¿Gobernadores e intendentes de todo el país podrían ser impugnados?

En general hay una gran preocupación porque podría generarse una crisis institucional muy grande en un año ya caótico

Uñac Manzur
Juan Manzur y Sergio Uñac
Guardar

El criterio de la Corte en las recientes decisiones en los casos de Tucumán y San Juan conduce directamente a prohibir reelecciones en provincias y municipios, afectando tanto al oficialismo como la oposición. Los apoderados de diversos partidos políticos, tanto del oficialismo como de la oposición, sean del ámbito provincial o municipal, comenzaron a consultar la extensión que tienen las recientes decisiones de la Corte Suprema, ya sea para impugnar a su contrincante o para defenderse.

En general hay una gran preocupación porque podría generarse una crisis institucional muy grande en un año ya caótico. Si bien se trata de medidas cautelares, los criterios son amplísimos y es posible que la Corte, ahora que se logró que Manzur declinó su candidatura, vea con más detenimiento cuál es el criterio.

Las sentencias dictadas por los jueces Rosatti, Rosenkrantz y Maqueda en los casos de Tucumán y San Juan, establecen un criterio con dos características:

  • Es estricto en el sentido porque dice que hay una base mínima para todo en materia republicana que prohíbe las reelecciones. Esto quiere decir que las reelecciones indefinidas pueden ser impugnadas y declaradas inconstitucionales aunque no haya una prohibición expresa de la Constitución.
  • Es mucho más amplio que los precedentes anteriores porque puede ser aplicable en cualquier caso de derecho local, incluyendo a las provincias y a los municipios. Cualquier ciudadano o partido político puede impugnar una reelección, no sólo ante la Corte, sino ante cualquier tribunal local, invocando que se trata de una reelección. Este criterio comprenderá incluso los casos en que una persona ocupó un cargo y luego intenta permanecer con otro distinto.
Carlos Rosenkrantz, Juan Carlos Maqueda y Horacio Rosatti
Carlos Rosenkrantz, Juan Carlos Maqueda y Horacio Rosatti

En el caso de Santiago del Estero se consideró que el Superior Tribunal provincial interpretó contrariando una norma expresa de la Constitución local. En el caso de Río Negro, también había una prohibición expresa de reelección. En cambio, en los casos de San Juan y Tucumán, no hay ninguna prohibición expresa. Es decir, que la Corte establece una prohibición mediante interpretación de la Constitución Nacional, aplicable cuando hay prohibición y cuando no la hay, y esto también es aplicable tanto a gobernadores como vicegobernadores.

Te puede interesar: La Corte ratificó que el próximo domingo no habrá elecciones en Tucumán y Manzur anticipó que se votará en junio

De este modo podrían también ser declaradas inconstitucionales las Constituciones Provinciales que admiten la reelección indefinida (Catamarca, Formosa, Santa Cruz). Estos criterios generarán una gran litigiosidad en este año electoral y pueden reconfigurar el panorama político, porque alcanzan a todos los partidos políticos.

En estos fallos la Corte dice:

  • “Que no puede desconocérsele al caso el nítido contenido federal que presenta, desde que se ha puesto en tela de juicio la garantía republicana amparada por el artículo 5° de la Ley Fundamental” (consid 5 del fallo Tucumán). Esto quiere decir que la forma republicana de gobierno es un presupuesto mínimo aplicable en todo el país y que el derecho local no puede ignorar.
  • “Que ninguna persona puede postularse para ser Gobernador/ra –o Vicegobernador/a- de la Provincia de San Juan, si ya ejerció cualquiera de los cargos de gobernador/a o vicegobernador/a en tres períodos anteriores de forma consecutiva”. Hasta ahora se prohibía la reelección en el mismo cargo. El criterio, de al menos los tres jueces, es que también se aplica cuando ocupó cargos distintos. Ello significa que lo que se prohíbe es la continuidad, sea en el mismo cargo, en uno distinto. ¿Se aplicará también cuando un intendente de un territorio se postula en otro?

El criterio es “desalentar la posibilidad de perpetuación en el poder, al darle sentido a la noción de periodicidad de los mandatos”. Que dada “la normativa electoral busca dar certeza y poner fin a las disputas mediante la rápida definición de situaciones jurídicas que trascienden el interés.

Seguir leyendo:

Últimas Noticias

Los “daños colaterales” del caso Adorni: piden investigar a los empresarios y a la escribana que participaron en sus negocios

El fiscal Gerardo Pollicita sugirió que se abra una causa en el fuero Penal Económico por la ocultación maliciosa frente al fisco de los gastos del ex jefe de Gabinete

Los “daños colaterales” del caso Adorni: piden investigar a los empresarios y a la escribana que participaron en sus negocios

Testimonios y fotos cuestionados: revierten un fallo que condenaba a una municipalidad por la caída de una joven en la vereda

La demandante había obtenido una sentencia favorable en primera instancia, que le reconoció una indemnización por las lesiones físicas, los gastos médicos y el daño moral. Sin embargo, la Cámara de Apelaciones revocó el fallo al considerar que las pruebas aportadas no permitían acreditar que el desperfecto de la vereda hubiera provocado el accidente

Testimonios y fotos cuestionados: revierten un fallo que condenaba a una municipalidad por la caída de una joven en la vereda

Sacó el auto del garaje y se lo robaron cuando bajó a cerrar el portón: el seguro no quiso pagar por “culpa grave”, pero la Justicia condenó a la aseguradora

Un tribunal de Lomas de Zamora responsabilizó a la compañía por incumplimiento contractual. La aseguradora sostenía que dejar el motor encendido y las llaves puestas constituía una conducta negligente que la eximía de cubrir el robo. Sin embargo, la Justicia ordenó pagar más de $12 millones por el valor del vehículo, la privación de uso y el daño moral

Sacó el auto del garaje y se lo robaron cuando bajó a cerrar el portón: el seguro no quiso pagar por “culpa grave”, pero la Justicia condenó a la aseguradora

Un depósito se incendió y explotaron 43 camiones con garrafas: 16 años después, indemnizarán a la familia que vivía enfrente

El tribunal condenó a la empresa y a su aseguradora a indemnizar a una pareja y a sus dos hijos por los daños sufridos en 2010. El fallo reconoció indemnizaciones por daño psicológico, daño moral y perjuicios materiales para los cuatro integrantes de la familia

Un depósito se incendió y explotaron 43 camiones con garrafas: 16 años después, indemnizarán a la familia que vivía enfrente

La disputa judicial por una banca académica del Consejo de la Magistratura podría llegar a la Corte Suprema

La Cámara Nacional Electoral debe decidir si concede un recurso extraordinario presentado por el Consejo Interuniversitario Nacional contra el fallo que asignó a la Justicia Electoral la competencia para resolver un amparo de autoridades de la UBA. El planteo de fondo cuestiona el sistema de votación indirecta de los profesores de Derecho

La disputa judicial por una banca académica del Consejo de la Magistratura podría llegar a la Corte Suprema