
El peronismo nunca vio con buenos ojos la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires. La tuvo que aceptar en la Convención Constituyente de 1994, pero después se dedicó a esmerilarla. En su variante menemista, a través de la ley 24.588, conocida como Ley Cafiero, que restringió inconstitucionalmente las competencias que surgen del artículo 129 y otros concordantes de la Constitución Nacional; en la kirchnerista, con variadas formas de hostilidad, una de cuyas manifestaciones más graves fue el manoteo de recursos coparticipables decidido unilateralmente por el gobierno nacional y concretado por una ley del Congreso en 2020.
El gobierno porteño demandó al Estado nacional ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación en competencia originaria. El alto tribunal acaba de dictar una medida cautelar en favor de la Ciudad mediante la que obliga al Estado nacional a transferirle nuevamente los recursos que se le habían quitado, aunque no en su totalidad, hasta que se dicte la sentencia definitiva. Es una medida cautelar, pero los argumentos esgrimidos por el alto tribunal para justificar la verosimilitud del derecho invocado por la Ciudad permiten adelantar que la cuestión de fondo será resuelta en igual sentido.
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La Corte hace un pormenorizado análisis histórico de los regímenes de coparticipación tributaria. Antes de la reforma constitucional de 1994, la Ciudad de Buenos Aires era un municipio sujeto a la legislación del Congreso de la Nación, respecto del cual el presidente era el jefe “inmediato y local”, que designaba al intendente municipal, que actuaba como su delegado, con absoluta discrecionalidad. De ahí que en las leyes de coparticipación el coeficiente que le correspondía a la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires fuera fijado unilateralmente por la Nación. Pero ese esquema se modificó luego de la reforma constitucional de 1994, que dotó a la Ciudad de Buenos Aires de un “régimen de gobierno autónomo, con facultades propias de legislación y jurisdicción”. La naturaleza de ese nuevo ente fue objeto de debates doctrinarios desde entonces y de una jurisprudencia de la Corte inicialmente restrictiva, pero esta, en su actual composición, se inclinó decididamente en los últimos años por considerarla con atribuciones similares a las de una provincia: una “ciudad constitucional federada”.
Por eso, no podía esperarse de ese tribunal más que un fallo como el que ahora dictó. Tratándose de un ente equiparable a una provincia, no es válido ahora que la Nación modifique unilateralmente el coeficiente de participación de la Ciudad. Además, se debe recordar que conforme al art. 75, inc. 2° de la Constitución Nacional, cualquier transferencia de competencias o servicios de la Nación a las provincias se debe hacer con sus correspondientes recursos. Cualquier modificación de la coparticipación debe ser, entonces, un acto concertado, no una imposición. Es lo que no respetó el Congreso al sancionar una ley tan manifiestamente inconstitucional.
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La Corte resalta, por último, algo que hemos puntualizado muchas veces: ninguna provincia queda afectada por esta decisión, ya que los recursos que se le habían sacado al gobierno porteño provenían de la coparticipación primaria, es decir, del Estado nacional. Es este, no las provincias, el que contará ahora con menos recursos o, para ser más precisos, con los mismos recursos que tenía antes del manotazo unilateral.
Lo hemos señalado también en reiteradas oportunidades, pero vale la pena enfatizarlo una vez más: la autonomía porteña refuerza el federalismo. Es absurdo que los gobernadores de provincias gobernadas por el peronismo hayan apoyado esa acción inconstitucional del Estado nacional en nombre del federalismo. Pedir más recursos para la Nación y menos para una provincia es favorecer el unitarismo, pero ya se sabe que el kirchnerismo suele retorcer las palabras para darles un sentido opuesto al que tienen.
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La puesta en escena del presidente con catorce gobernadores en rechazo del fallo es una postal de consumo interno que no debería tener la menor consecuencia. Porque si, como lo ha pedido expresamente el gobernador del Chaco, Jorge Capitanich, y otras figuras del oficialismo, Alberto Fernández no cumple la orden que le dio la Corte Suprema, se habrá puesto al margen de la Constitución y las leyes. No sería entonces el ridículo “presidente de las tres copas”, sino un presidente de facto desprovisto de toda legitimidad.
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