
“El máximo tribunal del país no tenía plazos para expedirse, y decidió resolver el caso con asombrosa premura, días después de que la Dra. Cristina Fernández de Kirchner lanzara oficial y públicamente su candidatura para competir en las elecciones bonaerenses de este año”.
Con esta afirmación, los abogados Ignacio Fernández Camillo, Adrián Rodríguez Antinao, Andrés Emanuel Noetzly y José Francisco Sánchez Peralta fundamentaron su denuncia contra los jueces de la Corte Suprema de Justicia de la Nación por el fallo que dejó firme la condena contra Cristina Kirchner en la causa Vialidad.
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La fiscal María Alejandra Mángano, interinamente a cargo de la Fiscalía Nacional en lo Criminal y Correccional Federal N° 12, solicitó la desestimación de la causa, según consta en el expediente caratulado “Denunciado: Rosenkrantz, Carlos Fernando y otros s/ Prevaricato y Infracción Art 256 Bis - 1º Párrafo - Denunciante: Fernandez Camilo, Ignacio y otros” (FLP 24285/25 (Coirón 117547/2025) del registro de la Secretaría N° 8 del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal N°4.
La denuncia, remitida por correo electrónico a la Oficina de Asignación de Causas de la Cámara Federal de Apelaciones de la Ciudad de La Plata, provincia de Buenos Aires, se presentó tras la sentencia del 10 de junio de 2025 en la causa “Fernández de Kirchner, Cristina Elisabet y otros s/ incidente de recurso extraordinario”. En esa resolución, la Corte Suprema desestimó las quejas promovidas por los impugnantes, otorgando firmeza a la condena que el Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional Federal N° 2 había impuesto, entre otros, a la expresidenta.
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La fiscal Mángano argumentó que la presentación de los denunciantes se basa en apreciaciones subjetivas y cuestiona el momento en que la Corte Suprema se pronunció en el marco del incidente de recurso extraordinario.
Según la fiscal, “los denunciantes no logran puntualizar cuál sería la normativa incumplida o inobservada en la intervención de los miembros del máximo tribunal de justicia en el trámite del recurso extraordinario cuestionado”.
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Además, subrayó que “resulta público y notorio que la Corte Suprema fue llamada a resolver como instancia recursiva a instancias de las defensas de los acusados de aquel caso, con lo cual una solución ágil de esas pretensiones no puede ser adjudicada sin más a una intencionalidad contraria a los intereses de las partes, más allá del devenir del resultado jurídico del caso”.
En el escrito, la fiscal también señaló que los denunciantes intentan construir el relato de un hecho delictivo a partir de una interpretación de “estadísticas” sobre la duración del trámite de distintos casos judiciales a lo largo del tiempo, cuyo sesgo y falta de objetividad se desprende de la sola lectura del escrito.
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Mángano enfatizó que “no puede iniciarse una investigación penal en base a suposiciones, percepciones o elucubraciones motivadas en cuestiones sociales, políticas o ideológicas” y, por tanto, solicitó la desestimación de la denuncia.
La causa se originó tras el dictado de la sentencia de la Corte Suprema que dejó firme la condena contra Cristina Kirchner en la causa Vialidad, luego de desestimar las quejas presentadas por los impugnantes. La fiscalía consideró que la denuncia carece de fundamentos normativos y se apoya en interpretaciones subjetivas y estadísticas sesgadas, por lo que pidió su archivo.
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