
El dictamen presentado hoy por el Procurador General Eduardo Casal abre un nuevo capítulo en la causa conocida como Vialidad, que involucra a la ex presidenta Cristina Fernández de Kirchner. Este pronunciamiento respalda plenamente el recurso presentado por el fiscal Mario Villar, quien pidió una condena de 12 años para CFK, y cumple con las formalidades para avanzar con nuevos movimientos en esta causa.
Aunque el dictamen no tiene carácter vinculante, es decir que su contenido no es obligatorio en la toma de decisiones, en algunos despachos de la Corte Suprema sugerían que se esperaría este documento para abordar el caso.
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Además, la defensa de Fernández de Kirchner recusó al juez Ricardo Lorenzetti con el argumento de que habría mostrado su postura en el caso al asegurar públicamente que la causa Vialidad debía resolverse antes de las elecciones. En respuesta, el juez solicitó a sus colegas Horacio Rosatti y Carlos Rosenkrantz que rechacen la recusación sin más análisis, calificándola como improcedente y carente de sustento normativo.
Fuentes cercanas al magistrado señalaron que el planteo no cumple con los requisitos establecidos en el artículo 55 del Código Procesal Penal, que exige una fundamentación específica, y además sería extemporáneo, ya que se basa en hechos ocurridos en 2024 y fue presentado en mayo de 2025, fuera del plazo legal de 48 horas.
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Los antecedentes
En el centro de esta causa se encuentra la condena dictada en diciembre de 2022 por el Tribunal Oral Federal 2, que sentenció a Fernández de Kirchner a seis años de prisión e inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos por administración fraudulenta en perjuicio del Estado. Este fallo, relacionado con la adjudicación de obras públicas en la provincia de Santa Cruz, fue ratificado en 2024 por la Cámara de Casación Penal. Sin embargo, el fiscal Villar ha solicitado que se incorpore el delito de asociación ilícita, lo que podría elevar la condena a 12 años. Este planteo será uno de los aspectos clave que la Corte deberá analizar.

Respecto del análisis de la recusación, la jurisprudencia de la Corte Suprema establece que los ministros recusados pueden participar en la decisión sobre su apartamiento cuando el planteo carece de fundamentos jurídicos claros. Este criterio ha sido aplicado en casos anteriores, como los relacionados con la coparticipación entre la Ciudad de Buenos Aires y el Estado Nacional, así como en conflictos electorales provinciales. Un antecedente relevante es el fallo “Cristóbal Torres de Camargo” de 1957, que sentó las bases para desestimar recusaciones sin fundamentos sólidos. Este enfoque busca evitar la paralización de causas sensibles y garantizar la continuidad del funcionamiento del tribunal.
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En el caso de Fernández de Kirchner, la defensa no identificó el inciso correspondiente del artículo 55 del Código Procesal Penal que justificaría la recusación. Además, según fuentes cercanas a Lorenzetti, la mención del juez sobre la necesidad de resolver el caso antes de los comicios no constituye una causal válida para su apartamiento.
El “doble conforme”
La causa conocida como Vialidad cuenta con lo que se denomina “doble conforme”, es decir, una condena dictada por un tribunal oral y confirmada por la Cámara de Casación. En estos casos, la Corte suele rechazar los planteos sin analizarlos, amparándose en el artículo 280 del Código Procesal Civil y Comercial, lo que deja firme la condena.
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Este fue el procedimiento seguido en el caso Ciccone, que resultó en la condena del ex vicepresidente Amado Boudou. Tres de los jueces que participaron en esa decisión, Rosatti, Rosenkrantz y Lorenzetti, forman parte del actual tribunal.
No obstante, existen precedentes en los que la Corte adoptó un enfoque diferente. En el caso del ex presidente Carlos Menem, que no contaba con el “doble conforme”, la Corte remitió las resoluciones a tribunales inferiores para una nueva decisión, lo que permitió al entonces senador competir en las elecciones de 2017. Este antecedente plantea una tercera opción para la Corte en el caso de Fernández de Kirchner: estudiar el expediente, cuestionar aspectos del proceso y devolverlo para una nueva sentencia.
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El desenlace de este proceso podría tener implicaciones políticas significativas. Si la Corte rechaza las apelaciones y confirma la condena, Fernández de Kirchner quedaría inhabilitada de por vida para ejercer cargos públicos y enfrentaría arresto domiciliario. Por el contrario, si el tribunal decide no confirmar las condenas en los próximos meses, la ex presidenta podría competir en las elecciones legislativas de octubre, cuya inscripción de candidatos cierra el 17 de agosto, y obtener inmunidad parlamentaria.
El reciente fracaso del proyecto de Ficha Limpia, que no fue aprobado por un voto, también ha influido en el panorama. De haberse aprobado, habría despejado el camino para evitar que la Corte sea quien defina el futuro electoral de Fernández de Kirchner, quien sostiene que su condena tiene un trasfondo político.
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En un plazo aún no definido, la Corte deberá decidir entre rechazar las apelaciones sin analizarlas, confirmando las decisiones previas del Tribunal Oral Federal 2 y la Cámara de Casación, o abrir el caso para un análisis más profundo, lo que podría extender el proceso de manera indefinida. La decisión que tome el tribunal no solo definirá el futuro judicial de Fernández de Kirchner, sino que también podría tener un impacto significativo en el escenario político argentino.
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