
La Corte Suprema de Justicia de la Nación ratificó la pena a tres años de prisión en suspenso y la inhabilitación absoluta y perpetua para ocupar cargos públicos del exdiputado nacional José Fernando Orellana, actual legislador provincial en Tucumán, condenado por el abuso sexual de una mujer dentro del Congreso.
En su acuerdo de este jueves, el máximo tribunal desestimó un recurso presentado por la defensa, por lo que mantuvo la sentencia inicial. El funcionario había sido declarado culpable por abusar de una asesora de otra legisladora nacional. La decisión lleva la firma de los tres jueces del tribunal, Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti.
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Los hechos
Todo ocurrió el 11 de noviembre de 2016, dentro de un despacho en la Cámara de Diputados. Según las pruebas y testimonios recogidos durante la investigación, el ex diputado acosó a su secretaria, llegando a besarla contra su voluntad, utilizando su posición de poder para intimidarla.
Inicialmente, Orellana había sido sobreseído. Sin embargo, la intervención de la Unidad Fiscal Especializada en Violencia contra las Mujeres (UFEM) logró revertir esa decisión, llevando a Orellana a juicio oral.
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Durante el proceso, el fiscal Sandro Abraldes construyó su acusación a partir del testimonio de la víctima, apoyado por filmaciones que confirmaron su presencia en los lugares descritos y un informe de la Dirección de Orientación, Acompañamiento y Protección a las Víctimas.
Mientras se desarrolló el juicio, Orellana ocupó el cargo de intendente de Famaillá, en Tucumán. En esa localidad, él y su hermano mellizo alternaban periódicamente en el ejercicio del poder municipal, por lo que tenían una sólida presencia política en la región.
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Durante el debate, Orellana negó rotundamente las acusaciones, alegando que se trataba de un intento de perjudicar su carrera en la función pública. Sin embargo, las pruebas y el relato contundente de la víctima llevaron a su condena en 2022, dictada por el juez Federico Salvá del Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional Nº 29.
Esta sentencia fue confirmada en 2024 por la Cámara de Casación Penal, que valoró el testimonio de la víctima y los relatos coincidentes recibidos de testigos presenciales. Con la decisión de la Corte, ahora queda firme esa condena.
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