
El Tribunal Oral que condenó a cuatro años de prisión al ex titular de la Unión Industrial Argentina Juan Carlos Lascurain, por un multimillonario desvío de fondos destinados a una obra vial que nunca se concretó en Yacimientos Carboníferos Río Turbio, ordenó la detención del empresario luego de que la Corte Suprema de Justicia dejara firmes las penas impuestas.
Se le dio un plazo de cinco días hábiles para presentarse en la sede judicial y quedar preso, al igual que a otros dos condenados. La fiscal que actuó en ese debate oral concluido en 2019, Fabiana León, había reclamado la detención “inmediata” pero el Tribunal les otorgó ese plazo.
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Lascurain tendrá que presentarse en “el término de 5 días hábiles” en la sede del TOF7, ubicada en el sexto piso del Palacio de Justicia, en Talcahuano 550, para “cumplir la pena de prisión que le fuera impuesta”, según la resolución a la que tuvo acceso Infobae.
Una vez concretadas las detenciones, serán ingresados como condenados a una cárcel del Servicio Penitenciario Federal. La defensa de Lascurain, de 79 años, podría pedir la prisión domiciliaria.
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El “camino de los mineros”
Las detenciones de Lascurain y otros dos condenados, el ex interventor de Yacimientos Carboníferos Río Turbio Atanacio Pérez Osuna y el ex asesor Juan Marcelo Vargas, se ordenaron luego de que la Corte Suprema dejara firmes las condenas de cuatro años de prisión impuestas en una causa por desvío de fondos, destinados a una obra vial que nunca se concretó, el llamado “camino de los mineros”, durante el kirchnerismo.
Todos fueron juzgados y condenados en 2019 por lo ocurrido con la empresa que presidía Lascurain al momento de los hechos, Fainser S.A. El empresario ya estuvo preso en el caso Cuadernos, durante 2018, pero luego se lo benefició con arresto domiciliario por su edad y posteriormente fue excarcelado. A los 79 años, es uno de los sometidos ahora a juicio oral por esta causa, procesado por un caso de cohecho activo.
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La decisión del máximo tribunal del país dejó firme la condena a cuatro años de prisión por el desvío de fondos públicos destinados a la construcción de esa ruta de acceso a YCRT y, en la misma resolución, también quedó confirmada la absolución del excoordinador de YCRT Miguel Ángel Larregina.
A través del artículo 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti rechazaron los recursos extraordinarios presentados por las defensas de Lascurain y Vargas, así como el planteo del Ministerio Público Fiscal contra la absolución de Larregina.
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El Tribunal Oral Federal 7 había dispuesto que todos los condenados fueran detenidos una vez que las sentencias adquirieran firmeza y ordenó además la restitución de los fondos desviados junto con sus intereses, una suma estimada en alrededor de cincuenta millones de pesos a valores de 2015.
La investigación derivó en el primer juicio oral por irregularidades en YCRT. En paralelo, permanece pendiente otro debate por el supuesto desvío de al menos 264 millones de pesos destinados a obras en la mina de carbón de Río Turbio, expediente en el que está imputado el exministro de Planificación Federal Julio De Vido.
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Qué se juzgó
La causa juzgada se centró en el desvío de fondos para la construcción de siete kilómetros de la denominada “Avenida de los Mineros”, entre Río Turbio y la localidad de 28 de Noviembre, una obra que nunca se realizó. La empresa adjudicataria era Fainser S.A., propiedad de Lascurain.
Durante el juicio oral celebrado en 2019, el Tribunal Oral Federal 7 dio por acreditado que Pérez Osuna, Larregina, Vargas, el entonces intendente de Río Turbio Horacio Mazú y Lascurain participaron en el desvío de 50 millones de pesos de YCRT, mediante el pago de tres cheques emitidos entre fines de noviembre y comienzos de diciembre de 2015, sin una justificación jurídica válida.
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En el debate, Lascurain reconoció haber percibido el anticipo económico, aunque sostuvo que los fondos fueron utilizados para contratar personal y preparar el inicio de la obra. Por su parte, Pérez Osuna aseguró que “hubo una decisión política” de no realizar la obra.
En primera instancia, los jueces Germán Castelli, Enrique Méndez Signori y Fernando Canero condenaron por peculado a Lascurain, Pérez Osuna, Larregina, Horacio Mazú —fallecido con posterioridad— y Vargas, imponiéndoles penas de cuatro años de prisión y ordenando la devolución del dinero.
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En 2023, la Cámara Federal de Casación Penal confirmó las condenas aunque absolvió a Larregina.
Según se probó en el debate oral llevado adelante por los jueces Enrique Méndez Signori, Germán Castelli y Fernando Canero -los mismos que ahora están al frente del juicio Cuadernos- entre el 30 de noviembre y el 9 de diciembre de 2015, Yacimientos Carboníferos Río Turbio (YCRT) entregó a Fainser S.A. la suma de cincuenta millones de pesos ($50.000.000), mediante tres cheques librados bajo la apariencia de un adelanto de obra vinculado a la denominada “Readecuación de la Avenida YCF” de la localidad de Río Turbio, sin causa jurídica válida que justificara esa detracción de fondos públicos.
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La maniobra se estructuró a través de la emisión de facturas por parte de Fainser S.A., órdenes de pago de YCRT y cheques finalmente depositados en cuentas de aquella sociedad. Esos fondos salieron de la esfera de custodia del Estado Nacional e ingresaron al giro económico de la empresa beneficiaria.
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