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Casación dejó firme el avance a juicio de una causa por lavado de USD 5,3 millones

El expediente involucra a diez acusados y analiza una maniobra que habría usado sociedades, documentación apócrifa y cuentas bancarias para girar fondos al exterior y darles apariencia lícita

Pila de billetes de cien dólares estadounidenses junto a billetes argentinos con escudo y números de serie, sobre papel rugoso.
La Cámara de Casación rechazó el planteo de dos empleados bancarios que buscaban evitar un juicio oral por lavado de activos (Imagen Ilustrativa Infobae)
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La Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal rechazó por inadmisible el recurso que presentó la defensa de Luis Alejandro Caputto y Marcos Antonio Di Carlo en una causa por lavado de activos agravado en la que diez personas están acusadas de haber insertado en el circuito formal USD 5.365.546, entre 2012 y 2016.

El origen del reclamo fue una decisión del Tribunal Oral Federal 2 de Rosario, que dispuso diferir el tratamiento de las excepciones de falta de acción penal por atipicidad para el momento del debate oral.

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Los jueces Gustavo Hornos y Mariano Borinsky sostuvieron que la resolución cuestionada no era recurrible en esta instancia. También señalaron que la defensa no demostró un agravio de “tardía o imposible reparación ulterior” ni una cuestión federal que habilitara la intervención de Casación.

Según la acusación, el gerente de la sucursal del Banco Galicia de San Nicolás, Luis A. Caputto, y el oficial de cuentas empresariales, Marco Di Carlo, habrían facilitado la operatoria de la organización al omitir las verificaciones y controles internos exigidos por la normativa bancaria para la prevención y detección de lavado de activos.

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Según el expediente, ambos permitieron la presentación de documentación apócrifa y la realización de transferencias de fondos al exterior, sin cumplir con los protocolos de control que les imponía su función.

El caso

El expediente, que se elevó a juicio oral por requerimiento del fiscal Matías Di Lello, se originó en 2016, cuando la Dirección General Impositiva detectó que las sociedades SD Montajes S.A. y Wismares S.A. recibían fondos en sus cuentas bancarias, bajo el argumento de supuestas cancelaciones de operaciones comerciales.

Fiscal Matias Di Lello
Fiscal Matias Di Lello

La investigación determinó que esas compañías no estaban inscriptas como exportadoras ni importadoras y que sus movimientos resultaban incompatibles con su capacidad operativa, lo que alertó sobre la existencia de una estructura destinada a canalizar dinero sin justificación.

La hipótesis de la acusación indica que ese dinero se utilizó para comprar moneda extranjera en el mercado oficial y que luego fue transferido a cuentas en el exterior mediante la simulación de pagos por importaciones de servicios que, en realidad, nunca existieron".

Los acusados

Por este caso, fueron enviadas a juicio diez personas acusadas de haber articulado y facilitado la maniobra entre 2012 y 2016, que consistió en usar documentación falsa para respaldar transferencias internacionales y, de ese modo, dotar de apariencia legítima a fondos cuyo origen era espurio.

Los imputados son el contador Juan Carlos Ariel Inés y el abogado Eduardo De Felipe, señalados como organizadores del esquema con Guillermo Esteban Di Giacinti; Edgardo Jesús Saltal, Luis César Agüero y Walter Edén Azzaretti, directivos de las sociedades involucradas; y los responsables de sucursales del Banco Galicia y Santander Río, Luis Alejandro Caputto, Carlos Cristian Seganfreddo, Marcos Antonio Di Carlo y María Yanina Grasso.

El fiscal Di Lello resaltó que la organización eludió los controles y restricciones que imponía el Banco Central de la República Argentina sobre la compra de divisas en ese período, a través de una serie de transferencias fraccionadas a lo largo de seis meses.

Remarcó que la relación de confianza entre los principales responsables y sus colaboradores habría sido clave para ejecutar la maniobra, concretar las transferencias al exterior y reinsertar los fondos en el circuito formal con apariencia de origen lícito.

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