
El segundo juicio por la muerte de la periodista Débora Pérez Volpin, ocurrida hace cinco años durante un procedimiento médico, comenzó hoy en los tribunales porteños de la calle Paraguay al 1500, con dos acusados: el ex director del sanatorio La Trinidad, procesado por encubrimiento; y una instrumentadora quirúrgica señalada por falso testimonio. Las acusaciones contra ambos surgieron como consecuencia del primer juicio, en el que fue condenado a tres años de prisión el endoscopista que atendió a la víctima.
En el debate se está juzgando a Roberto Martingano, quien al momento del fallecimiento de la periodista -ocurrido el 6 de febrero de 2018 durante una endoscopía- ejercía el cargo de director de la clínica ubicada en el barrio de Palermo, y de la instrumentadora Miriam Frías, presente en esa intervención médica. El caso está en manos del Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional (TOCC) 26 porteño.
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Después de escuchar la lectura de la elevación a juicio, Martingano dijo que por el momento no iba a declarar. Por eso se dio lectura a la versión que dio en su indagatoria en la que aseguró que no encubrió el hecho y que la máquina procesadora de endoscopio que se entregó fue la que se utilizó en la práctica en la que murió la periodista.
En aquella declaración subrayó que puso a “resguardo” el equipo para “evitar” que se utilizara, ya que le había “asaltado una duda sobre si pudo generar lesiones en la paciente Pérez Volpin”. Y luego precisó: “era la única caña que había para hacer un procedimiento de este tipo en el sector”.
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Para la querella, a cargo del abogado Diego Pirota, Martignano intentó ocultar los errores que ocurrieron en el quirófano, donde se realizó la videoendoscopía. Para la defensa de Martingano, en manos del abogado Vadim Mischanchuk, nunca se buscó ocultar el informe del monitoreo de los signos vitales que se hizo de Débora Pérez Volpin durante la endoscopia (de un informe de 60 páginas, sólo se entregaron de la 37 a la 55) ni tampoco encubrir lo sucedido. Afirmó además que su cliente no fue el que hizo la entrega del equipo.
Por su parte, la instrumentadora Frías, también acusada en el debate, sí declaró: “Ni mentí ni oculte información, recordé lo que recordé”, afirmó. La mujer dijo que aquel día “el quirófano fue un caos” y que desde la muerte de Débora no mira más televisión. “Me volvieron loca con esa presión, no podía vivir más: borré todo de mi mente en un proceso de protegerme“, se justificó.
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El tribunal pasó a un cuarto intermedio hasta el miércoles próximo cuando comenzarán a desfilar los 70 testigos que solicitaron las partes.

El caso
Débora Pérez Volpin murió el 6 de febrero de 2018. Se había internado por unos fuertes dolores estomacales a los que los médicos no terminaban de encontrarle explicación. La llevaron al quirófano para hacerse una endoscopía. Habló con la anestesista, se durmió y nunca más despertó. En el primer juicio oral, la querella reconstruyó, con un reloj, minuto a minuto, cómo fue su muerte.
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Según estableció el fallo del tribunal oral, todo ocurrió como consecuencia de una conducta “imprudente y negligente”. En junio de 2019, el endoscopista Diego Bialolenkier fue condenado a tres años de prisión condicional por el homicidio culposo de Pérez Volpin, pero su pena no es de cumplimiento efectivo. El fallo dispuso además la absolución de la anestesista Nélida Puente.
Pero, además en esa sentencia, se ordenó abrir una nueva causa en la que las autoridades de la Clínica La Trinidad de Palermo fueron imputadas por “encubrimiento” y dos instrumentadoras por “falso testimonio”. Esos indicios quedaron al descubierto en el propio juicio oral, en donde incluso se detectó la falta de documentación del informe de la máquina clave con la que se le hizo el procedimiento médico a Pérez Volpin. La familia de Débora aseguró: ”Mintieron, acondicionaron las pruebas y prepararon a los testigos”.
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La instrucción del caso estuvo en manos de la jueza María Fabiana Galletti, quien al procesar por encubrimiento al ex director consideró que luego de la muerte de Pérez Volpin él había incurrido en “un accionar tendiente a ocultar la prueba de vital importancia, a los investigadores, para la comprobación del delito y para la determinación de la responsabilidad penal”. Para la magistrada, “es evidente que su conducta no ha sido inocente o ingenua ni que obró en desconocimiento de la situación”.

Según la jueza, Martingano “ordenó” que se pusiera a “resguardo únicamente la caña endoscópica” y “tomó inmediato contacto con todos aquellos que participaron del estudio y otros profesionales”. También “supo por sus peritos la causa probable -luego confirmada- del fallecimiento; mandó a preservar sólo una parte del equipo endoscópico y participó activamente de todas las requisitorias policiales y judiciales”.
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En esa línea, la magistrada agregó: “Con toda esa información anticipada y privilegiada, siempre estuvo un paso adelante en la investigación; y, en ese contexto, seleccionó qué elementos probatorios aportar”.
Por su parte, Miriam Frías, que estuvo asistiendo en el procedimiento donde falleció la periodista y legisladora porteña, fue procesada por el delito de falso testimonio tras repetir varias veces que no recordaba el hecho al momento de declarar en el juicio oral que se le siguió al endoscopista Diego Bialolenkier y a la anestesista Nélida Puente. Al ser la única testigo de ese momento se generaron sospechas sobre sus dichos.
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El Código Penal fija una pena de hasta tres años de prisión cuando se trata de un encubrimiento simple o de seis años cuando el delito que se encubre es potencialmente grave. El delito de falso testimonio se castiga con hasta cuatro años de prisión.
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