
El Tribunal Constitucional del Perú declaró nulo el procedimiento disciplinario mediante el cual se destituyó al fiscal supremo Tomás Aladino Gálvez Villegas. En una sentencia emitida tras un proceso de evaluación sobre la legalidad del procedimiento seguido por la Junta Nacional de Justicia (JNJ), el pleno del Tribunal ordenó la reposición de Gálvez Villegas a su cargo y dejó abierta la posibilidad de que se inicie un nuevo procedimiento disciplinario, bajo los términos marcados por la ley.
El fallo al que accedió Infobae Perú establece que la JNJ actuó fuera del marco legal al someter al fiscal a un “procedimiento disciplinario inmediato”, instrumento creado por reglamento interno y no previsto en la Ley Orgánica de la Junta Nacional de Justicia. Según el Tribunal, esta modalidad vulnera el principio de jerarquía normativa porque elimina la etapa de “investigación preliminar”, exigida en todos los procedimientos disciplinarios contra jueces y fiscales supremos.
Las pruebas utilizadas para sustentar la apertura del caso incluyeron grabaciones de llamadas telefónicas y reportes periodísticos que, según el afectado, vulneraron su derecho al debido proceso. No obstante, el Tribunal concluyó que lo verdaderamente relevante fue la falta de un sustento legal para operar bajo las condiciones del procedimiento inmediato. “La eliminación de esta etapa constituye una violación del principio de legalidad procesal, al alterar indebidamente las garantías preestablecidas para los investigados”, se lee.
El caso se remonta al año 2020, cuando Gálvez Villegas fue acusado por la JNJ de participar en actos de interferencia en procesos judiciales y de favorecer intereses particulares. Entre las acusaciones principales figuraban supuestos favores relacionados con el ex juez supremo César Hinostroza. Adicionalmente, se imputó a Gálvez por declaraciones realizadas en una entrevista pública que, según la JNJ, comprometían el decoro del Ministerio Público. Como resultado de estas imputaciones, el fiscal fue destituido de su cargo en abril de 2021.

Aunque el tribunal reconoce que las acciones imputadas eran de una naturaleza sumamente grave, determinó que la forma en que se aplicó la destitución no se ajustó al marco legal aplicable. Por ello, se dispuso la nulidad total del proceso y de todas las resoluciones que derivaron en su destitución, incluidas las relacionadas con el Ministerio Público.
Fundador y presidente del Partido Político Peruanos Unidos: ¡Somos libres!
Pese a la decisión del máximo intérprete de la carta magna, está imposibilitado de asumir como fiscal supremo titular debido a su militancia. Tal como consta en el historial del Jurado Nacional de Elecciones, Tomás Gálvez es fundador, presidente y representante legal del Partido Político Peruanos Unidos: ¡Somos libres!

Ello sería un problema dado que en el artículo 4 de la ley de carrera fiscal, referido a los requisitos generales para acceder y permanecer en la carrera fiscal, se menciona el “no tener afiliación vigente en ningún partido político”. Además, en el punto 11, sobre las faltas muy graves, se consigna que una de ellas es “la afiliación a partidos, grupos políticos, grupos de presión; o el desempeño de actos propios de estos grupos o en interés de aquellos en el ejercicio de la función fiscal".
De esta manera, previo a ser repuesto como fiscal supremo, Tomás Gálvez deberá renunciar a su afiliación para no caer en imposibilidad ni falta muy grave.
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