
El juzgado federal número 1 recibió el informe actualizado sobre el estado de salud del fotógrafo Pablo Grillo, que fue elaborado por el Cuerpo Médico Forense en conjunto con los peritos de la querella y de la defensa del gendarme procesado por por lesiones gravísimas agravadas y abuso de armas.
Las conclusiones advierten que las lesiones sufridas por Grillo pusieron en peligro su vida. De acuerdo al cuadro de lesiones descripto en los documentos médicos, podría quedar con secuelas neurológicas permanentes.
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Los profesionales consideraron que aún no es posible establecer el grado de “dependencia funcional” que tendrá el paciente debido a que resta completar la fase curativa.
Según informaron allegados a Grillo, solo podrá evaluarse el grado de secuela una vez que el equipo de salud tratante le dé el alta definitiva. Detallaron que “en los procesos encefálicos como este, la temporalidad de la curación suele ser mayor que la de otros órganos del cuerpo”.
La querella informó que, ante incorporado a la causa del informe de salud, impulsarán que la justicia avance con el proceso previo a la elevación a juicio oral del expediente.
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El 12 de marzo de 2025 Pablo Grillo cayó gravemente herido tras recibir el impacto de un cartucho de gas lacrimógeno en su cabeza, mientras cubría los incidentes durante una manifestación de jubilados en las inmediaciones del Congreso de la Nación.

La causa
La Cámara Federal de Casación dejó firme el procesamiento del gendarme que disparó contra el fotógrafo. Se trata de Héctor Guerrero, acusado por lesiones gravísimas agravadas y abuso de armas por el disparo con gas lacrimógeno.
Según la reconstrucción judicial, el gendarme efectuó seis disparos con una pistola lanzagases marca FM desde la intersección de Hipólito Yrigoyen y Solís, donde estaba desplegada la Sección de Empleo Inmediato del Destacamento Móvil 6.
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El cuarto disparo impactó en la cabeza del damnificado, que se encontraba a unos 50 metros de distancia, agachado detrás de una estructura de madera incendiada, tomando imágenes.
La defensa había sostenido que el arma no era de precisión y que su trayectoria podía resultar errática, además de cuestionar la autoría material del disparo.
Los informes que presentó Gendarmería Nacional revelaron que en la nómina de efectivos que el día de los hechos tenían habilitada la portación de la pistola lanzagases figuraban dos, ambos de apellido Guerrero, un hombre y una mujer.
Las filmaciones del ataque demostraron que quien lanzó el gas era de género masculino, lo que derivó en el reconocimiento de Héctor Guerrero.
A todo esto, el legajo del cabo Guerrero contiene dos certificados de aprobación de cursos sobre el Código de Conducta para funcionarios encargados de hacer cumplir la ley.
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En cuanto al uso de pistolas lanzagases, Gendarmería presentó un protocolo que en sus consideraciones generales expresa que si “se tuviera que emplear apuntando, como podría ser para arrojar el proyectil en el perforante o largo alcance, jamás se debe dirigir el arma hacia una persona, ya que en caso de impacto podría producir lesiones graves e incluso la muerte”.
La documentación consigna que “para una alternativa de este tipo resulta conveniente tener presente que los disparos deben ejecutarse en forma oblicua, hacia el suelo, para amortiguar la fuerza y al propio tiempo obtener un desplazamiento adecuado del cartucho”.
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El caso lo tiene el juzgado de María Servini, quien aceptó como querellante a la familia de Grillo, con la representación del Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) y la Liga Argentina por los Derechos del Hombre (LADH).
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