La jueza federal María Romilda Servini sobreseyó al ex vicepresidente del Banco Central, Alejandro Reynal en una causa iniciada por Eduardo Saiegh -ya fallecido-, ex dueño del Banco Latinoamericano, por delitos de lesa humanidad.
El expediente se inició por una denuncia de Saiegh en febrero de 2019, en la que manifestó que el 31 de octubre de 1980 había sido secuestrado por una comisión paramilitar y que durante seis días había sido “salvajemente” torturado para que confesara delitos inexistentes en el Banco Latinoamericano del que era propietario con el objetivo de desapoderarlo de la entidad financiera y de todos sus bienes.
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Dijo además que fue liberado después de siete días y que pudo salvar su vida a cambio de un pacto de silencio de 20 años. Para poder involucrar a Reynal en esta denuncia por supuestos delitos de lesa humanidad pidió y -con el apoyo del entonces secretario de Derechos Humanos, Eduardo Luis Duhalde- logró que la Sala II de la Cámara Federal ordenara el desarchivo de un expediente por extorsión contra Alejandro Reynal en el que el ex funcionario del Banco Central había sido sobreseído. El tribunal de alzada declaró la conexidad con la causa por el supuesto secuestro y torturas y además dispuso que ambos legajos fueran acumulados para que prosiguiera la investigación impulsada por las partes acusadoras.
Lo cierto es que luego de un largo proceso no se pudo comprobar que Saiegh hubiera sido secuestrado y mucho menos torturado. Durante la investigación quedaron al descubierto numerosas inconsistencias en el relato de los supuestos hechos denunciados por el fallecido banquero.
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Vale recordar, para entender la maniobra, que el Grupo Greco, que era dueño del Banco Los Andes, y Saiegh intentaron cobrar indemnizaciones millonarias del Estado Nacional por la liquidación de sus bancos durante la crisis que arrastró también al Banco de Intercambio Regional (BIR), Oddone y el Banco Internacional. Esas entidades fueron liquidadas por insolvencia a raíz de operaciones de “autopréstamos”.
Según consta en la causa, Eduardo Saiegh no apeló el sobreseimiento de Reynal en el expediente en el que el ex número 2 del BCRA había sido acusado por extorsión por haber negociado una indemnización con la Procuración del Tesoro; lo mismo que había hecho el Grupo Greco.
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En 2006, la entonces ministra de Economía, Felisa Miceli llegó a firmar una resolución favorable a los Greco y luego debió retractarse cuando los senadores Ernesto Sanz y Gerardo Morales la denunciaron en el Congreso.
Con ese antecedente, su sucesor al frente de la cartera de Economía, Carlos Fernández, se negó a pagar una indemnización de 140 millones de dólares a la financiera Inversai de Eduardo Saiegh, mientras no tuviera una sentencia que lo ordenase.
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Frustrado el intento de cobrar indemnizaciones de cientos de millones de dólares, la única chance que tenía Saiegh de conseguir que el Estado Nacional le diera ese dinero era convertirse en víctima de delitos de lesa humanidad. De esta manera -con la ayuda del abogado Rafael Resnick Brenner, condenado por pedir coimas en la AFIP conducida por Ricardo Echegaray y por el caso Ciccone- inventó en 2009 una historia de secuestro y torturas a partir de una detención real de Saiegh ocurrida en 1980 pero por una denuncia de un gerente infiel.
Pese a que la denuncia de Saiegh era una ficción retroactiva con la clara intención de forzar un caso por delitos de lesa humanidad para poder cobrar del Estado Nacional una millonaria indemnización en dólares, el denunciante trató de justificar sus 30 años de mutismo sobre esos supuestos hechos aberrantes en el miedo a la represalia de los policías que lo habían detenido con quienes, según dijo en la denuncia, había celebrado un “pacto de silencio” a cambio de que no lo mataran.
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La causa fue investigada durante 15 años por el fiscal federal Eduardo Taiano, sin haber probado nada en contra de Reynal. Hasta la Corte Suprema de Justicia de la Nación debió intervenir en 2021 revocando un fallo de la Cámara Federal de Casación Penal, que contó con el voto del juez Alejandro Slokar, que había favorecido en varias oportunidades a Saiegh, y al que calificó de arbitrario.
Tras producirse toda la prueba, fallecido el denunciante Saiegh, y no habiendo sido aceptados sus hijos como continuadores de la querella, el fiscal Taiano postuló el archivo de la causa.
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Sin embargo, la jueza federal María Romilda Servini resolvió sobreseer a Alejandro Reynal al considerar que “nada de lo recabado en el expediente permitió acreditar la hipótesis introducida” por Saiegh. Y remarcó que “mantener expectante el trámite del presente proceso luego del camino recorrido (2009 a la fecha) atentaría directamente contra una de las garantías constitucionales más importantes de la que gozan los imputados, como lo es el plazo razonable”.
Servini afirmó que, “en lo que hace a la garantía constitucional del plazo razonable, la Corte Suprema de Justicia de la Nación ha sostenido que aquella incluye el derecho de todo imputado a obtener un pronunciamiento que, definiendo su posición frente a la ley y a la sociedad, ponga término del modo más breve a la situación de incertidumbre que comporta el enjuiciamiento penal”.
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