La Cámara Federal de Casación Penal confirmó la prisión perpetua para un narco que ordenó un homicidio desde la cárcel

Se trata de Matías Ernesto “El Bicho” Álvarez. Operaba en Venado Tuerto y seguía dando órdenes a su banda desde su celda. También le endilgaron una serie de extorsiones

Confirmaron la condena a prisión perpetua para un narco que ordenó un homicidio y extorsiones desde la cárcel - Matias Alvarez
Matías Ernesto “El Bicho” Álvarez, condenado a prisión perpetua
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La Cámara Federal de Casación Penal, máximo tribunal penal del país, ratificó la sentencia de prisión perpetua impuesta contra Matías Ernesto “El Bicho” Álvarez, un narcotraficante oriundo de la localidad santafesina de Venado Tuerto que, estando preso, ordenó la ejecución de extorsiones y el homicidio de una joven.

La víctima, de 25 años, fue asesinada en 2022 de 17 disparos en Firmat, provincia de Santa Fe. El objetivo de estas acciones criminales fue la conservación del control territorial para la venta de droga, según pudo constatar la Justicia.

La Sala I de la Casación, constituida por los jueces Daniel Petrone, Gustavo Hornos y Diego Barroetaveña, resolvió la apelación interpuesta contra el fallo condenatorio que dictó el Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 3 de Rosario.

Los jueces declararon a Álvarez responsable por los delitos de extorsión —dos hechos consumados y uno en grado de tentativa— en concurso real con el delito de homicidio calificado por ensañamiento y agravado por el uso de arma de fuego. Se lo condenó en calidad de autor por determinación.

La acusación fue sostenida durante el debate judicial por el fiscal general Federico Reynares Solari, titular de la Oficina de Litigio Oral Estratégico del Área de Investigación y Litigio de Casos Complejos de la Unidad Fiscal Rosario y titular de la Sede Fiscal Descentralizada de Venado Tuerto, junto con el auxiliar fiscal Rodrigo Romero.

El crimen de la víctima, identificada como Érica Ávalos, se concretó a las 3:30 del 28 de diciembre de 2022. El suceso ocurrió en las inmediaciones de las calles Tiro Federal y San Juan, en Firmat.

En aquel momento, dos individuos que se trasladaban en una motocicleta interceptaron a la joven y le efectuaron 17 disparos de arma de fuego. La fiscalía expuso durante el juicio que este violento acto constituyó una venganza vinculada con negocios ilícitos de tráfico de estupefacientes.

Cuestionamientos de la defensa

Brigada Motorizada de la Policía de Santa Fe
El delincuente operaba en Venado Tuerto y extorsionaba a comerciantes

Al elevar el recurso de casación, la defensa de “El Bicho” Álvarez sostuvo que la sentencia condenatoria se basó en una presunta “autoría ideológica o mediata” sin que se hubiese probado de forma directa ni indirecta que se impartió una instrucción concreta al autor material para matar.

Añadió que el sicario ni siquiera fue identificado. Por lo tanto, calificó la decisión como una inferencia sin respaldo en las pruebas. La defensa mencionó que no se logró demostrar un control funcional del suceso, ni una precisa cadena de mando, ni la relación entre el procesado y el presunto ejecutor.

El fiscal Reynares Solari había remarcado durante el debate que, si bien no existió una prueba específica y directa sobre la autoría de Álvarez respecto al asesinato de Ávalos, se presentaron una serie de indicios “serios, contundentes y concordantes” sobre su participación a lo largo del juicio oral y público. Señaló que fue posible realizar un recorrido sobre el dominio que Álvarez ejercía desde su lugar de detención para perpetrar el homicidio.

El fallo de Cámara

Al evaluar el planteo de la defensa, la Cámara de Casación retomó los argumentos originales del TOF N°3. En su voto, el juez Hornos indicó que el Tribunal alcanzó una conclusión razonable a partir de una valoración fundada de los elementos probatorios.

El fallo refirió que Álvarez concibió y llevó a cabo el plan criminal para dar muerte a Ávalos con un arma de fuego. Aseveró que ejecutó el plan desde la Unidad N° 6 de Rawson, su sitio de reclusión al momento de los hechos, a través de terceros que respondieron a él incondicionalmente.

El juez Hornos subrayó que, a pesar de que Álvarez estaba privado de su libertad, determinó que otras personas ejecutaran el esquema delictivo según sus directivas, lo cual fue encuadrado dentro de la figura de la autoría mediata. Se acreditó su intención consciente para obtener el resultado.

El Tribunal también destacó que, al momento de analizar los testimonios producidos en el debate, todos apuntaron a Álvarez como el autor intelectual del asesinato. La sentencia de Casación expresó que la condena contó con argumentos suficientes y razonables que la sostuvieron como un acto jurisdiccional válido.

Los jueces del juicio recordaron que la participación de Álvarez se analizó a partir de otros elementos de criterio, tales como audios y capturas de pantalla obtenidos de teléfonos móviles, los cuales establecieron sin dudas que él fue quien planeó el esquema delictual para concretar las tres extorsiones.

Los tribunales de Comodoro Py, en Buenos Aires (EFE/Juan Ignacio Roncoroni)
Los tribunales de Comodoro Py, en Buenos Aires (EFE/Juan Ignacio Roncoroni)

Los jueces Petrone y Barroetaveña adhirieron en lo esencial a las consideraciones y conclusiones a las que arribó el magistrado que lideró el acuerdo. El juez Petrone amplió que el tribunal oral dictó una sentencia debidamente justificada, en la que no solo efectuó una valoración detallada de la prueba, sino que también respaldó sus conclusiones en doctrina reconocida que avaló la solución adoptada.

La Casación determinó que los cuestionamientos presentados por la defensa no permitieron refutar los elementos probatorios que acreditaron la versión inculpatoria contra Álvarez.

Las extorsiones

Las víctimas, según la identificación que realizaron, relataron que Álvarez las contactaba por videollamadas desde prisión para exigirles la entrega de dinero. Las extorsiones tuvieron como desenlace el arresto de Iván Mayotto y Emanuel Romero, dos miembros de su organización, en diciembre de 2022.

En esa ocasión, Romero y Mayotto se dirigieron al domicilio de los dueños de una remisería y pidieron “la plata del negro Matías”. Testigos policiales dieron cuenta de quién había encargado la extorsión.

Otro testigo indicó que la pareja de Mayotto “era la encargada de juntar plata para Álvarez,” dato que fue corroborado mediante un peritaje realizado al celular incautado a Romero.

La fiscalía expuso durante el juicio que Álvarez impartía las órdenes desde su lugar de detención utilizando una línea telefónica con característica de la localidad donde estaba recluido. Se pudo constatar que utilizaba esa línea para seguir manteniendo el dominio territorial y la gestión de sus negocios ilícitos.

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