
El Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 2 de la ciudad de La Plata habilitó la feria y dio curso al pedido de prisión domiciliaria del abogado Rubén Ernesto Carrazzone, condenado a perpetua por el femicidio de su esposa, Stella Maris Sequeira, cuyos restos son buscados desde 2016, cuando ocurrió el crimen.
El juez de feria en el TOF N° 2 platense Roberto Fernando Minguillon resolvió enviar la apelación presentada por los defensores del imputado -el mismo magistrado le había negado continuar cumpliendo la pena en su casa- a la Cámara Federal de Casación Penal.
Carrazzone fundamentó su planteo para acceder al beneficio en dos pilares principales: la edad y su estado de salud.
La defensa técnica sostuvo que su asistido cumplió 70 años en marzo de 2025, lo que lo ubica dentro del grupo etario contemplado por la ley para acceder a la morigeración del encarcelamiento. Además, enumeraron una serie de dolencias físicas que, según su criterio, no recibían el tratamiento adecuado dentro de la unidad penitenciaria. Mencionaron problemas de visión severos por cataratas, disminución auditiva, riesgos cardiovasculares y afecciones urológicas que requerían estudios complejos.
Los letrados defensores hicieron hincapié en que el Servicio Penitenciario Federal carecía de los recursos materiales y humanos para atender estas patologías. Describieron situaciones de riesgo, como caídas por pérdida de equilibrio y falta de lentes con aumento que le provocaron “la pérdida casi total de la visión” de su ojo derecho, según alegó el detenido.

Así, Carrazzone ofreció como nuevo lugar de encierro un departamento en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, donde estaría bajo la tutela de su hijo o su hermana, ofreciendo incluso la colocación de una tobillera de monitoreo electrónico para asegurar su sujeción al proceso.
Sin embargo, durante el trámite del incidente, tanto el Ministerio Público Fiscal como la querella se opusieron firmemente a la concesión del beneficio.
La fiscalía argumentó que alcanzar los 70 años no implica un pase automático a la prisión domiciliaria, sino que debe evaluarse si el encierro constituye un trato cruel o inhumano. Por su parte, la querella adhirió a esta postura y señaló que los informes médicos demostraban que las dolencias podían tratarse dentro de la cárcel.
Un elemento determinante para el rechazo en primera instancia fue el dictamen del Cuerpo Médico Forense de la Corte Suprema. La perito oficial evaluó al paciente y concluyó que se trataba de un hombre con hipertensión y cataratas, pero que se encontraba compensado y sin signos de descompensación aguda. La profesional médica determinó que la privación de la libertad no impedía su recuperación ni el tratamiento adecuado de sus enfermedades, aunque recomendó la realización de consultas externas con especialistas en oftalmología y cardiología.
El juez Minguillon, al resolver el rechazo el 21 de enero, se alineó con la jurisprudencia que establece que la edad por sí sola no es suficiente para otorgar la domiciliaria. Explicó que la finalidad de la norma es humanitaria y que, en este caso, no se verificó que la permanencia en prisión agravara ilegítimamente la salud del interno. El magistrado destacó que el penal cuenta con médicos de guardia y la posibilidad de traslados de urgencia si fuera necesario.

A pesar de negar el traslado al hogar, el fallo ordenó a las autoridades carcelarias que gestionen con celeridad los turnos médicos pendientes para atender la visión y el corazón del recluso. El tribunal buscó así garantizar el derecho a la salud sin modificar la modalidad de encierro. Cabe recordar que Carrazzone cumple una condena a prisión perpetua impuesta en febrero de 2022 por el homicidio doblemente agravado de su pareja, Stella Maris Sequeira, y por falsa denuncia, encontrándose detenido desde marzo de 2018.
Hasta hoy permanece desaparecido el cuerpo de la víctima y, aún cuando se desconoce la mecánica empleada por el agresor, la Justicia tuvo por comprobada la muerte de Sequeira y responsabilidad de Carrazzone en base a pruebas científicas de carácter criminalísticas y numerosos testimonios.
Con la reciente concesión del recurso, la defensa tendrá un plazo de ocho días para presentarse ante la Cámara Federal de Casación Penal y sostener sus argumentos. Será este tribunal de alzada el que tendrá la última palabra sobre si las condiciones de salud y edad de Carrazzone justifican su salida de la prisión o si, por el contrario, debe continuar cumpliendo su pena máxima tras las rejas.
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