
La Cámara Civil y Comercial Federal le ordenó hoy a la empresa de medicina prepaga OSDE que retrotraiga al mes de diciembre el valor de la cuota que se le incrementó en los últimos meses a una mujer y que el dinero ya cobrado se considere a cuenta de los próximos pagos.
Fuentes judiciales informaron a Infobae que así lo resolvió la Sala II de la Cámara en el caso de una mujer de 65 años que reclamó que el aumento de la cuota se le hacía de imposible cumplimiento y que estaba atravesando controles médicos y la compra de remedios. Planteó que se estaban vulnerando sus derechos a la salud contemplados en la Constitución Nacional y en tratados internacionales.
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Los jueces de la Sala II Eduardo Gottardi y Florencia Nallar aceptaron el planteo y dictaron una medida cautelar por la cual ordenaron retrotraer la cuota a diciembre y que se aplique para los aumentos el Índice de Precios al Consumidor (IPC). También que el dinero ya cobrado sea tendo en cuenta para los futuros cobros de la afiliada. Los magistrados tuvieron en cuenta para dictar el fallo la resolución 1/2024 de la Secretaría de Industria y Comercio del Ministerio de Economía de la Nación, por la cual la semana pasada el gobierno ordenó a las prepagas volver los precios al mes de diciembre.
El tercer juez del tribunal, Alfredo Gusman, votó por considerar abstracto el caso en base a la propia resolución del gobierno que iba en línea con el reclamo de la mujer.
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Este es el tercer fallo que en el mismo sentido dicta la Cámara en lo Cámara Civil y Comercial Federal. Los anteriores habían sido resueltos por la Sala I. Son varios los reclamos judiciales que distintas personas iniciaron contra el aumento de las cuotas de las prepagas que el Gobierno habilitó por el decreto de necesidad y urgencia (DNU) 70/2023.
En paralelo a la orden de que las prepagas retrotraigan sus precios, el Gobierno inició una causa en la justicia federal. Se trata de un amparo contra 16 empresas de medicina prepaga -las más importantes del mercado como OMINT, Galeno, Swiss Medical, Medicus, Sancor, entre otras-. Según se indicó desde la Casa Rosada, se trata de las empresas que tienen el 91,19% de los clientes de la salud privada. El amparo luego fue ampliado contra otros empresas.
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Allí, la Superintendencia de Servicios de Salud reclamó una medida cautelar para que “con carácter de urgente” se les ordene que dejen sin efecto “en forma definitiva los aumentos desmedidos en las cuotas” y que “solo se permita un eventual incremento” según un índice que establezca el tribunal.
El Gobierno también pidió en su amparo que la Justicia dicte otra medida cautelar para que las compañías no hagan más aumentos, que retrotraigan sus cuotas a los valores de diciembre y que se les ordene “la devolución y/o reintegro de las sumas que han sido indebidamente percibidas por éstas a la fecha”. La presentación delega en el Poder Judicial la forma en la que debe darse esa devolución.
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El amparo quedó radicado en el juzgado en lo civil y comercial federal 9, a cargo de Maquieira. La jueza dictó ayer la primera resolución en la causa en la que solicitó la aclaración.
“Atendiendo al tenor de lo resuelto el día 17.04.2024 por la Secretaría de Industria y Comercio del Ministerio de Economía mediante Res. 1/2024 y toda vez que algunas de las empresas aquí demandadas se han visto alcanzadas por lo allí decidido, aclare el presentante si las pretensiones ejercidas en esta causa se ven modificadas en modo alguno, tanto en lo que hace a su objeto como a sus destinatarios, y en su caso ajuste los términos de la demanda”, reclamó la magistrada. Es que tanto la resolución del Gobierno como el amparo tienen alcances similares y con el primero ya se ordenó lo que se le está reclamando a la Justicia.
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El pedido al Gobierno es sin plazos y Maquieira aclaró que todavía debe resolver la competencia del tribunal, es decir si acepta tomar el caso.
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