
La Corte Suprema de Justicia resolvió que el juez federal Marcelo Martínez De Giorgi deberá investigar la denuncia presentada contra la ex ministra de Seguridad, hoy senadora nacional y jefa del bloque de La Libertad Avanza, Patricia Bullrich, por presuntos apremios ilegales y abuso de autoridad vinculados con un operativo policial desplegado en los alrededores del Congreso durante una marcha realizada en septiembre de 2024 en favor de los jubilados.
La decisión fue adoptada este jueves por los ministros Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, en línea con el dictamen de la Procuración General de la Nación, al resolver un conflicto de competencia entre el juzgado federal a cargo de Martínez De Giorgi y el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional N° 28.
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La causa se originó a partir de una denuncia presentada por el diputado Horacio Pietragalla, quien responsabilizó a Bullrich por el operativo de seguridad realizado el 4 de septiembre de 2024 en las inmediaciones del Congreso de la Nación. Según el escrito, el despliegue policial llevó adelante un operativo donde “se ejerció violencia contra un grupo de manifestantes”.
Ese día, organizaciones sociales, agrupaciones piqueteras y jubilados autoconvocados se movilizaron frente al Congreso en rechazo al veto presidencial a la Ley de Movilidad Jubilatoria. Durante la protesta, los manifestantes ocuparon la calzada y las fuerzas de seguridad federales aplicaron el protocolo antipiquetes para liberar la circulación.
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La jornada registró incidentes en distintos puntos del palacio legislativo. Hubo enfrentamientos entre manifestantes y agentes de seguridad y el operativo dejó una treintena de personas heridas, entre ellas ocho periodistas. La entonces ministra de Seguridad siguió el desarrollo del operativo desde el centro de monitoreo de su cartera.
El expediente se inició en el juzgado federal de Martínez De Giorgi. El magistrado consideró que el objeto del caso se vinculaba “en última instancia, sobre la validez de la resolución N° 943/2023 del Ministerio de Seguridad -que estableció un protocolo de actuación ante el corte de vías de circulación-” y, por ese motivo, decidió declinar su competencia a favor de un juzgado del fuero ordinario.
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En su resolución sostuvo que la cuestión ya había sido planteada en una causa anterior iniciada bajo la forma de habeas corpus preventivo en la que se discutía la legalidad de ese procedimiento antipiquetes.
Sin embargo, el juzgado nacional rechazó intervenir en el expediente. Para eso, destacó que “el objeto, la pretensión y el trámite que corresponden a la causa CNE 10514/2023 (...) es completamente diferente al de una denuncia por delito de acción pública y que, por lo tanto, no se da ningún supuesto del artículo 41 del código procesal”.
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También subrayó que “las reglas de conexidad no se aplican entre jueces de distinto fuero y que la investigación de la conducta de quien se desempeña como ministra de la Nación por un acto propio de su función es de indudable competencia federal”.

El conflicto llegó así a la Corte Suprema. En su dictamen, el procurador general interino, Eduardo Casal, consideró que la posición del juzgado nacional resultaba correcta, en tanto las “razones expuestas por el juez de instrucción de la Capital dan respuesta correcta a la declinatoria del juez federal”.
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Además, agregó que, dadas “las diferencias categóricas en cuanto a la pretensión y el trámite de cada una de las causas”, la eventual coincidencia en el debate jurídico “en modo alguno altera las reglas de competencia ni debe confundirse con supuestos que habilitan la acumulación de expedientes”.
Con base en ese dictamen, el Máximo Tribunal resolvió que el expediente continúe tramitando ante el juzgado federal de Marcelo Martínez De Giorgi, que deberá seguir adelante con la investigación de la denuncia contra Patricia Bullrich.
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