Caso Micaela: la Corte Suprema revocó un fallo que favorecía a uno de los imputados de femicidio

El máximo tribunal anuló una resolución de la Suprema Corte entrerriana por no aplicar criterios de perspectiva de género. Ahora, el acusado, que había resultado beneficiado, deberá someterse a un nuevo juicio oral

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La joven Micaela García, asesinada en 2017
La joven Micaela García, asesinada en 2017

La Corte Suprema de Justicia anuló una sentencia emitida del Máximo Tribunal de Entre Ríos vinculada con uno de los imputados por el femicidio de Micaela García, la joven de 21 años asesinada en abril de 2017 en la ciudad de Gualeguay. Al dejar el fallo sin efecto, los ministros consideraron que tenía defectos en el abordaje de la solución, ya que no había aplicado criterios con perspectivas de género. Ahora se deberá realizar un nuevo juicio contra uno de los acusados.

El caso de la joven entrerriana conmocionó al país hasta el punto de llevar al Congreso a dictar una ley con su nombre. La Ley Micaela, promulgada el 10 de enero de 2019, estableció la capacitación obligatoria en temáticas de género y violencia contra las mujeres para todas las personas que se desempeñan en la función pública dentro de los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial de la Nación.

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De acuerdo a las actuaciones, el 1 de abril de 2017 se reportó la desaparición de Micaela García. Tras una intensa búsqueda, las autoridades encontraron su cuerpo una semana después, con signos de violencia y agresión sexual. El homicidio llevó a juicio a Sebastián José Luis Wagner, Néstor Roberto Pavón y Gabriel Ignacio Otero. En esa instancia, la fiscalía solicitó prisión perpetua para Wagner y Pavón por los delitos de abuso sexual con acceso carnal en concurso ideal con homicidio triplemente calificado por alevosía, criminis causa y femicidio. A su vez, en una postura compartida por la querella, requirió la absolución de Otero por el beneficio de la duda.

Sebastián Wagner, condenado a perpetua por el crimen de Micaela
Sebastián Wagner, condenado a perpetua por el crimen de Micaela

El Tribunal de Juicio y Apelaciones de Gualeguay dictó prisión perpetua para Wagner, a quien consideró culpable en los mismos términos que habían planteado los acusadores. Pavón, en tanto, fue condenado a cinco años de cárcel por “encubrimiento agravado”. Otero resultó absuelto por ausencia de acusación.

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Esa resolución fue apelada por la fiscalía y la querella para revisar el caso de Pavón ante la Cámara de Casación de Paraná. La alzada confirmó la perpetua de Wagner, pero anuló lo decidido respecto de Pavón, a quien ordenó someterlo a un nuevo juicio oral en tanto existían elementos para evaluar su posible participación en el crimen que convulsionó a la comunidad. Ante esto, su defensa interpuso un recurso que fue aceptado por el Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos.

El Máximo Tribunal entrerriano declaró el 31 de julio de 2020 mal admitidos formalmente los recursos apelatorios de las partes acusadoras, y, en esa línea, dejó sin efecto la orden de realizar un nuevo juicio contra Pavón.

Néstor Pavón deberá someterse a un nuevo juicio oral
Néstor Pavón deberá someterse a un nuevo juicio oral

Esa resolución generó nuevas presentaciones de la querella y la fiscalía, quienes eventualmente recurrieron a la Corte Suprema de la Nación por medio de un recurso directo o de queja. Allí, el máximo tribunal del país, con la firma de los jueces Horacio Rosatti, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti, resolvió revocar el último fallo por considerar que se había vulnerado el derecho de la víctima y de los acusadores del proceso.

Para decidir, la Corte hizo suyos los fundamentos de la Procuración General, que señaló distintas deficiencias de la sentencia recurrida en materia de género. Según el dictamen, el fallo había omitido aplicar las disposiciones de la Ley 26.485, reglamentaria de la Convención de Belém do Pará, que garantiza a las víctimas de violencia de género la amplitud probatoria necesaria para acreditar los hechos denunciados. También observó que la resolución del tribunal provincial no había valorado las pruebas “de acuerdo con el principio de la sana crítica” y había desestimado “arbitrariamente” los recursos de la querella y la fiscalía.

La Procuración también destacó que el tribunal entrerriano no fundamentó de manera adecuada su conclusión sobre la supuesta falta de pruebas para implicar a Pavón en el homicidio. Además, advirtió que la sentencia ignoró los argumentos de la Cámara de Casación provincial, que había hallado indicios suficientes para ordenar un nuevo juicio contra Pavón.

El caso por la muerte de Micaela García llegó hasta la Corte Suprema de la Nación (NA)
El caso por la muerte de Micaela García llegó hasta la Corte Suprema de la Nación (NA)

“La decisión impugnada fue dictada el 31 de julio de 2020, cuando ya había entrado en vigencia la ley 27.499 que lleva el nombre de la víctima del hecho que ha sido objeto de este proceso: ‘Ley Micaela de capacitación obligatoria en género para todas las personas que integran los tres poderes del Estado’”, expresó el dictamen que refrendó la Corte. Luego agregó que, a pesar de la vigencia de esa norma, “fue desatendida en la sentencia que aquí se recurre”.

Bajo esos parámetros, la postura de la Procuración manifestó: “la decisión recurrida no es un acto judicial válido en tanto convalida una sentencia que valora arbitrariamente la prueba y desconoce el derecho al recurso que la ley reconoce a la parte, máxime tratándose de una víctima de violencia de género respecto de la cual el Estado ha asumido una obligación reforzada que exige actuar con la debida diligencia para prevenir, investigar y sancionar la violencia contra la mujer”.

El juez Carlos Rosenkrantz consideró en disidencia que el planteo presentado por las partes acusadoras era “inadmisible” en virtud del artículo 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación. Así las cosas, la Corte revocó el fallo del Máximo Tribunal provincial y ahora deberá realizarse un nuevo juicio oral contra Pavón para debatir sobre su participación -no ya sobre su encubrimiento- en el homicidio.

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