
A pocos días de la entrega de propuestas para el teleférico de San Miguelito, Metro de Panamá realizó una serie de cambios a las condiciones financieras y contractuales de la licitación mediante la Adenda No. 10.
Las modificaciones abarcan las garantías que deberán presentar los participantes, la forma en que se estructurarán los pagos al futuro concesionario y las reglas que aplicarían en caso de incumplimiento o terminación anticipada del contrato.
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El proyecto es una de las principales apuestas de movilidad urbana para San Miguelito y contempla el diseño, financiamiento, construcción, operación y mantenimiento de un sistema de transporte por cable de aproximadamente 6.6 kilómetros de extensión, con seis estaciones y capacidad inicial para movilizar hasta 2,800 pasajeros por hora por sentido.
Uno de los cambios más importantes está relacionado con la fianza de propuesta, es decir, la garantía que deben presentar los participantes para respaldar la seriedad de su oferta.
En la versión original del pliego, esta garantía se calculaba sobre el valor total de la propuesta económica. Con la modificación, la garantía se calculará únicamente sobre la inversión inicial que requiere el proyecto para su desarrollo.
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Para ello, el pliego diferencia ahora con mayor claridad dos componentes de la propuesta económica. El Componente A corresponde a la inversión inicial que deberá realizar el concesionario para diseñar, financiar y construir el teleférico.
Este componente incluye los aportes de capital y los recursos de deuda necesarios para desarrollar la infraestructura. El Componente B, por su parte, agrupa los pagos asociados a la operación y mantenimiento del sistema una vez entre en funcionamiento.
La importancia de esta modificación radica en que la garantía ya no se calcula sobre la suma de la inversión más los pagos que se recibirían durante la operación del sistema, sino únicamente sobre la inversión inicial. Esto redefine el alcance de la fianza y la vincula directamente con la etapa de construcción del proyecto.
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La adenda también incorpora una nueva Fianza de Cumplimiento de Inversión, una garantía que no figuraba expresamente en la versión anterior del pliego. Su propósito será asegurar que el concesionario ejecute las inversiones comprometidas durante la fase preoperativa. La garantía permanecerá vigente hasta que Metro de Panamá verifique el cumplimiento de las inversiones establecidas en el contrato

Adicionalmente, se realizaron cambios en la Fianza de Cumplimiento que respaldará la prestación del servicio durante la etapa operativa. La nueva redacción establece mecanismos para ajustar progresivamente el monto de esta garantía conforme disminuyan determinadas obligaciones económicas vinculadas al contrato.
Los cambios también alcanzan los requisitos financieros exigidos a los participantes. La adenda aclara que cuando una propuesta sea presentada por un consorcio o asociación accidental, los indicadores financieros podrán ser acreditados por uno o varios de sus integrantes. Con ello se precisa la forma en que serán evaluadas las capacidades económicas de los grupos empresariales que participen en el proceso.
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Otro aspecto relevante es la actualización de las disposiciones relacionadas con el financiamiento del proyecto. Metro de Panamá incorporó nuevas precisiones sobre las condiciones que deberán cumplirse para demostrar el cierre financiero de la concesión y las circunstancias que podrían ser consideradas durante ese proceso.

En materia contractual, la entidad también modificó las reglas aplicables en caso de terminación anticipada por incumplimiento. La nueva redacción establece que, si el concesionario incurre en incumplimientos graves o reiterados de obligaciones esenciales y no corrige la situación dentro de los plazos previstos, Metro de Panamá podrá dar por terminado el contrato por causa imputable al operador.
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La adenda también precisa las consecuencias económicas de una eventual terminación. Entre ellas figura la posibilidad de ejecutar las garantías constituidas por el concesionario y descontar de cualquier compensación que pudiera corresponderle las penalizaciones, obligaciones pendientes y otros montos adeudados al Estado.
Asimismo, fueron actualizadas las disposiciones relacionadas con los mecanismos de indemnización y rescate administrativo del contrato. Las nuevas reglas vinculan cualquier compensación con la inversión efectivamente ejecutada y con el nivel de recuperación de dicha inversión alcanzado hasta el momento en que ocurra la terminación.
La recepción de propuestas para el teleférico fue reprogramada por quinta ocasión y quedó fijada para el próximo 28 de mayo. Actualmente permanecen precalificados dos participantes: el Consorcio Teleférico SPE, integrado por Sofratesa de Panamá, Ingeniería Estrella y Promotora y Desarrolladora Mexicana de Infraestructura, y el Consorcio Teleférico de San Miguelito, conformado por la española Cointer y la austriaca Doppelmayr.
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