
Un total de 105 infracciones impusieron a igual cantidad de conductores las autoridades de la Autoridad del Tránsito y Transporte Terrestre (ATTT) durante una jornada de verificación para supervisar que los estacionamientos reservados para personas con discapacidad (estacionamientos azules) sean utilizados correctamente.
Estacionarse en estos puestos sin la debida autorización constituye una Infracción que conlleva una multa de $300.00. La sanción se irá duplicando de manera progresiva en caso de reincidencia.
Ante la cantidad de infracciones impuestas en las últimas semanas a nivel nacional, las autoridades manifestaron que la inclusión y la accesibilidad no son un privilegio, son un derecho fundamental que garantiza la movilidad autónoma y equitativa de las personas con discapacidad.
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Para el director general de la ATTT, Nicolás Brea, “estos operativos no buscan sancionar, sino enviar un mensaje claro a toda la ciudadanía: el respeto a los espacios reservados es un deber cívico de empatía y humanidad”.
El funcionario agregó que garantizar la accesibilidad de las personas con discapacidad es una prioridad, por lo que la entidad que dirige continuará en las calles velando porque los derechos de las personas con discapacidad sean respetados de manera permanente en todo el país.

Ocupar un espacio reservado “solo por un minuto” o sin contar con el permiso emitido por la Dirección Nacional de Certificaciones de la Secretaría Nacional de Discapacidad (Senadis) vulnera la autonomía de quienes realmente lo necesitan, se indicó.
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Más allá de evitar una sanción económica, el verdadero cambio empieza por la empatía, el civismo y la conciencia. Cada espacio respetado es un paso más hacia una sociedad verdaderamente inclusiva, anotaron las autoridades.
En Panamá el uso correcto de los estacionamientos destinados a las personas con discapacidad está amparado en la Ley 42 del 27 de agosto de 1999 “Por la cual se establece la equiparación de oportunidades para las personas con discapacidad”.
De acuerdo a la norma, tienen derecho a utilizar los estacionamientos destinados a las personas con discapacidad quienes tengan incapacidad para caminar sin la asistencia de una ayuda técnica u otra persona, quienes usen sillas de rueda, oxígeno portátil, quienes padezcan de insuficiencias respiratoria severa o cardiacas severas, al igual que quienes tengan una severa limitación para caminar debido a condiciones de origen artrítica, neurológica u ortopédica.
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También se obliga a que los establecimientos públicos y privados de uso público destinarán al menos el 5% de sus estacionamientos para el uso temporal de vehículos conducidos por personas con discapacidad o que las transporten.

Se reitera que solo podrán hacer uso de estos espacios los vehículos que cuenten con el permiso expedido por la Dirección Nacional de Certificaciones de la Secretaría Nacional de Discapacidad (Senadis).
La Segunda Encuesta Nacional de Discapacidad (Endis-2) realizada en el primer trimestre de 2024 daba cuenta de que en el país unas 781,478 personas viven con algún grado de discapacidad, estadística que representa un 18% de la población.
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La cifra representa, según la encuesta, un aumento significativo al compararla con el 11.3% registrado en 2006.
Del total el 58% son mujeres y el 42% restante corresponde a hombres, revela el sondeo, que agrega que el 67% de las personas con discapacidad reside en áreas urbanas y el 33% en las zonas rurales.
Sobre este punto, el sondeo de la Dirección Nacional de Certificaciones de la Secretaría Nacional de Discapacidad (Senadis), detalla que la concentración de las personas con algún grado de discapacidad en el país se ubica en las provincias de Panamá, Panamá Oeste, Chiriquí, Coclé, y la comarca indígena Ngäbe Buglé. Igualmente, en las provincias de Colón, Veraguas, Herrera, Bocas del Toro, Los Santos, Darién y el resto de las comarcas indígenas.
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