El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) ha planteado un proyecto de modificación a la Ley de Teletrabajo, establecida mediante la Ley 31572, con el objetivo de otorgar a los empleadores mayor control sobre las actividades de los trabajadores remotos. Entre los cambios propuestos, destaca la posibilidad de exigir justificaciones por actividades personales realizadas durante la jornada laboral y de evaluar estas explicaciones en el marco de criterios de trabajo decente y conciliación entre la vida laboral y personal.
En caso de que un teletrabajador no entregue una explicación o esta sea considerada insuficiente, el empleador podrá aplicar sanciones mediante un procedimiento disciplinario. Esto implica un mayor control sobre los empleados, generando dudas respecto a si estas medidas contradicen la esencia del teletrabajo, que busca priorizar la productividad por sobre la supervisión constante. Además, tendrán la facultad de definir los criterios para determinar cuáles actividades personales requieren justificación.
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Cabe mencionar que las modificaciones propuestas refuerzan la normativa ya existente que prohíbe a los teletrabajadores abandonar su lugar de empleo sin justificación.

Control sobre pausas activas y descansos
Otro aspecto del proyecto propone que los empleadores determinen los tiempos y características de las pausas activas que deben tomar los teletrabajadores. Estas pausas son esenciales para garantizar la ergonomía laboral y mitigar riesgos asociados con el trabajo remoto, como el sedentarismo y las lesiones musculares.
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El empleador definiría las características de estos descansos según las necesidades del puesto de trabajo, los factores de riesgo y las responsabilidades de los empleados. La propuesta incluye regular de manera específica los intervalos y la duración de estas pausas.
Algunos especialistas consideran que esta regulación podría ser redundante, dado que las pausas activas suelen estar contempladas en los lineamientos generales de bienestar laboral.
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Supervisión del cambio de lugar habitual de trabajo
En caso de que un teletrabajador desee cambiar su lugar habitual de desempeño, el proyecto establece que este deberá garantizar las condiciones necesarias en términos de tecnología informática y comunicación.
El empleador tendrá derecho a supervisar estas condiciones, ya sea de manera presencial o virtual, para asegurarse de que el nuevo espacio cumpla con los estándares requeridos para el desempeño de las tareas.
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Esta medida busca evitar problemas técnicos y garantizar la continuidad de las operaciones laborales, aunque también ha sido señalada como una posible intromisión en la privacidad de los trabajadores.

Impacto de las modificaciones y evaluación
Las modificaciones propuestas han suscitado un el impacto que estas tendrían en la flexibilidad del teletrabajo y en el equilibrio entre la vida personal y laboral de los trabajadores. Un especialista consultado por Panamericana Televisión señala que estas disposiciones podrían desvirtuar los beneficios originales del teletrabajo, como la autonomía y el enfoque en resultados.
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El MTPE ha programado la evaluación del proyecto de modificación para el próximo lunes 13 de enero. Durante esta instancia, se analizarán las implicancias de las medidas propuestas y su posible implementación en el reglamento actual de la Ley de Teletrabajo.
¿Cómo denunciar maltrato laboral?
Según la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil), los trabajadores que deseen denunciar actos de hostilidad laboral deben proporcionar el número de RUC de la empresa para identificar al empleador durante la apertura de una Orden de Inspección. Además, pueden adjuntar pruebas como mensajes de texto o capturas de pantalla que evidencien las agresiones dirigidas hacia ellos o sus familias. La denuncia se realiza completando un formato disponible en el siguiente enlace: https://www.gob.pe/9972-denunciar-incumplimientos-laborales-de-una-empresa-privada.
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En caso de ser víctima de hostilidad laboral, el trabajador tiene la opción de solicitar primero el cese de estas conductas a través del área de Recursos Humanos de la empresa. Esta instancia está obligada a resolver el caso en un plazo máximo de seis días. Si la agresión persiste, la denuncia puede ser presentada ante Sunafil para dar inicio a una investigación formal.
La entidad precisó que los actos de hostilidad incluyen situaciones como el levantamiento de la voz, agresiones verbales o físicas por parte del empleador. Estos casos pueden ser denunciados en cualquiera de las intendencias de Sunafil, tanto en Lima como en las diferentes regiones del país.
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