
Hace ya tiempo que no se respetan leyes fundamentales de carácter educativo, como por ejemplo, la ley 25864 (año 2003) que fijó para todas las provincias un calendario escolar mínimo de 180 días. Desde ya que tampoco mucho menos se cumple la resolución 165 (Consejo Federal de Educación), aprobada en el año 2011, que extiende el calendario escolar a 190 días.
Nuestro año escolar ofrece, según la vigente ley, apenas 180 días de clases, pero es grave que no se cumpla este mínimo calendario, ya que nunca se respetó en todo el país. Tampoco se cumple la ley 26206 de Educación Nacional, que en su artículo 26 dispone: "Las escuelas primarias serán de jornada extendida o completa", ya que nada menos que 85 de cada 100 niños no tienen los beneficios de esta escolarización.
Según informa el Observatorio Argentinos por la Educación, la realidad de nuestra escuela primaria es la siguiente: un niño que ingresó a primer grado en el 2013, cuando finaliza el ciclo escolar promedio de todo el país, perdió 73 días de clase. Claro que si este niño vivía en Santa Cruz, la pérdida de días de clase trepaba a nada menos que 261 días de clase. Los niños de la provincia de Buenos Aires perdieron en su ciclo primario 105 días de clase. La pérdida de días de clase en las escuelas públicas, donde acuden muchos niños pobres, es notablemente mayor a la pérdida en las escuelas privadas.
Esto es grave para el futuro de nuestros niños, ya que además nuestro calendario escolar es uno de los más cortos del mundo. En América Latina tenemos que las horas anuales de clase en Cuba, Costa Rica, Chile y Colombia son mil o más. En Dinamarca, Australia, Israel, Países Bajos, Irlanda, Canadá y Estados Unidos, el año escolar exige 900 o más horas anuales. En Italia, Bélgica, Portugal, Suiza, Francia, Japón, Suecia y España, el año escolar son 800 o más horas. Es grave que nosotros tengamos otra realidad, ya que son muchos los pibes argentinos que tienen menos de 650 horas anuales de clase, dado que al cortísimo calendario además hay que restarle los numerosos días de suspensión de clases por conflictos laborales.
Es lamentable que nunca hayamos cumplido la ley 25864 sancionada por Néstor Kirchner en el año 2003. Esta ley es bien clara, ya que expresa lo siguiente en su artículo 1: "Fijase un ciclo lectivo anual mínimo de 180 días efectivos de clase"; y en su artículo 2: "Ante el eventual incumplimiento del ciclo lectivo anual a que se refiere el artículo precedente, las autoridades educativas de las respectivas jurisdicciones deberán adoptar las medidas necesarias a fin de compensar los días de clase perdidos, hasta completar el mínimo establecido".
Como se observa, la ley no deja lugar a dudas, es hora de entender que cerrar las escuelas públicas consolida la ignorancia y es un pasaporte a la pobreza y la exclusión social. La ley es clara: los días de clase perdidos deben ser compensados. Los grandes perjudicados por el cierre de las escuelas, especialmente las públicas, son los niños pobres, así aumenta nuestra ya gran desigualdad social.
El autor es miembro de la Academia Nacional de Educación.
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