que respecta a la elección de sus contenidos.
Con la promulgación pendiente por parte del presidente del Congreso, Eduardo Salhuana, el Poder Ejecutivo tiene un plazo de 30 días para adecuar el reglamento y el texto único ordenado de la Ley 30364. Esta modificación es vista como una respuesta contundente frente a un problema estructural que afecta a innumerables mujeres y familias peruanas.

Impacto esperado y desafíos futuros
El acceso a la franja educativa del 10% representa un avance significativo hacia la sensibilización masiva de la sociedad peruana. Al focalizar los medios de comunicación en transmitir mensajes consistentes y educativos, el Congreso busca cambiar percepciones y comportamientos relacionados con la violencia de género. Este esfuerzo no solo depende del cumplimiento normativo, sino también de la colaboración activa de todos los actores sociales implicados.
Con la publicación oficial de la modificación, se dará inicio a un periodo importante en el que se evaluará cómo estas acciones contribuirán de manera tangible a la reducción de la violencia contra las mujeres en el Perú. A través de la utilización estratégica de los medios de comunicación, se espera fortalecer la cultura de respeto y protección hacia las mujeres y los integrantes del grupo familiar a nivel nacional.
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