
Juan Luis Cipriani Thorne, exarzobispo de Lima y primer cardenal del Opus Dei, se encuentra bajo el foco mediático tras conocerse de una denuncia de abuso sexual en su contra y la imposición de sanciones disciplinarias por parte del Vaticano. La gravedad del testimonio de la víctima no solo ha polarizado el debate entre los creyentes, sino que ha abierto interrogantes sobre si existe la posibilidad de que sea juzgado por la justicia ordinaria y termine preso. En diálogo con Infobae Perú, el abogado penalista Hugo Mendoza aclaró su situación legal y explicó lo que significa el “precepto penal”.
El precepto penal es un decreto singular o general que la autoridad ejecutiva competente emite para imponer o invitar a cumplir mandatos y prohibiciones previamente establecidos, con la conminación de una pena canónica específica, “por lo que no tiene relación con el derecho penal”, mencionó. Asimismo, destacó que así como los militares y diplomáticos, a los que la ley del servicio civil no tiene alcances, el derecho canónico tiene sus propias reglas.
¿Juan Luis Cipriani puede ir preso?
Para el especialista la posibilidad de que Juan Luis Cipriani vaya preso es lejana, pero no imposible. “La única forma de que afronte un proceso penal es con la expulsión del estado clerical, siempre y cuando se haya comprobado plenamente su responsabilidad y se haya seguido el procedimiento interno establecido por la Santa Sede”, expuso.
Agregó que si bien en el ámbito penal, al tratarse de un delito grave y de naturaleza imprescriptible, sí sería posible abrir un proceso, esto se realizaría siempre y cuando se cuenten con los elementos mínimos suficientes que justifiquen dicha acción, lo cual es difícil de determinar, ya que el procedimiento llevado a cabo en estos casos es estrictamente privado.

En ese sentido, aclaró que, hasta la fecha, al cardenal Juan Luis Cipriani no se le ha impuesto el precepto de expulsión, considerada una pena grave, sino medidas restrictivas. Este hecho no solo impide la posibilidad de que pase a fuero penal, sino que pone en duda su culpabilidad, pues el código de derecho canónico señala en su canon 1395 (2-3) que "el clérigo que, mediante violencia, amenazas o abuso de autoridad, cometa un delito contra el sexto mandamiento del Decálogo o fuerce a alguien a realizar o sufrir actos sexuales, será castigado con penas justas, incluyendo la expulsión del estado clerical cuando la gravedad del caso lo amerite".
Por el momento, el Vaticano solo ha confirmado la vigencia de las siguientes sanciones:
- Restricción de actividad pública: Prohibición de realizar declaraciones públicas o participar en actividades eclesiásticas sin autorización.
- Limitación en el uso de insignias eclesiásticas: Prohibición de usar símbolos y vestimentas de su rango cardenalicio.
- Prohibición de residencia en Perú: Se le ordenó abandonar Perú y residir en Madrid, España.
La denuncia
La denuncia presentada por la presunta víctima, según El País, describe que los abusos habrían ocurrido durante una confesión en 1983, cuando el denunciante tenía 16 años. Este relato fue enviado en una carta al Papa Francisco en 2018, lo que motivó la intervención del Vaticano.
En una carta remitida al medio, Juan Luis Cipriani rechazó las acusaciones. “No he cometido ningún delito, ni he abusado sexualmente de nadie, ni en 1983, ni antes, ni después. Se recogen unas acusaciones presentadas [...] en 2018, referentes a unos hechos presuntamente acaecidos en 1983. En agosto de 2018 fui informado de que había llegado una denuncia que no se me entregó″, señaló.
Si bien confirmó la imposición de sanciones, sostuvo que al año siguiente, después de una audiencia con el pontífice, se le permitió reanudar sus tareas pastorales y culminó con unas líneas dirigidas al denunciante. “A pesar del dolor que todo esto me provoca, no guardo rencor al acusador, rezo por él y por todas las personas que han sufrido abusos por parte del clero católico, pero reitero mi completa inocencia”, sentenció.
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