
La Corte Suprema de Justicia de la Nación desestimó el pedido de excusación y rechazó in límine las recusaciones planteadas por la provincia de San Juan en el caso en que se cuestiona la posibilidad de que el actual gobernador Sergio Uñac se postule como candidato a gobernador.
La provincia de San Juan hizo una presentación solicitando que los integrantes de la Corte que firmaron el fallo mediante el cual se dictó una medida cautelar que ordenó suspender las elecciones convocadas para el pasado domingo en las categorías de gobernador y vicegobernador se excusen de seguir entendiendo en la causa. En su presentación el fiscal de Estado sanjuanino, Jorge Alvo planteó la recusación de los ministros en caso de que no se excusen porque -a su entender- al momento de dictar la medida cautelar los jueces habían adelantado su opinión. Por otra parte, la provincia de San Juan presentó el informe solicitado por el máximo tribunal y pidió que se rechace la acción de amparo promovida en su contra.
PUBLICIDAD
Sobre el pedido para que los magistrados se excusen los ministros consideraron que resulta inadmisible porque la facultad de excusación de los jueces de la Corte, mediando causa legal de recusación o no, es ajena a la actividad procesal de las partes.
Por otro lado, con relación a las recusaciones, recordó que conforme a la doctrina de la Corte en esa materia, que reconoce como precedente la sentencia dictada el 3 de abril de 1957 en el caso “Cristóbal Torres de Camargo”, “y que se ha mantenido sin inalterada en todas las composiciones del tribunal, cuando las recusaciones introducidas por las partes son manifiestamente inadmisibles, deben ser desestimadas de plano.”
PUBLICIDAD
En otro de los considerandos los ministros firmantes señalaron que no se configura prejuzgamiento “cuando el tribunal se halla en la necesidad de emitir opinión acerca de algún punto relacionado con la materia controvertida, lo que ocurre, entre otros casos, al decidirse sobre la admisión o rechazo de una medida cautelar”.
En ese sentido, explicaron los jueces que “esta Corte ha decidido que, en ciertas ocasiones, tal como ocurre en la medida de no innovar y en la medida cautelar innovativa, existen fundamentos de hecho y de derecho que imponen al Tribunal expedirse provisionalmente sobre la índole de la petición formulada” sin que esto implique prejuzgamiento.
PUBLICIDAD
Este fue uno de los argumentos esgrimidos en su presentación por el fiscal de Estado de San Juan. Según Jorge Alvo, en uno de los considerandos de la medida cautelar que suspendió las elecciones la Corte anticipó su opinión. “En este caso, en los considerandos, dice que el Tribunal Electoral Provincial oficializó la candidatura de Sergio Mauricio Uñac para un cuarto mandato. Cuando habla de cuarto mandato está fijando posición jurídica de que el impugnante (Vallejos) tiene razón. ¿Qué defensa podemos plantear si ya fijó una posición?”, afirmó el fiscal de Estado de la provincia de San Juan.
En la resolución firmada por los ministros Rosatti, Rosenkrantz y Maqueda, los jueces resaltan que “el instituto de la recusación con causa creado por el legislador es un mecanismo de excepción, de interpretación restrictiva, con supuestos taxativamente establecidos (artículo 17 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación) para casos extraordinarios, teniendo en cuenta que su aplicación provoca el desplazamiento de la legal y normal competencia de los jueces y la consecuente alteración del principio constitucional del juez natural.
PUBLICIDAD
En otro párrafo del fallo, los magistrados sostuvieron que las recusaciones deben ser rechazadas de plano porque -aunque fuese clara su falta de causa- el tribunal tendría que ser reemplazado por conjueces y se vendría a establecer un procedimiento de revisión que echaría por tierra la supremacía de la Corte y el carácter final de sus decisiones.”
La Corte dispuso además que pasen las actuaciones a la Procuración General de la Nación a fin de que se expida sobre las cuestiones de fondo planteadas y una vez cumplido con este trámite procesal el máximo tribunal estaría en condiciones de resolver si el gobernador de San Juan Sergio Uñac está habilitado o no para ser candidato a vicegobernador provincial.
PUBLICIDAD
Seguir leyendo:
PUBLICIDAD
PUBLICIDAD
Últimas Noticias
Le robaron la moto y el seguro rechazó la cobertura por falta de pago: por qué la Justicia falló contra la aseguradora
Un motociclista fue interceptado por delincuentes armados en una esquina de Quilmes y le sustrajeron su Honda Twister. Al denunciar el siniestro, la compañía negó la cobertura porque la última cuota figuraba impaga en sus registros

Fue a un hotel alojamiento, resbaló al salir del jacuzzi y se quebró la pierna: la Justicia condenó al lugar a pagar $17 millones
El accidente ocurrió en 2014 en una habitación de un albergue transitorio de Quilmes. Un informe técnico acreditó la existencia de una diferencia de nivel en el ambiente

Le hackearon la cuenta, el banco reconoció el error pero la dejó en la lista de “irrecuperables” y ahora deberá indemnizarla
Una jubilada acordó el cierre de su cuenta tras ser víctima de un fraude en 2021. Sin embargo, pese a que la institución reconoció la situación, permaneció con la peor calificación crediticia hasta que inició la demanda. La Cámara Comercial confirmó la responsabilidad de la entidad y elevó el monto de la reparación económica

ARA San Juan: los principales puntos que deberá fundamentar el tribunal tras condenar a Claudio Villamide
La mayoría lo consideró responsable de incumplimiento de los deberes de funcionario público y estrago culposo agravado. Una de las posibles vías que pudo conducir a la condena estaría centrada en la válvula ECO-19 y el informe de navegación de julio redactado por el comandante del submarino

Las medidas que impulsa Alberto Fernández en la causa por violencia de género y que demorarían su llegada a juicio
La Cámara Federal porteña ordenó cumplir con los pedidos de la defensa. El tribunal de apelaciones le encomendó al juez Rafecas que reevalúe el procesamiento del expresidente una vez que tenga todas las pruebas reunidas



