Viaje de egresados cancelado por la pandemia: dos familias demandaron a la agencia y la Justicia ordenó una fuerte indemnización

La Cámara de Apelaciones elevó los montos por daño moral y punitivo tras el incumplimiento de la empresa y la falta de respuestas. Los jueces consideraron que hubo una falta de “trato digno” hacia los estudiantes y sus padres

Guardar
Google icon
Gran crucero Carnival Conquest blanco con chimenea roja, azul y blanca navegando en mar azul bajo un cielo claro con pocas nubes en el horizonte.
La Cámara de Apelación de Azul confirmó la condena a una agencia de turismo por la cancelación de un viaje de egresados, que consistía en un crucero a Brasil. (Imagen Ilustrativa Infobae)

En la ciudad de Azul, la Sala II de la Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial confirmó la condena impuesta en primera instancia a una agencia de turismo, tras la cancelación de un viaje de egresados. El tribunal mantuvo los montos fijados por daño moral, elevó los montos por daño punitivo y dispuso una actualización más favorable para la devolución de las sumas abonadas por las familias afectadas, según consta en la sentencia.

El caso involucra a dos jóvenes que, al momento del conflicto, cursaban el último año del secundario en una localidad del sudoeste bonaerense. Junto a sus familias, contrataron con una agencia local un viaje en crucero a Brasil para celebrar el egreso.

PUBLICIDAD

La pandemia de Covid-19 impidió la realización del viaje. La agencia notificó la cancelación y ofreció como alternativa un viaje en autobús a Carlos Paz, Córdoba, propuesta que no fue aceptada por las estudiantes ni por sus familias.

Adolescentes con mochilas esperando el transporte público en una parada. — (Imagen Ilustrativa Infobae)
Las familias de dos alumnas lograron el reintegro del dinero tras la negativa de la agencia de viajes y la cancelación por la pandemia de Covid-19. (Imagen Ilustrativa Infobae)

Las familias habían abonado la totalidad del viaje mediante pagos en pesos. Ante la negativa de la agencia a devolver lo pagado, iniciaron una acción judicial para recuperar el dinero e indemnizaciones por los daños sufridos.

PUBLICIDAD

En primera instancia, la Justicia hizo lugar al reclamo. La sentencia condenó a la agencia a restituir a cada estudiante la suma de $3.000.000 por daño moral y a cada progenitor $2.000.000, junto con el reintegro del dinero abonado por el viaje y sumas adicionales en dólares según el tipo de cambio vigente a la fecha de la mora. También estableció un daño punitivo de $1.000.000 para cada reclamante.

La jueza basó su decisión en el marco de defensa del consumidor y en la falta de respuesta de la agencia, que no se presentó a ejercer su defensa en el juicio. Consideró probado el incumplimiento contractual y la ausencia de trato digno e información adecuada por parte de la empresa.

Tres adolescentes con uniforme escolar discuten en el patio de una escuela, con otros estudiantes y edificios en el fondo bajo la luz del sol.
La Justicia ordenó la devolución de los montos abonados por el viaje de egresados bajo actualización por el índice RIPTE y una tasa anual del 6%. (Imagen Ilustrativa Infobae)

Disconformes con algunos aspectos del fallo, las familias apelaron la sentencia. Cuestionaron la forma de actualizar las sumas a devolver y pidieron la elevación de los montos por daño moral y daño punitivo, alegando que la agencia había incurrido en un trato humillante y una falta total de interés en reparar el daño. La Cámara de Apelación revisó la causa y aceptó en parte los agravios de las familias.

Con respecto a la devolución de lo abonado, la Cámara ordenó que los montos originales —$75.900 y $68.310— se actualicen mediante la aplicación del índice RIPTE desde la fecha de mora, más una tasa pura anual del 6%. En los períodos sin índice publicado, se aplicará la tasa activa promedio de descuento a 30 días del Banco de la Provincia de Buenos Aires. Esta decisión responde al contexto inflacionario registrado en los últimos años.

Con relación al daño moral, la Cámara mantuvo los montos fijados en la sentencia de primera instancia: $3.000.000 para cada una de las estudiantes y $2.000.000 para cada progenitor. El tribunal consideró que tales sumas resultan acordes para compensar la frustración y el impacto emocional derivados de la cancelación del viaje de egresados, una experiencia que calificó como única e irrepetible para los jóvenes.

(Imagen Ilustrativa Infobae)
La Ley de Defensa del Consumidor protege especialmente al turismo estudiantil ante incumplimientos y prácticas abusivas de las agencias de viajes. (Imagen Ilustrativa Infobae)

En materia de daño punitivo, la Cámara entendió que la suma fijada en primera instancia resultaba insuficiente ante la gravedad de la conducta de la empresa. Por ello, elevó el daño punitivo a $4.000.000 para cada estudiante y $2.500.000 para cada progenitor, destacando que la agencia no devolvió los fondos y tampoco se presentó a defenderse, lo que configuró una actitud especialmente lesiva hacia las familias.

El tribunal subrayó que el turismo estudiantil se encuentra bajo un régimen legal especial que protege los intereses de los estudiantes y que se complementa con la Ley de Defensa del Consumidor. Además, aplicó criterios actualizados sobre la protección del valor real de las indemnizaciones, siguiendo la jurisprudencia de la Suprema Corte provincial.

En la parte resolutiva, la Cámara modificó la sentencia de primera instancia para aplicar una actualización más favorable de los montos a devolver y para elevar el daño punitivo, mientras que mantuvo los montos por daño moral y confirmó el resto de la condena. Las costas del proceso de apelación fueron impuestas a la parte demandada y la regulación de honorarios quedó diferida.

Joven estudiantes celebran su graduación - (Imagen Ilustrativa Infobae)
La sentencia refuerza la obligación de las agencias de turismo estudiantil de cumplir contratos y brindar información clara y adecuada a los clientes. (Imagen Ilustrativa Infobae)

La resolución destaca que la agencia no entregó copia del contrato a las familias, lo cual fue considerado una práctica abusiva y una violación al deber de información previsto en la normativa de defensa del consumidor.

El dictamen del fiscal general departamental respaldó la postura de las familias, enfatizando la necesidad de actualizar las sumas para resguardar el derecho de propiedad ante el proceso inflacionario y de sancionar debidamente la conducta de la agencia.

La decisión de la Cámara de Apelación refuerza la obligación de las agencias de viajes de cumplir con los compromisos asumidos y de brindar información y trato digno a sus clientes, especialmente en el turismo estudiantil.

PUBLICIDAD

PUBLICIDAD

Últimas Noticias

La Corte Suprema dejó sin efecto la condena contra una ART por la electrocución de un camionero

El máximo tribunal revocó la responsabilidad civil atribuida a una aseguradora de riesgos del trabajo por el accidente sufrido por un chofer en una planta de San Luis. El juez Rosatti votó por separado, mientras que sus colegas Rosenkrantz y Lorenzetti suscribieron un voto conjunto

La Corte Suprema dejó sin efecto la condena contra una ART por la electrocución de un camionero

El procurador Eduardo Casal pidió que se anule la absolución de Julio De Vido en la causa de Antonini Wilson

En el dictamen que envió a la Corte Suprema afirmó que existían indicios de la intervención del ex ministro en la planificación de la maniobra para traer de Venezuela 800 mil dólares sin declarar

El procurador Eduardo Casal pidió que se anule la absolución de Julio De Vido en la causa de Antonini Wilson

La Corte Suprema dejó firme la investigación contra Alejandro Burzaco por evasión fiscal y asociación ilícita

El máximo tribunal rechazó un recurso de queja presentado por el ex CEO de Torneos y Competencias y mantuvo vigente la decisión que había revocado su sobreseimiento en una causa iniciada a partir de una denuncia de la entonces AFIP

La Corte Suprema dejó firme la investigación contra Alejandro Burzaco por evasión fiscal y asociación ilícita

Cristina Kirchner seguirá con tobillera electrónica y restricciones en su prisión domiciliaria

El 28 de mayo pasado la defensa pidió que se le quite la tobillera electrónica y que se terminen los límites a sus visitas y salidas a la terraza del edificio de San José 1111. El Tribunal que la condenó rechazó los planteos

Cristina Kirchner seguirá con tobillera electrónica y restricciones en su prisión domiciliaria

La UIF podrá apelar el sobreseimiento de un socio de los Kirchner en una causa por la compra del hotel Waldorf

Se trata de Osvaldo Sanfelice, investigado por presunto lavado de activos. El organismo había sido apartado como querella pero ahora Casación le volvió a otorgar ese rol y ordenó tramitar la apelación

La UIF podrá apelar el sobreseimiento de un socio de los Kirchner en una causa por  la compra del hotel Waldorf