
El fiscal federal de Santiago del Estero, Pedro Simón, reclamó que la causa que impulsó contra los dirigentes de la AFA Claudio “Chiqui” Tapia y Pablo Toviggino siga en esa provincia y que se ordene la apertura de la investigación en la que había pedido detener a ambos. En una apelación que presentó ante la Cámara Federal de Tucumán, el fiscal solicitó además que se de intervención al Consejo de la Magistratura de la Nación para analizar la conducta del juez federal de Santiago del Estero, Sebastián Argibay, quien desestimó su dictamen y envió el caso al juzgado federal de Campana, a cargo de Adrián González Charvay.
Decisión “arbitraria” y “dogmática”
Al apelar la decisión que desestimó la investigación por supuesto lavado de activos y asociación ilícita contra el tesorero de la Asociación del Fútbol Argentino (AFA) Toviggino, su presidente Tapia y otros 23 implicados, el fiscal entendió que la resolución del magistrado fue “arbitraria”, “dogmática” y carente de fundamentación válida. Argibay se reincorporó de una licencia el 21 de abril —un día antes de lo previsto— y en menos de una hora rechazó un requerimiento de instrucción de 181 páginas, declaró la incompetencia territorial del juzgado y remitió las actuaciones al Juzgado Federal de Campana, enumeró la fiscalía sobre lo sucedido, según el texto al que tuvo acceso Infobae.
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Menos de una hora después, la Cámara Federal de Tucumán aceptó un planteo para apartar al juez del caso por supuestos vínculos comerciales con un familiar de Toviggino. El fiscal sostuvo que esa velocidad de resolución “sólo permite concluir que el juez quiso desestimar el requerimiento de instrucción y lo hizo sin siquiera analizarlo”.
La investigación a la AFA
La causa tiene como eje central una red de sociedades supuestamente vinculadas a Toviggino —tesorero de la AFA y presidente de la Liga Santiagueña de Fútbol— a través de las cuales, según la Fiscalía, se habría canalizado dinero proveniente de la entidad rectora del fútbol argentino. El requerimiento de instrucción detalla transferencias de la AFA a empresas como Servicios Neurus S.A., SOMA S.R.L., Carbello S.R.L. y Servicios Lindor S.A., por un total de $3.633.013.825,80 pesos. Varias de esas firmas figuran en la base de contribuyentes apócrifos (e-APOC) de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), se remarcó en ese dictamen.
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El juez federal de Santiago del Estero rechazó el requerimiento con tres argumentos centrales: que el objeto de investigación no fue definido con precisión, que el ilícito precedente no estaba determinado y que no se podía afirmar la existencia de facturas falsas.
Sobre el primer argumento, el fiscal señaló que la resolución “se refugia en abstracciones doctrinarias genéricas” y omite analizar prueba como escrituras de compraventa de inmuebles; transferencias bancarias y adquisición de vehículos de alta gama —entre ellos Audi Q8, BMW M5 y Porsche— por parte de las sociedades investigadas.
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En su reclamo para impulsar el caso, la fiscalía apuntó a una posible defraudación en perjuicio de la AFA, evasión tributaria mediante facturas que serían falsas e infracciones al régimen penal cambiario. El fiscal también cuestionó que el juez haya desestimado la causa sin aguardar la respuesta a oficios enviados a ARCA el 9 de abril pasado, que hubiesen permitido completar el circuito financiero. “El juez renunció a la búsqueda de la verdad”, afirmó el fiscal Simón.
Además en la apelación advirtió que presentó evidencias que debían analizarse en conjunto, como el hecho de que Servicios Lindor S.A. contrató servicios a SOMA SRL por más de USD 1.000.000.000 cuando la empresa recién se constituía, o que Servicios Neurus S.A. —creada en 2025— registró una facturación inicial de $3.826.426.568,44, con escasos empleados y sin infraestructura, y con la mayoría de sus comprobantes emitidos a la AFA. También cuestionó la declaración de incompetencia territorial. El juez de Santiago del Estero remitió las actuaciones a Campana al considerar que la AFA tiene domicilio en Pilar.
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Al respecto recordó que el juzgado de Campana las devolvió porque entendió que le fueron enviadas sin esperar el tiempo necesario para que quede firme esa decisión.
“¿Existe una defraudación o no? Si existe, ¿por qué dijo que no se describió la maniobra defraudatoria? Si no existe, ¿por qué remite por incompetencia una causa en donde no habría un delito?”, concluyó el fiscal sobre la decisión del juez.
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