
El Poder Judicial evaluará en febrero el pedido de la Fiscalía de apercebimiento (llamado de atención) contra el expresidente del Consejo de Ministros, Aníbal Torres, por presuntamente violar una regla de conducta que se le impuso en el proceso penal por el fallido golpe de Estado de Pedro Castillo.
El pedido fue formulado por el despacho de la Segunda Fiscalía Suprema Transitoria Especializada en Delitos Cometidos por Funcionarios luego de que el exministro de Defensa, Gustavo Bobbio, reconoció que se reunió y conversó con Torres en el domicilio del expremier.
“Yo creo honorablemente en algunas personas. Yo creo en Aníbal. Y he hablado con él hace una semana. Después de ese 7 de diciembre, he hablado (con él) hace una semana. Lo llamé, le dije: ‘Aníbal, quisiera hablar contigo’. (Me dijo:) ‘Vente a mi casa’. Salí corriendo, vivo a 40 cuadras de él y le dije qué pasó. Me dijo: ‘Mira, yo no tenía la menor idea, como tú tampoco’. Nada más”, dijo el exministro a RPP el 12 de enero de este año.
Ocurre que Bobbio ha declarado en calidad de testigo ante la Fiscalía en el proceso que se le sigue a Pedro Castillo, Betssy Chávez, Willy Huerta, Roberto Sánchez y Aníbal Torres por el fallido golpe de Estado.
El expremier tiene prohibido comunicarse con los testigos del caso, así como con los otros investigados, desde diciembre de 2022. Ello por orden del juez supremo Juan Carlos Checkley, del Juzgado Supremo de Investigación Preparatoria.

¿Prisión preventiva?
Si bien una eventual sanción de apercibimiento no implica una variación de la situación jurídica de Aníbal Torres, sí habilitaría a la Fiscalía a requerir la imposición de la prisión preventiva en caso de que viole una regla de conducta por segunda vez.
Las reglas de conducta que se le dictó a Torres Vásquez son:
- No ausentarse de la localidad en la que reside (entiéndase el departamento de Lima) sin autorización del Juzgado Supremo de Investigación Preparatoria
- Realizar el control virtual por parte del especialista de causas de este juzgado supremo, el último día hábil de cada mes para justificar sus actividades, iniciando el día veintinueve de diciembre de 2022
- Concurrir a la autoridad fiscal y judicial las veces que sea citado
- Prohibición de comunicarse con los demás investigados y las personas que hayan declarado o vayan a declarar como testigos en esta investigación
- Prestar una caución económica ascendente a la suma de 20 mil soles
En segunda instancia, la Sala Penal Permanente que preside el juez supremo César San Martín confirmó las reglas de conducta impuestas y agregó impedimento de salida del país por 18 meses (junio de 2024).
Proponen inhabilitarlo
En paralelo al proceso penal por rebelión, el Congreso de la República inició el camino para una eventual inhabilitación contra el expremier Aníbal Torres.
El 20 de enero, la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales aprobó el informe final que recomienda inhabilitar de la función pública a Torres por 10 años. Ello por las declaraciones públicas en las que el exjefe del gabinete azuzaría a la población.

“Proponemos, de acuerdo a lo establecido en el artículo 100 de la Constitución Política del Perú, se IMPONGA LA SANCIÓN DE INHABILITACIÓN POR DIEZ AÑOS para el ejercicio de la función pública, al expresidente del Consejo de Ministros, señor Aníbal Torres Vásquez”, se lee en el documento elaborado por la fujimorista Martha Moyano.
Ahora, el informe final deberá ser evaluado por la Comisión Permanente. Una vez que sea aprobado en dicha instancia, pasará a ser sometido por el Pleno del Congreso. Cabe precisar que Aníbal Torres cuestionó al Parlamento toda vez que no habría sido notificado del referido documento.
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