
Desde el domingo 15 de enero del 2023, entró en vigencia el Estado de Emergencia en Lima y otros departamentos por un periodo de 30 días calendario. El gobierno de Dina Boluarte así lo dispuso mediante el Decreto Supremo n.º 009-2023-PCM por recomendación de la comandancia general de la Policía Nacional del Perú (PNP), a causa de la radicalización de las protestas a nivel nacional que, hasta el momento, han dejado casi 50 fallecidos y cientos de heridos.
En ese documento, el Ejecutivo señala textualmente: “La Policía Nacional del Perú mantiene el control del orden interno, con el apoyo de las Fuerzas Armadas”. Esto quiere decir que los militares quedan autorizados a intervenir a cualquier ciudadano, junto con la PNP, para “resguardar” el orden público.
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De acuerdo al decreto, la otras regiones en las que también se aplicará el Estado de Emergencia son Puno, Cusco, Lima, Callao, Apurímac (en la provincia de Andahuaylas), Madre de Dios (en las provincias de Tambopata y Tahuamanu) y Moquegua (en el distrito de Torata, provincia de Mariscal Nieto).
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La disposición se da en la víspera de varias manifestaciones multitudinarias que organizaciones sociales, gremios y sindicatos preparan para realizar el lunes 16 de enero en Lima Metropolitana y otros puntos del país.
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Al decretar el Estado de Emergencia en Lima y otras regiones del país, el gobierno suspende varios derechos constitucionales de la ciudadanía. Esto genera la duda sobre cuáles son exactamente las restricciones para los 30 días de vigencia de la norma en cuestión.
A mediados de diciembre del 2022, cuando se empezaron a reportar los primeros muertos en las protestas a causa de la represión policial y militar, el Ejecutivo también dispuso el estado de emergencia, pero a nivel nacional.

Por esa fecha, José Tello, ministro de Justicia, quien aún ostenta el cargo, aclaró que se intervendría solo si se planificaban disturbios o la comisión de actos de violencia. Remarcó que la población podía seguir con su vida normal. Para este nuevo estado de emergencia, se presume que se hará de igual forma.
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¿Hay toque de queda en Lima?
Según lo estipulado en el decreto supremo, la inmovilización social obligatoria o toque de queda en Lima no se aplicará. Esta medida que restringe en varios aspectos el libre tránsito de las personas solo se dispuso para la región Puno, de las 20:00 a las 04:00 horas.
En Lima y Callao, los ciudadanos podrán seguir circulando por las vías de uso público sin ningún tipo de restricción y a cualquier hora.

¿Qué actividades puedo hacer en estado de emergencia?
Este nuevo estado de emergencia en Lima no será igual al de la época de la pandemia con calles vacías y la gente encerrada en casa. A continuación todas las actividades que se pueden realizar sin problemas:
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- Salir a comprar a las tiendas, mercados, supermercados, farmacias, centros comerciales y cualquier otro establecimiento.
- Concurrir a parques, clubes zonales, zoológicos, piscinas, playas, malecones y cualquier otro espacio público.
- Visitar cines, bibliotecas, museos, teatros, estadios y cualquier otro espacio de recreación.
- Movilizarse en transporte público, auto particular, servicio de taxi, moto o cualquier otro medio de transporte, y a cualquier hora del día, sin ningún tipo de pase especial.
- Realizar reuniones familiares y sociales, así como matrimonios, quinceañeros, cumpleaños, baby shower o cualquier evento en general.
- Acudir a conciertos o eventos con aforo amplio.
- Viajar por vía terrestre o aérea, sea al interior del país (tener un cuidado especial si es Puno por el toque de queda) o al exterior.
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Las autoridades policiales y militares son claras al señalar que las personas que se organicen para atacar la propiedad pública o privada, como alguna sede judicial, fiscal, legislativa o centro comercial o supermercado, será intervenido inmediatamente para recobrar el orden.
El bloqueo de carreteras o toma de aeropuertos también merecerán la rápida intervención de las fuerzas del orden.
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