
La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial resolvió elevar a cinco millones de pesos la indemnización a favor de una jubilada que fue incluida de manera ilegítima en la central de deudores del Banco Central de la República Argentina por parte de una entidad bancaria, tras sufrir el hackeo de su cuenta y un extenso derrotero judicial.
El conflicto comenzó en 2021, cuando una mujer de 70 años detectó un hackeo en su cuenta bancaria. Los delincuentes ejecutaron varias operaciones, entre ellas la solicitud de préstamos y la extracción de aproximadamente 750.000 pesos. Frente a esa situación, la afectada inició una demanda contra la entidad financiera.
PUBLICIDAD
En el marco de ese primer litigio, las partes llegaron a un acuerdo en el que el banco reconoció el derecho de la reclamante, accedió a cancelar préstamos y deudas personales que figuraban a su nombre, y se comprometió a cerrar su cuenta de manera definitiva. Además, la entidad otorgó un resarcimiento adicional de 300.000 pesos en concepto de daños y perjuicios.

A pesar de lo pactado, la entidad mantuvo a la reclamante registrada como deudora morosa bajo la categoría “irrecuperable” en el sistema financiero. Esa condición le generó dificultades al gestionar nuevos créditos y la ampliación del límite de su tarjeta de crédito en otra entidad, donde percibe su jubilación, lo que fue denegado.
PUBLICIDAD
La afectada denunció la situación en el expediente previo. El banco respondió que ya había solicitado la baja en las bases del Banco Central de la República Argentina (BCRA) y de la empresa de informes crediticios VERAZ, aunque la reclamante sostuvo que la gestión resultó defectuosa, ya que continuaba informada como deudora.
Tiempo después, el juzgado interviniente ordenó al BCRA la supresión de cualquier registro de deuda vinculado a la reclamante con la entidad bancaria. El BCRA confirmó el cumplimiento de la orden y también se notificó directamente al banco.
PUBLICIDAD

Pese a esas medidas, la reclamante tuvo que iniciar una nueva acción judicial, ya que persistía su inclusión en el sistema de deudores. En esta oportunidad, solicitó una indemnización de nueve millones de pesos: tres millones por daño moral, tres millones por daño psicológico y tres millones en concepto de daño punitivo.
La entidad bancaria contestó la demanda y afirmó haber cumplido con todos los puntos del acuerdo anterior. Además, sostuvo que la reclamante no acreditó que los informes negativos en los sistemas crediticios se relacionaran con el caso en cuestión.
PUBLICIDAD
El fallo de primera instancia hizo lugar parcialmente a la demanda y ordenó a la entidad bancaria pagar 4.300.000 pesos más intereses y costas. El juez analizó la relación de consumo entre las partes y se centró en determinar si la entidad incumplió el acuerdo alcanzado en el litigio anterior.

Para fundamentar su decisión, el magistrado valoró la prueba producida, especialmente la contestación de oficio del BCRA. Ese documento señaló que la entidad bancaria presentó información rectificativa para los períodos que iban de agosto de 2021 a abril de 2023 y de noviembre de 2023 a junio de 2024, solicitando la supresión de los registros negativos. Las rectificaciones ocurrieron después del cierre de la cuenta que había sido pactado en el acuerdo, lo que evidenció un incumplimiento.
PUBLICIDAD
El juez consideró que la inclusión de la reclamante como deudora, pese al acuerdo, resultó injustificada y generó daños indemnizables. No obstante, consideró abstracta la pretensión de que la entidad fuera condenada a suprimir los registros, ya que la afectada ya no figuraba como deudora al momento de la sentencia.
En cuanto al daño moral, el fallo de primera instancia reconoció que la imposibilidad de acceder a créditos por aparecer como deudora configuró una lesión interna que merecía reparación. Por ese rubro, otorgó tres millones de pesos. Respecto al daño psicológico, el juzgado valoró el informe pericial que describió el hecho como traumático y recomendó tratamiento semanal con un valor estimado de veinticinco mil pesos por sesión. La indemnización por este concepto se fijó en un millón trescientos mil pesos.
PUBLICIDAD

En lo referido al daño punitivo, el juzgado desestimó su procedencia por no encontrar circunstancias excepcionales que lo justificaran. La reclamante también cuestionó la tasa de interés y planteó la inconstitucionalidad de ciertos artículos de la Ley 23.928, planteos que fueron rechazados.
Ambas partes apelaron la sentencia. La entidad bancaria argumentó que cumplió cabalmente con el acuerdo y cuestionó la admisión y cuantía de los daños moral y psicológico, así como la imposición de costas. La parte reclamante consideró insuficientes los montos reconocidos y renovó su reclamo por daño punitivo y por la tasa de interés aplicada.
PUBLICIDAD
La Sala B de la Cámara Comercial analizó la responsabilidad de la entidad y sostuvo que, en relaciones de consumo, el banco está en mejores condiciones técnicas y profesionales para aportar pruebas sobre el cumplimiento de los acuerdos. La Cámara observó que la entidad no produjo pruebas para rebatir la continuidad de la inclusión de la reclamante en los registros de deudores luego del acuerdo.

La Cámara subrayó que el banco, por su carácter profesional y su superioridad técnica, debía actuar con una diligencia agravada y honrar las expectativas generadas en el acuerdo. La continuidad en la información negativa evidenció un quiebre en esa confianza.
PUBLICIDAD
Con relación a la indemnización, la Cámara decidió evaluar conjuntamente el daño moral y el psicológico, considerando que ambos derivaron de la ilegítima inclusión en el sistema de deudores. El tribunal valoró la pericia psicológica, que atribuyó el cuadro psíquico a los hechos vinculados con el conflicto con la entidad bancaria.
El tribunal también indicó que la fuerza probatoria de las pericias debe estimarse por la competencia técnica del experto y que las impugnaciones formuladas por la entidad no lograron desvirtuar las conclusiones de la perito psicóloga, quien sostuvo que el hecho funcionó como detonante del cuadro.

Sobre el daño moral, la Cámara explicó que este rubro repara la lesión a intereses personales esenciales y que la indemnización debe determinarse en función de las características del caso, sin aplicar fórmulas matemáticas.
La Cámara resolvió elevar el monto total de la indemnización a cinco millones de pesos, al admitir parcialmente el recurso de la reclamante, confirmando el resto de la sentencia y manteniendo la imposición de costas a la entidad condenada.
En cuanto a la tasa de interés, el tribunal dispuso que los intereses se calcularán con la tasa activa del Banco Nación hasta el 17 de enero de 2026 y, a partir del día siguiente, con la Tasa de Interés Monetaria (TIM) establecida por el BCRA, salvo que esta última resultara menos favorable para la parte ganadora.

Al rechazar el daño punitivo, la Cámara recordó que esta figura resulta de aplicación excepcional y solo cuando medie dolo o grave negligencia, lo que no quedó demostrado en este expediente.
La sentencia final dispuso rechazar el recurso de la entidad bancaria, admitir parcialmente el de la parte reclamante, confirmar lo sustancial de la sentencia de primera instancia y elevar la suma indemnizatoria a cinco millones de pesos, con intereses y costas a cargo de la entidad condenada.
PUBLICIDAD
PUBLICIDAD
Últimas Noticias
El Procurador Casal aprobó una guía para investigar el terrorismo antes de un ataque: señales digitales y niveles de riesgo
El instructivo describe cómo ciertas plataformas pueden facilitar la captación de jóvenes mediante interacciones privadas y comunidades cerradas, sin equiparar esas actividades con un delito por sí mismo

La Cámara Civil define si habilita la llegada a la Corte de la pelea por la mudanza de la AFA a Pilar
La disputa judicial por el traslado de la sede de la AFA desde la calle Viamonte a Pilar sumó un nuevo capítulo: el Gobierno busca llegar a la Corte Suprema y la entidad respondió que no hay motivo para abrir esa instancia

El ex ministro del kirchnerismo Florencio Randazzo declarará como testigo mañana en el juicio por el caso Cuadernos
Será una audiencia presencial en Comodoro Py, en una fase del debate que revisa el vínculo entre ex funcionarios acusados y concesionarios del transporte subsidiados

Le habían reconocido $115 millones por una secuela tras una artroscopia, pero la Cámara revocó el fallo y rechazó la demanda
Una mujer había demandado por mala praxis tras una cirugía de rodilla realizada en 2021. Sin embargo, la Cámara Civil concluyó que la lesión del nervio femoral constituyó un caso fortuito, imprevisible e inevitable, y absolvió al cirujano, a la obra social y al resto de los demandados

Denunció haber quedado atrapada entre el andén y el subte: una pericia midió la distancia del borde y la Justicia rechazó la demanda
Una pasajera reclamó una indemnización por las lesiones que dijo haber sufrido en 2017 en la estación 9 de Julio de la línea D. El tribunal analizó un informe que fijó en seis centímetros la separación entre el andén y la formación y también advirtió contradicciones en las declaraciones



