
De manera casi exprés, el pasado 13 de abril, el Pleno del Congreso de la República aprobó en primera votación la “ley que modifica la suspensión del plazo de prescripción”, pese a que 15 días antes la Fiscalía de la Nación había emitido un informe en contra y el presidente de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Sur, Omar Tello Rosales, advirtiera que el proyecto no era “viable, debido a que vulnera la naturaleza de la figura materia de análisis, toda vez que la suspensión de la prescripción resulta necesaria ante la existencia de situaciones particulares que impiden la persecución penal, es decir, que la continuación del proceso penal no depende de los organismos que integran la justicia penal, sino de la decisión de autoridades extrapenales. De modo que, durante el tiempo de duración de los referidos procedimientos, existe imposibilidad jurídica de persecución penal”.
¿A qué se debía el apuro? Lo que pasó días después dilucidó ello. El ahora titular del Poder Legislativo, Alejandro Soto (Alianza para el Progreso), quien votó a favor de dicha norma, la invocó en un proceso en contra, salvándose así de una condena de ocho años y ocho meses por el presunto delito de estafa y falsedad genérica, pero no fue el único. Joaquín Ramírez, ex secretario general del partido de Fuerza Popular, también la utilizó y archivó un caso en su contra por presuntamente haber defraudado al Ministerio de Agricultura, así como Martín Vizcarra, quien se salvó de una condena de seis años en su contra.
De esta manera, no solo se evidenció lo beneficiosa que fue para los partidos que integran la Mesa Directiva del presente periodo, sino que podría continuar favoreciendo, en especial, a políticos con graves procesos judiciales. Ante el inminente rechazo por parte de la ciudadanía, los congresistas de Cambio Democrático Ruth Luque y Roberto Sánchez presentaron una iniciativa con el fin de derogarla.

¿Qué dicen los impulsores de su derogación?
En diálogo con Infobae Perú, la parlamentaria Luque aseguró que el proyecto de ley de su autoría debería ser priorizado, así como se hizo anteriormente, al considerar que “los efectos del cambio generado en el sistema de justicia han abierto la puerta a la impunidad. Muchas personas, especialmente quienes tienen investigaciones por delitos en los cuales no se ha declarado la imprescindibilidad por casos de corrupción, se favorecen. […] O sea, también hay un tema donde los jueces pueden hacer un control de constitucionalidad, pero eso no lo hemos visto en muchos jueces”.
“La impunidad es un enemigo de la democracia y hay que desmontar y combatirla”, opinó, por su parte, el legislador Roberto Sánchez, exministro de Comercio Exterior durante el gobierno del vacado Pedro Castillo. “Es necesario derogar la ‘ley Soto’ en la medida que favorece la impunidad, ya que el procesado se amparará en el paso del tiempo para impedir que sea juzgado”, agregó.
Haciendo hincapié en el caso de Alejandro Soto, mencionó que el Artículo 4 letra ‘e’ del Reglamento del Código de Ética Parlamentaria señala que es deber del congresista que, “en el caso de participar en la discusión de temas, investigaciones y/o en el debate o aprobación de leyes, en las cuales puedan estar favorecidos intereses económicos directos personales o familiares, hacer explícitas tales vinculaciones.” Hecho que debería modificarse “proponiendo que en el caso de que el congresista pueda ser favorecido de cualquier forma por la norma a ser aprobada, debe hacerlo explícito en el debate, si no ser sancionado”.
¿Qué dicen los expertos sobre derogar la ‘Ley Soto’?
El constitucionalista Rafael Gertin Barturén y el politólogo Alonso Cárdenas coinciden en que no solo es importante abolir la iniciativa, sino que urge hacerlo, sobre todo por lo que representa para la imagen del Poder Legislativo. “Es una ley, a mi consideración, basada en intereses de algunos congresistas porque están envueltos en juicios y temas relacionados a la corrupción. Derogarla es una respuesta firme contra la impunidad de aquellos malos políticos como el señor Soto, Cerrón, Luna Gálvez, inclusive la misma Keiko; así que yo creo que si el Congreso desea realmente luchar contra la corrupción y librarse de esa mala reputación que tiene por varios de sus miembros, lo más crucial sería hacerlo”, declaró Gertin Barturén a Infobae Perú.
“Independientemente de los casos específicos del señor Soto y Cerrón, esta norma puede ser utilizada más adelante por otros políticos para la impunidad. Entonces, yo considero que se daría un mensaje fuerte a la opinión pública que se reconozca este error y que se corrija, porque no hacerlo es cometer otro; así que más allá de que ya no se puede retrotraer los beneficios que han tenido, es importante que ningún otro político, ningún otro congresista pueda hacer referencia a esta norma para favorecerse”, agregó el especialista en políticas públicas.
¿Cómo evitar la ejecución de proyectos con nombre propio?
Mientras para los parlamentarios el tema de no elaborar normas con intereses personales responde a un tema de consciencia y principios, dado que ello podría generar conflictos de intereses, para los especialistas deberían aplicarse modificaciones al momento de postular y al interior de los partidos políticos.
El también analista político Rafael Gertin sugiere evitar que ingresen representantes al Congreso que tengan abiertas carpetas fiscales, sentencias, juicios pendientes, “porque justamente ellos van a manejarse con intereses y esta clase de iniciativas como la ley soto seguirán presentándose a fin de blindar a estos malos congresistas”.
En tanto, Cárdenas considera que “la solución de fondo, estructural, es la reforma total del sistema de partidos porque el actual es una coladera donde personajes de muy poca catadura moral pueden llegar a un cargo público. Mientras eso siga sucediendo, vamos a tener el Congreso más desprestigiado de América Latina, como es el caso del peruano. Sin un buen sistema de partidos que tenga filtros sólidos, este tipo de personajes van a seguir llegando a instancias de decisión política. […] Nuestras autoridades electorales deberían ser mucho más exigentes para efectivamente determinar si un candidato tiene o no cuentas pendientes con la justicia”.
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