Deudos de ‘La Cantuta’ y ‘Barrios Altos’ esperan que Corte IDH advierta a la OEA sobre incumplimiento de Perú por liberación de Alberto Fujimori

Es posible que Corte Interamericana de Derechos Humanos eleve a la Organización de Estados Americanos el desacato del Estado peruano a la resolución del fuero internacional, que requirió no liberar al expresidente.

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Expresidente de Perú Alberto Fujimori 
15/03/2018
REUTERS/Mariana Bazo
Expresidente de Perú Alberto Fujimori 15/03/2018 REUTERS/Mariana Bazo

La Organización de Estados Americanos (OEA) recibiría una alerta de parte de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) respecto al incumplimiento del Estado peruano sobre su última resolución, que requería que no liberen a Alberto Fujimori, condenado por las matanzas de ‘Barrios Altos’ y ‘La Cantuta’.

La Convención Americana y el reglamento del tribunal permiten que lo ocurrido en el Perú este miércoles 6 de diciembre sea informado a la OEA.

El Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL), una de las organizaciones que representa a los deudos de las matanzas de ‘Barrios Altos’ y ‘La Cantuta’, comunicó que desde su punto de vista Perú ha desacatado una orden de la Corte IDH.

”Ahora lo que esperamos es que se activen los mecanismos jurídico-políticos, que la Corte informe al Consejo Permanente (de la OEA)”, mencionaron en un mensaje enviado a EFE.
Eufórica puesta en libertad de Alberto Fujimori bajo el lente de Infobae. Manuel Rojas - Infobae

Como se sabe, el Tribunal Constitucional peruano resolvió conceder el habeas corpus a Alberto Fujimori, por lo que reconocieron el habeas corpus que el expresidente Pedro Pablo Kuczynski le otorgó. Sin embargo, la Corte IDH respondió que los operadores de justicia del Perú se abstengan de cumplir la sentencia de los magistrados hasta que evalúen si tomaron la decisión considerando su resolución de abril de 2022, en la que se refieren al indulto otorgado a favor del expresidente en diciembre de 2017.

Cabe resaltar que la Corte IDH no se ha pronunciado este miércoles 6 de diciembre por la liberación de Alberto Fujimori. Su última resolución explicaba que el dictador debía mantenerse tras las rejas porque su excarcelación podría vulnerar el derecho a la justicia de los familiares de las víctimas de ‘La Cantuta’ y ‘Barrios Altos’.

La liberación de Alberto Fujimori se concretó luego de que el Poder Ejecutivo decidiera ignorar la resolución de la Corte IDH y obedecer lo resuelto por el Tribunal Constitucional.

El ministro de Justicia y Derechos Humanos, Eduardo Arana, y el ministro de Relaciones Exteriores, Javier González Olaechea, aclararon que el Poder Ejecutivo tenía la obligación de obedecer las resoluciones de los tribunos.

“Acorde al artículo 118, inciso 9 de la Constitución Política del Perú, es obligación del Poder Ejecutivo cumplir y hacer cumplir las sentencias y resoluciones de los órganos jurisdiccionales. El Gobierno ha procedido a acatar la sentencia del Tribunal Constitucional que resuelve el proceso constitucional de habeas corpus a favor del ciudadano Alberto Fujimori”, explicó el titular de Justicia.

El expresidente peruano Alberto Fujimori, acompañado por sus hijos Keiko y Kenji, sale de prisión tras ser liberado tras la restauración de un polémico indulto de 2017 por motivos humanitarios, en las afueras de Lima, Perú, el 6 de diciembre de 2023 en esta captura de pantalla de un vídeo de las redes sociales. . Cortesía de Elio Riera/via REUTERS ESTA IMAGEN HA SIDO SUMINISTRADA POR UN TERCERO. SIN REVENTAS. SIN ARCHIVOS.
El expresidente peruano Alberto Fujimori, acompañado por sus hijos Keiko y Kenji, sale de prisión tras ser liberado tras la restauración de un polémico indulto de 2017 por motivos humanitarios, en las afueras de Lima, Perú, el 6 de diciembre de 2023 en esta captura de pantalla de un vídeo de las redes sociales. . Cortesía de Elio Riera/via REUTERS ESTA IMAGEN HA SIDO SUMINISTRADA POR UN TERCERO. SIN REVENTAS. SIN ARCHIVOS.

En su decisión, el Tribunal Constitucional estableció que la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) carece de competencia para ordenar la suspensión de la ejecución de una sentencia emitida por un tribunal nacional. En consecuencia, se dictaminó la liberación del exmandatario.

Esta resolución se refiere a un pronunciamiento de la Corte IDH, emitido en abril de 2022, que instruyó al Estado peruano a no llevar a cabo la ejecución de una sentencia del Tribunal Constitucional (TC) dictada en marzo de ese mismo año. Dicha sentencia del Tribunal Constitucional había declarado procedente un hábeas corpus a favor del expresidente.

El Tribunal Constitucional argumentó, además, que Alberto Fujimori cumplió las dos terceras partes de su condena.

“Esa sentencia (del 17 de marzo del 2022) del Tribunal Constitucional tiene autoridad de cosa juzgada, contra ella no cabe impugnación alguna. Tampoco existe una sentencia de la Corte IDH que haya ordenado que sea dejada sin efecto, potestad que no se reconoce entre las atribuciones de ese organismo ni en la Convención Americana sobre Derechos Humanos”, señalaron.

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