
El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Jujuy absolvió al productor agropecuario Guillermo Adolfo Ros de los cargos de trata de personas con fines de explotación y reducción a la servidumbre, por los que fue enviado a juicio. Luego de haber sido declarado inocente, el Ministerio Público Fiscal no apeló la sentencia, algo poco usual para una acusación pública que impulsa un caso como este hasta instancia de debate.
El Tribunal aplicó el principio de “in dubio pro reo” (ante la duda, a favor del acusado), al considerar que no se alcanzó la certeza necesaria para probar la responsabilidad penal de Ros, que hace tres décadas se dedica a la exportación de cítricos y la producción de azúcar.
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La acusación del fiscal Federico Aníbal Zurueta sostenía que Ros sometió a Juan Carlos Velasco y a Florencio Arambique, junto a sus familias, a condiciones de explotación laboral y servidumbre en la Finca Murcia, ubicada en Arroyo Colorado, Santa Clara, Jujuy. Se alegó que el empresario, supuestamente, se aprovechó de la vulnerabilidad y pobreza estructural de los trabajadores, manteniéndolos en condiciones indignas con salarios bajos y jornadas extenuantes.
La defensa intentó explicar en todo momento que se trataba de una falsa denuncia, motivada por el despido de los empleados luego de varias sanciones disciplinarias. La fiscalía contraargumentó que el sistema de suspensiones aplicado a los trabajadores no respondía a inconductas, sino a la imposibilidad física de completar tareas “sobrehumanas”.
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“Durante la instrucción, la defensa presentó pruebas sólidas. Los denunciantes tenían una relación laboral registrada, ART, obra social, vacaciones, una casa con todos los servicios, hasta televisión por cable. El fiscal no valoró esa prueba y, desde nuestro punto de vista, perdió toda objetividad. Se invitó a nuestro cliente a hacer una reparación económica para que no avance la causa, por lo que tuvimos que ir a juicio a demostrar su inocencia”, explicó Martín Olari Ugrotte, uno de los abogados del empresario.
Y siguió: “Esto era un conflicto laboral, una persona que la empresa despidió porque tenía muchas suspensiones que están acreditadas. Cuando lo echan, la mejor idea que tuvo fue hacer una denuncia falsa. El fiscal Zurueta no hizo lo mínimo necesario para darse cuenta de que la Fiscalía estaba siendo usada”.
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El productor enjuiciado compartió un descargo con Infobae, en el que mencionó: “Fui acusado de un delito gravísimo que el fiscal nunca pudo probar. Nunca hubo pruebas que sostengan una acusación tan grave como la que se me hizo”.
“Durante todo este tiempo tuve que vivir con el peso de una imputación extremadamente seria, con el impacto familiar, social y laboral que significó para mí. Fueron años de incertidumbre y exposición en los que mi vida, mi trabajo y mi reputación quedaron marcados por una acusación de enorme gravedad”, continuó Ros.
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Según agregó, “confiaba en que la verdad iba a salir a la luz”, aunque “nadie puede devolverle a una persona los años que pierde defendiendo su inocencia”.
El TOF de Jujuy consideró que la prueba debatida no logró acreditar, con la certeza requerida, que las presuntas víctimas hayan visto restringida su libertad ambulatoria o su capacidad de decidir libremente. Se destacó que Juan Carlos Velasco contrató abogados para litigar contra la empresa y que Florencio Arambique continuó trabajando para Ros después de los allanamientos, incluso rechazando ofertas de vivienda por no ser de su agrado. Estos hechos, según el tribunal, son incompatibles con la figura de reducción a la servidumbre.
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Además, los jueces Diego Matteuci, Marta Snopek y María Alejandra Cataldi señalaron en su fallo absolutorio que las inspecciones realizadas por distintas agencias estatales a lo largo de los años en la Finca Murcia no resultaron en sanciones por explotación laboral o condiciones indignas, lo que generó una duda razonable sobre la configuración del delito.
“Es realmente llamativo que, después de todos los recursos que gastó el Estado en este caso, de dos años de investigación, muchas audiencias, meses de juicio, declararon 20 testigos, y el fiscal no apeló la absolución. Quizás reflexionó”, planteó Olari Ugrotte.
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Su co-defensor, Carlos Mauricio Garmendia, además ponderó: “La contundencia de la sentencia demuestra que la trata de personas es un delito serio, que debe ser abordado por el MPF con eficiencia para evitar caer en lo que lamentablemente sucedió en este caso, la utilización de los nuevos métodos de litigio para sacar provecho económico a un empresario agropecuario”.
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