
Más reveses para Patricia Benavides. El viernes 2 de febrero no solo el Tribunal Constitucional rechazó el pedido de medida cautelar solicitado por Patricia Benavides. El Poder Judicial tampoco accedió a fallar a su favor para suspender la suspensión dispuesta por la Junta Nacional de Justicia (JNJ) en el marco del proceso disciplinario inmediato contra la suspendida exfiscal de la Nación.
Así lo dispuso el juez John Paredes Salas, del Tercer Juzgado Constitucional de Lima, al declarar improcedente la solicitud cautelar de Benavides.
La decisión se basa en que, a mediados de enero de este año, este mismo magistrado rechazó el amparo porque la exfiscal de la Nación no agotó la vía previa (proceso disciplinario en la JNJ).
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“De ello, se concluye que lo solicitado por el accionante no cumple con el requisito de verosimilitud en el derecho invocado de todo pedido cautelar, en consecuencia, corresponde declarar su improcedencia sin necesidad de evaluar los demás requisitos en tanto que los mismos deben ser concurrentes”, resolvió el juez John Paredes Salas.

Según Patricia Benavides, las resoluciones de la JNJ (la que da inicio al proceso disciplinario inmediato y la que la suspende preventivamente del cargo por 6 meses) vulnerar su “derecho al debido procedimiento administrativo, en lo que corresponde al derecho a ser procesado por un órgano competente, independiente e imparcial”. También dice que se violó su derecho a la defensa.
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TC niega medida cautelar a Patricia Benavides
El Tribunal Constitucional (TC) rechazó la medida cautelar solicitada por la exfiscal de la Nación, Patricia Benavides, contra las investigaciones que le fueron abiertas por la Junta Nacional de Justicia (JNJ) durante su polémica gestión en el Ministerio Público. Este fallo implica que continuarán las investigaciones en torno a las acciones de Benavides durante su periodo en el cargo.
Según la resolución, los siete magistrados Francisco Morales Saravia, Luz Pacheco Zerga, Gustavo Gutiérrez Ticse, Helder Dominguez Haro, Manuel Monteagudo Valdez, César Ochoa Cardich y Pedro Hernández Chávez determinaron que la solicitud de Benavides no cumplía con los requisitos necesarios para su aceptación.
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La decisión tomada se basó en la evaluación de dos criterios esenciales: la plausibilidad de la afectación competencial y el peligro por la demora. En este aspecto, el TC consideró que la JNJ actuó dentro de sus facultades al iniciar las indagaciones contra Benavides por acciones como los cambios en el equipo del caso ‘Cuellos Blancos’, y la remoción de fiscales con fines subalternos, como el caso de Bersabeth Revilla.
El tribunal también resaltó que, aunque la solicitud cautelar está siendo declarada improcedente, ello no significa que necesariamente en la sentencia de fondo se declarará infundada la demanda.
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Durante una audiencia el 22 de enero, las partes tuvieron la oportunidad de presentar de nuevo sus argumentos ante el magistrado Pedro Hernández, el más reciente integrante del TC.
Por otro lado, el magistrado Gustavo Gutiérrez Ticse declaró a RPP Noticias que la situación procesal de Benavides permanecerá inalterada, independientemente del resultado sobre la mencionada demanda, enfatizando que la suspensión de Benavides se mantiene, aun si el fallo competencial le es favorable.
““El contencioso (competencial) que hay en el Tribunal con la fiscal Patricia Benavides y la Junta Nacional de Justicia no tiene nada que ver con la suspensión que ella tiene. Que se pronuncie el magistrado (Pedro) Hernández (a favor o en contra) o el Tribunal resuelva no va a incidir en la suspensión de la fiscal de la Nación. No tiene absolutamente nada que ver con ese tema”, declaró a RPP.
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