Las playas ‘exclusivas’ de Lima tendrán que permitir el ingreso a todos los bañistas este verano

Una resolución del TC, que surge tras un caso donde un club privado en una playa bloqueó el libre tránsito mediante un puesto de seguridad, recuerda que estas áreas son bienes de uso público

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Playas exclusivas
La decisión impacta a clubes privados y asociaciones con instalaciones en zonas costeras. - crédito Agencia Andina

Las playas que eran consideradas privadas o exclusivas en el Perú no podrán serlo más, deberán permitir el ingreso a cualquier ciudadano y retirar las tranqueras y otras construcciones que impidan el paso a los bañistas. El Tribunal Constitucional (TC), mediante la Sentencia N° 443/2023 en el Expediente N° 03640-2021-PHC/TC, establece que cualquier estructura que limite el acceso público a las playas debe ser eliminada.

Aunque esta decisión es por caso particular, impacta a clubes privados y asociaciones con instalaciones en zonas costeras, quienes deberán garantizar el paso libre y general a las playas, en concordancia con la Ley N° 26856. Así la playa ubicada en el kilómetro 120.8 de la Panamericana Sur, en el distrito de Cerro Azul (en Cañete), deberá contar con libre acceso y no podrá ser obstruida por ninguna construcción del Club Tennis Las Terrazas Miraflores, que tenía una sede en el lugar y era la parte demandada en el caso.

El Club Tennis Las Terrazas Miraflores tiene cuatro sedes, entre ellas la del km 120.8 de la Carretera Panamericana Sur
El Club Tennis Las Terrazas Miraflores tiene cuatro sedes, entre ellas la del km 120.8 de la Carretera Panamericana Sur (playa Chepeconde)

Otras playas sin acceso

Si bien no hay un listado de playas exclusivas, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales (SBN), del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, has supervisado en años anteriores el libre acceso a las playas de Lima y Callao, en el marco de la Ley Nº 26856, que declara a los balnearios del litoral como bienes de uso público.

Personal de la SBN supervisó, en 2022, 29 playas ubicadas en el distrito de Asia. En total, 18 playas no contaban con los accesos respectivos. Entre las supervisadas se encuentran la playa La Jolla, playa El Mirador de Asia, playa Rosario de Asia, playa El Tambo, playa Pasamayito, playa Sarapampa, playa Asia Azul, playa Asia Bonita, playa Asia del mar, playa Asia del sol, playa Asia del sur, playa Vista Pacífico, playa Club Sarapampa, playa Rincón de Asiaplaya, playa Riviera Norte, playa Riviera Sur, playa Villasur Norte, playa Villasur Centro, playa Villasur Sur, playa El Tigre, entre otros.

En estas ni en ninguna otra playa del Perú se puede prohibir el ingreso a cualquier persona. La SBN recuerda que son las municipalidades distritales las que tienen el deber de ordenar los accesos para que todos los peruanos disfrutemos de las playas.

Playas de Lima habilitadas
Iniciará oficialmente las vacaciones de verano 2024 - crédito Andina

¿Qué hacer si no me dejan entrar a una playa?

Las personas que vean vulnerado su derecho de acceder a la playa deben acercarse a la comisaría del sector y denunciar el hecho a fin de que el personal policial verifique dicha restricción. También pueden contactarse con la SBN escribiendo al correo electrónico nuestrasplayas@sbn.gob.pe o llamando, durante las 24 horas del día, al número telefónico gratuito 0800 24335.

Resolución del TC

La resolución del TC surge tras un caso donde un club privado en una playa bloqueó el libre tránsito mediante un puesto de seguridad, contraviniendo la mencionada ley que define las playas como bienes de uso público inalienable. Además, la ley contempla que debe existir una vía de acceso a las playas al menos cada 1.000 metros (1 kilómetro) para asegurar este derecho constitucional. Los propietarios de terrenos adyacentes son responsables de realizar estas vías de acceso, subraya la misma sentencia.

Aunque la sentencia del TC tiene efectos directos solo para las partes involucradas en el juicio, es crucial que los dueños de propiedades colindantes a playas cumplan con lo estipulado en la Ley N° 26856 para prevenir litigios futuros relacionados con la restricción al paso y la necesidad de modificar las construcciones existentes. La disposición se extiende a los proyectos que no incluyan las vías necesarias de acceso a las playas.

Además, se recuerda que, en casos donde sea necesario, las municipalidades están facultadas para ordenar modificaciones a las estructuras ya existentes para asegurar el cumplimiento de la ley. Este marco legal tiene como fin último la protección del libre acceso de la ciudadanía a los litorales, marcando un precedente importante en la regulación del uso de espacios públicos.