
La Cámara Federal porteña ordenó este jueves acumular a la causa por crímenes de lesa humanidad cometidos en Venezuela la investigación por la desaparición forzada del gendarme Nahuel Gallo, quien estuvo detenido 448 días bajo el régimen de Nicolás Maduro, antes de ser liberado en marzo de 2026. La resolución del camarista Mariano Llorens se tomó en relación a un expediente judicial por lo que inicialmente fue un habeas corpus y que tramitó en Mendoza apenas fue detenido el gendarme. Ahora ambos casos se seguirán en los tribunales federales de Retiro.
El fallo de la Sala I del tribunal federal porteño estableció que la detención de Gallo —ocurrida el 8 de diciembre de 2024 en San Antonio de Táchira, cuando el suboficial de la Gendarmería Nacional Argentina (GNA) intentó ingresar a Venezuela desde Colombia— debe ser investigada en el juzgado federal 2 a cargo del juez Sebastián Ramos en Comodoro Py 2002.
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Allí ya tramita un expediente que investiga la existencia de un plan sistemático de represión contra opositores en Venezuela y en el que ya se pidió la captura internacional de Nicolás Maduro y otros integrantes de su Gobierno. “Son señalados como quienes habrían desplegado o tolerado el aparato represivo en cuyo marco se habría producido la detención de Gallo”, apuntó Llorens.
La investigación
El camarista remarcó que debe establecerse “si existen puntos de conexión entre la desaparición forzada” de Gallo en Venezuela y la existencia de un “plan sistemático pergeñado por las autoridades del país mencionado para vulnerar derechos básicos de la ciudadanía a partir del año 2014, en particular, de opositores o personas percibidas como tales”. “Estos hechos pueden ser investigados por la Justicia argentina en base al principio de jurisdicción universal”, recordó.
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El proceso de acumulación tuvo su origen en Mendoza, donde Gendarmería Nacional presentó una denuncia para investigar la posible comisión del delito de desaparición forzada en perjuicio de Gallo. La fiscal del Área de Investigación y Litigio de Casos Complejos de la Unidad Fiscal Federal Mendoza solicitó la incompetencia del juzgado provincial y la remisión del expediente a Buenos Aires, con el argumento de que existían reglas de conexidad con la causa que ya investigaba crímenes de lesa humanidad del régimen venezolano. El 20 de marzo pasado, el Juzgado Federal con Funciones de Garantías 1 de Mendoza hizo lugar al pedido y remitió las actuaciones a la capital federal.
El juez Ramos rechazó esa acumulación por entender que ambas causas eran “palmariamente inconexas” porque en su dependencia no tramitaba ninguna acción de hábeas corpus y porque Gallo ya había recuperado su libertad sin revestir calidad de parte en el expediente de lesa humanidad. Esa decisión fue apelada por la fiscalía, que argumentó que el juzgado había reducido el análisis al hábeas corpus formulado en Mendoza sin examinar las aristas más amplias de la investigación.
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Gallo, oriundo de Catamarca y destinado al Escuadrón 27 de la GNA en Uspallata, viajó a Venezuela durante sus vacaciones para visitar a su pareja y a su hijo. Fue detenido por las autoridades venezolanas al cruzar el Puente Internacional Francisco de Paula Santander y permaneció recluido durante más de un año, en condiciones que organismos internacionales calificaron como desaparición forzada. La Organización de Estados Americanos (OEA) y la Corte Interamericana de Derechos Humanos denunciaron su detención arbitraria. Fue liberado el 1 de marzo de 2026, tras 448 días en cautiverio.
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