
La Cámara Federal de Casación declaró inadmisibles los recursos extraordinarios presentados por dos hijos del empresario Lázaro Báez con la intención de recusar a dos jueces del tribunal oral encargado de juzgarlos en uno de los tramos de la causa conocida como “Ruta del dinero K”, que analiza maniobras de lavado de activos por un total de 55 millones de dólares.
Luciana Báez y Martín Báez, hijos del empresario constructor y amigo de Néstor Kirchner, enfrentarán un nuevo juicio por uno de los desprendimientos de las maniobras de lavado de activos, cuyo tribunal a cargo será el Tribunal Oral en lo Criminal Federal 4 porteño, el mismo que juzgó la causa principal de la “ruta del dinero K”, donde -por revisión de la Casación Federal- Martín obtuvo una pena de 6 años y 6 meses de prisión y Luciana fue absuelta junto a su hermana Melina.
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En ese marco, tanto la defensora oficial de Luciana como la de Martín intentaron desplazar al juez Jorge Gorini por su participación en el tribunal que les dictó condenas en 2021. A su vez, Martín, recientemente excarcelado, también apuntó contra la jueza María Gabriela López Iñiguez con el mismo argumento.
Los planteos llegaron a la Sala IV de la Casación, integrada por los jueces Gustavo Hornos, Javier Carbajo y Mariano Borinsky, a través de un recurso de queja. Ninguno de los dos fue admitido por los camaristas, ya que, por regla general, las resoluciones que definen acerca de recusaciones “no constituyen una resolución susceptible de ser impugnada esta instancia”.
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Ante ese rechazo, los hijos de Lázaro Báez interpusieron sendos recursos extraordinarios para llegar hasta la Corte Suprema de Justicia, los cuales fueron declarados “inadmisibles” por falta de “viabilidad formal”, es decir, por no dirigirse “contra una sentencia definitiva ni equiparable a tal por sus efectos”.
“Es doctrina del Máximo Tribunal que, por regla, no procede el recurso extraordinario respecto de lo resuelto sobre planteos de recusación (...) ni se ha demostrado en el caso que corresponda excepcionar ese principio”, expresó el fallo emitido este miércoles de forma unánime.
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Y agregó: “es requisito para acceder a la competencia extraordinaria intentada que el recurrente refute todos y cada uno de los fundamentos que dieron sustento a la decisión apelada, como así también que demuestre que la resolución que impugna sea contraria a los derechos federales invocados como fundamento de la pretensión extraordinaria interpuesta (...), aspectos no verificados en el sub examine”.
Por último, al rechazar los recursos y ratificar la estabilidad de los jueces del TOCF 4 la sentencia precisó: “no se advierte que la sustancia de los planteos en que el impugnante funda su recurso implique el debate de una cuestión federal debidamente fundada (...) o algún supuesto de arbitrariedad (...) que excepcionalmente permitan habilitar la instancia extraordinaria de la Corte Suprema de Justicia de la Nación”.
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La causa que afrontan Martín y Luciana es una ramificación de la ruta del dinero k, donde el máximo tribunal penal del país revisó el fallo emitido por del Tribunal Oral Federal 4 y dispuso que las condenas quedaran en diez años para Lázaro Antonio Báez; seis años para Jorge Oscar Chueco y Rodolfo Daniel Pérez Gadín; cinco años para Julio Enrique Mendoza; tres años y seis meses para Jorge Leonardo Fariña; cuatro años y seis meses para Juan Alberto De Rasis; César Gustavo Fernández, Fabián Virgilio Rossi, Eduardo Guillermo Castro, tres años de ejecución en suspenso para Federico Elaskar, Claudio Fernando Bustos, Alejandro Ons Costa, Martín Andrés Eraso y Leandro Antonio Báez, y dos años y seis meses para Walter Feliciano Zanzot; todos ellos, por sus responsabilidades a raíz de las distintas operaciones en las que participaron. Las hijas de Báez fueron absueltas.
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