
Fracasó la medida cautelar que habían pedido la Confederación Farmacéutica Argentina (COFA) y la Federación Farmacéutica (FEFARA) para frenar varios artículos del DNU 70/2023 referidos a la desregulación del sector, a partir del cual esta semana se publicó un nuevo decreto para comercializar medicamentos de venta libre y otros productos sin la intervención de un farmacéutico. El Juzgado Contencioso Administrativo Federal N° 3 rechazó este jueves el reclamo, bajo el argumento de que la normativa no viola ningún derecho existente.
El juez Santiago Carrillo determinó que las medidas adoptadas no evidencian un riesgo sanitario comprobado y que al no ser obligatorias para las provincias no se avasalla la autonomía de cada jurisdicción.
Las entidades del sector farmacéutico habían pedido que se declare la nulidad de los artículos 313 a 325 del DNU 70/2023 al entender que son inconstitucionales, ya que modificaron la Ley 17.565 sin pasar por el Congreso nacional.
Argumentaron en su presentación que estos cambios “implican una directa ablación a los derechos fundamentales del ejercicio de la profesión”, como también del “derecho a la salud de las personas que requieren de la dispensación responsable y adecuada de medicamentos en un establecimiento farmacéutico”.
También objetaron otros puntos como la posibilidad de despensa directa de medicamentos desde droguerías y comercios, la modalidad con la que se inscriben las instituciones y la flexibilización laboral de los directores técnicos de las farmacias
Para el juez Carrillo, en el análisis a prima facie “no se advierte el menoscabo que se denuncia al poder de policía de las jurisdicciones locales en cuanto a sus facultades de fiscalización y potestad reglamentaria en materia sanitaria”, según definió en el fallo al que accedió Infobae. El magistrado respaldó su decisión en que las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos no están obligadas a suscribir a la medida del Ejecutivo nacional.

Sobre la posibilidad de que los medicamentos se vendan en otros lugares que no sean farmacias, el documento determinó: “Tampoco se aprecia que trasunte una reglamentación manifiestamente irrazonable de la actividad de las droguerías o que produzca en concreto una situación de riesgo sanitario”. Al defender el DNU, el Gobierno explicó que estas empresas “deben cumplir ciertas condiciones para ser habilitadas” y ya entregan “directamente al afiliado medicamentos oncológicos y medicamentos de tratamientos especiales, según lo estipula el decreto 63/2024″.
En cuanto a la venta en comercios, como kioscos o supermercados, también prevaleció el argumento del Ministerio de Salud, desde donde alegaron que para estos casos solo se permitió la comercialización de antiácidos y analgésicos de venta libre, lo que no genera ningún peligro para la población.
Según el titular del Juzgado Contencioso Administrativo Federal N° 3, “las asociaciones actoras no han logrado acreditar” con sus argumentos “la configuración de un peligro de daño grave e irreparable” a los derechos que pidieron resguardar con la medida cautelar.
A su vez, el juez Carrillo insistió varios pasajes de la resolución que el tema “requiere un análisis más profundo” de lo que se le puede dar en el ámbito de una medida cautelar.
Qué cambió en la venta de medicamentos con el decreto 1024/24

El Gobierno desreguló las condiciones de expendio de los medicamentos de venta libre en Argentina, según lo dispuesto en el decreto 1024/2024, publicado en el Boletín Oficial. Como detalló Infobae, esta medida, firmada por el Presidente Javier Milei y el Ministro de Salud de la Nación, Mario Lugones, tiene por objetivo facilitar el acceso del público a estos productos “sin necesidad de intermediarios”.
Con la nueva normativa, los productos farmacéuticos sin receta podrán ser exhibidos y adquiridos directamente desde las góndolas de las farmacias. Además, se habilita la venta de dos tipos de medicamentos sin receta en otros puntos de venta, como kioscos, almacenes o supermercados.
“En los establecimientos que no estén habilitados como farmacias, la comercialización de medicamentos de condición de expendio de venta libre estará limitada a los antiácidos y los analgésicos”, indica el decreto.
El ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, explicó el alcance la medida: “Previamente, un comercio cualquiera estaba sujeto a una gran cantidad de requisitos (garantías dinerarias, temperaturas máximas, etc.) para la venta de medicamentos de venta libre que por este decreto se eliminan. Ahora un kiosco o supermercado podrá vender este tipo de medicamentos sin otra restricción que la prohibición de venta a menores de edad”.
Sturzenegger remarcó que la medida apunta a mejorar la competencia de precios: “Ya hemos dicho que en antiácidos como el omeprazol hay diferencias de precios que son de 8 veces. Con un canal comercial más ágil y más focalizado en precio, dudo realmente que estas diferencias puedan mantenerse mucho tiempo”, sostuvo.
Últimas Noticias
Condenaron a un hombre por abusar sexualmente de su nieta cuando tenía 6 años
El fallo fue firmado por el Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional N° 25 porteño. Los abusos ocurrieron entre 2016 y 2017, cuando el agresor estaba a cargo del cuidado de la menor

La Cámara de Mar del Plata confirmó el rechazo de un amparo laboral de un empleado público que invocó protección gremial
El tribunal de alzada entendió que no estaba acreditada la cobertura sindical al momento del despido y señaló que el caso contra el Estado Nacional debe resolverse por otra vía judicial

Caso $LIBRA: quién es Mauricio Novelli, el trader y lobbista vinculado a Javier Milei
El empresario quedó en el centro de la investigación por la criptomoneda tras la pericia a su celular, que reveló chats, pagos y su vínculo con el Presidente y su entorno
Quinta de Pilar vinculada a la AFA: Casación resolverá si el caso sigue en Campana o vuelve a CABA
El máximo tribunal penal federal aceptó la queja de la fiscalía y revisará la decisión que sacó la investigación por la quinta de Pilar de la órbita del juez Marcelo Aguinsky

El falso abogado Marcelo D’Alessio fue sobreseído en un juicio por evasión
Tras ser condenado por asociación ilícita y extorsión, enfrentaba un nuevo debate oral desde el mes pasado. Como entró en vigencia la Ley de Inocencia Fiscal, la Justicia retiró los cargos en su contra al igual que había ocurrido con Lázaro Báez



