Rechazaron apartar a Borinsky de una causa por presunto lavado de activos vinculada a empresarios rusos

La Sala IV desestimó las recusaciones planteadas por las defensas de los ocho imputados. El expediente se inició en 2016 por una denuncia de VTB Bank y volvió al máximo tribunal penal del país después de que la Corte Suprema dejara sin efecto los sobreseimientos

Tribunales de Comodoro Py Vacíos - Cuarentena Obligatoria - COVID-19 - Coronavirus (Foto: Franco Fafasuli)
La Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal rechazó apartar al juez Mariano Hernán Borinsky de una causa por presunto lavado de activos iniciada por una denuncia de VTB Bank y que volvió al tribunal tras una decisión de la Corte Suprema (Foto: Franco Fafasuli)
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La Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal rechazó apartar al juez Mariano Hernán Borinsky de una causa en la que se investiga si fondos provenientes de préstamos otorgados por el banco ruso VTB Bank fueron desviados de su destino y luego utilizados en operaciones e inversiones en la Argentina. El expediente, iniciado en 2016 y con ocho imputados, regresó a esa sala después de que la Corte Suprema de Justicia dejara sin efecto el fallo que había confirmado sus sobreseimientos y ordenara dictar un nuevo pronunciamiento.

La decisión fue adoptada por los camaristas Javier Carbajo y Alejandro Slokar. Las defensas de los ocho imputados habían solicitado apartar al juez Borinsky porque en 2019 votó en disidencia contra el cierre de la investigación en curso. Sus colegas entendieron ahora que aquella intervención no implicó una opinión sobre la responsabilidad penal de los acusados ni sobre las cuestiones de fondo que deberán ser revisadas.

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La causa comenzó en 2016, cuando VTB Bank -el segundo mayor banco ruso- presentó una denuncia ante la Procuraduría de Criminalidad Económica y Lavado de Activos (PROCELAC). La investigación buscó determinar si dinero relacionado con préstamos concedidos en Rusia fue apartado del destino previsto y posteriormente canalizado hacia la Argentina mediante distintas operaciones patrimoniales.

Según la hipótesis de la querella, préstamos por aproximadamente USD 180 millones concedidos en Rusia a un grupo de empresas cuyo beneficiario final habría sido Alexander Yacovlevich Katunin fueron desviados de la finalidad para la que habían sido otorgados. Parte de esos fondos habría sido utilizada posteriormente en operaciones e inversiones realizadas en el país.

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La investigación alcanzó a Alexander Yacovlevich Katunin, Tatiana Katunina o Sliousarenko, Vladimir Aleksandrovich Katunin, Dolores Ortiz Basualdo, Martín José Caselli, Patricia Susana López Aufranc, Alejandro Moyano Walker y Martín Seré.

Entre las operaciones analizadas figuró la adquisición de la Estancia Mamul, ubicada en Chubut. Se trata de un campo de unas 20 mil hectáreas, en los bordes del Lago Rosario, cuya compraventa quedó vinculada al denominado “caso Mamul”. La hipótesis planteada por VTB Bank sostuvo que dinero proveniente de uno de los créditos otorgados en Rusia había sido empleado para adquirir el inmueble. En el expediente también quedaron bajo análisis sociedades, movimientos de capital y otras adquisiciones de bienes vinculadas con las personas investigadas.

VTB Bank, el segundo banco más grande de Rusia, presentó en 2016 la denuncia que dio origen a la causa por presunto lavado de activos investigada en la Argentina (Reuters/Evgenia Novozhenina)
VTB Bank, el segundo banco más grande de Rusia, presentó en 2016 la denuncia que dio origen a la causa por presunto lavado de activos investigada en la Argentina (Reuters/Evgenia Novozhenina)

Uno de los ejes de la discusión judicial fue la acreditación del denominado delito precedente del lavado de activos, es decir, el ilícito del cual habría provenido el dinero luego incorporado a las operaciones investigadas en la Argentina.

El 21 de junio de 2018, la jueza federal María Romilda Servini sobreseyó a los imputados. Entre sus argumentos consideró que el presunto fraude cometido en Rusia, señalado como antecedente del supuesto lavado, no había sido denunciado penalmente en ese país ni en otra jurisdicción extranjera. La Sala II de la Cámara Federal porteña confirmó posteriormente esa decisión.

VTB Bank recurrió ante el máximo tribunal penal del país y, el 19 de febrero de 2019, la Sala IV confirmó los sobreseimientos por mayoría. Los jueces Gustavo Hornos y Juan Carlos Gemignani rechazaron el recurso de la querella al considerar que no estaban configurados los elementos del delito investigado.

Borinsky votó en disidencia y propuso anular los sobreseimientos y devolver el expediente para que continuara su trámite, al considerar prematura la desvinculación definitiva de los imputados. En ese sentido, remarcó que aún quedaban medidas de prueba pendientes y que no se había alcanzado el grado de certeza negativa necesario para cerrar la pesquisa.

Frente a esa novedad judicial, la querella llevó el caso a la Corte Suprema. Allí, el 11 de junio pasado, el máximo tribunal declaró procedente el recurso extraordinario, dejó sin efecto la sentencia de Casación por “arbitrariedad” y ordenó dictar un nuevo pronunciamiento.

Según precisó ahora la Sala IV, entre los temas que deberán ser examinados aparecen el estándar probatorio aplicable al delito precedente, la valoración de la prueba indiciaria y la suficiencia de la denuncia presentada ante la PROCELAC como acreditación del delito previo.

Cuando el expediente regresó a Casación, Hornos presentó su excusación porque había integrado la mayoría que confirmó los sobreseimientos en 2019 y había emitido una valoración sobre el mérito de la imputación. Su apartamiento fue aceptado en julio.

Las defensas plantearon entonces que Borinsky debía quedar fuera del caso por motivos similares. También sostuvieron que la expresión “por quien corresponda”, utilizada por la Corte al ordenar una nueva sentencia, debía interpretarse como una indicación para que la resolución fuera dictada por magistrados distintos de quienes ya habían intervenido.

Mariano Borinsky
El juez Mariano Hernán Borinsky podrá continuar interviniendo en la causa por presunto lavado de activos luego de que la Sala IV de Casación rechazara las recusaciones planteadas por las defensas de los ocho imputados

Al responder las recusaciones en el informe que presentó hace una semana, el camarista recusado negó haber adelantado opinión sobre el fondo del caso y sostuvo que “nada dije sobre la responsabilidad penal de los encausados en el caso, toda vez que no emití juicio alguno sobre si los hechos investigados constituían o no el delito de lavado de activos investigado, no me pronuncié sobre el estándar probatorio aplicable al delito precedente ni valoré la prueba obrante en la causa para concluir en ninguna dirección, limitándome a sostener que era prematuro clausurar definitivamente el proceso cuando aún había diligencias pendientes y el cuadro probatorio no permitía alcanzar la certeza negativa requerida”.

El juez Carbajo coincidió con esa distinción. Consideró que el voto anterior de Borinsky se había limitado a examinar si estaban dadas las condiciones procesales para disponer los sobreseimientos, sin pronunciarse sobre la responsabilidad de los imputados. También diferenció su situación de la de Hornos, quien había expresado una valoración sobre el mérito de la imputación.

Respecto de la orden de la Corte, Carbajo sostuvo: “Dicha fórmula se agota en la remisión de las actuaciones al tribunal competente para que dicte un nuevo pronunciamiento con arreglo a lo decidido”.

La defensa del imputado Alejandro Moyano Walker agregó un planteo relacionado con decisiones de trámite adoptadas por Borinsky luego de que el expediente regresara de la Corte. Carbajo consideró que fueron actos ordenatorios que no implicaron un pronunciamiento sobre el fondo de la causa ni sobre las recusaciones.

Sobre el temor de parcialidad invocado por las defensas, concluyó que “no exhibe circunstancia objetiva alguna que, razonablemente valorada, permita sustentar mínimamente la sospecha alegada”.

El camarista Slokar coincidió en lo sustancial con los fundamentos de Carbajo. Con esa integración, la Sala IV de Casación resolvió rechazar las recusaciones contra Borinsky, con costas, y tener presente la reserva del caso federal.

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