
La Sala B de la Cámara Federal de Córdoba rechazó el intento del fiscal federal Enrique Senestrari de reabrir una causa que ya había sido desestimada por inexistencia de delito. El expediente se inició por una denuncia del funcionario integrante de Justicia Legítima a raíz de la filtración de un audio y su posterior publicación en una nota periodística en el que le pedía ayuda a sus colaboradores porque no se acordaba de lo que había firmado.
En principio, el fiscal interviniente postuló la desestimación de la denuncia y el juzgado de primera instancia ordenó el archivo, temperamento que fue confirmado por la Cámara Federal de Córdoba. Contra ese pronunciamiento, Senestrari fue a la Casación, que anuló la sentencia y ordenó que se investigue la denuncia. Tras esa decisión, la fiscal interviniente dispuso la producción de nuevas medidas de prueba, entre ellas la declaración testimonial de varios empleados de la fiscalía a cargo de Senestrari.
Luego de producidas las pruebas, los representantes del Ministerio Público Fiscal emitieron un dictamen en el que no instaron la acción penal. Allí señalaron que “de la denuncia presentada por el fiscal Senestrari no se advierte ningún hecho susceptible de persecución penal en los términos que fuera presentada la denuncia.”
En este segundo dictamen, los fiscales sostuvieron: “En este caso particular, insistimos, la información divulgada versó sobre un requerimiento de instrucción del cual el propio fiscal habló públicamente en Cadena 3″. Es decir, en el audio de un grupo de WhatsApp en el que Senestrari pedía ayuda a sus colaboradores porque no se acordaba de lo que había firmado se hablaba de una causa sobre la que ya había hecho declaraciones públicas el propio integrante de Justicia Legítima durante una entrevista que concedió a un programa de la cadena radial. Siguiendo el temperamento de los fiscales, el Juzgado Federal Nro. 3 de Córdoba desestimó la denuncia.
Contra esa decisión, los abogados del fiscal Enrique Senestrari -quien se había presentado como pretenso querellante- interpusieron un recurso de apelación que una vez emplazados por la Cámara no lo sostuvieron pese a que habían sido debidamente notificados por lo que el tribunal de alzada, por unanimidad, tuvo por desistido tácitamente el recurso.
Advertido del “olvido” de sus propios letrados y contrariando las normas rituales del proceso penal, Senestrari presentó un memorial de agravios en sustitución del incumplimiento de la carga procesal de sus abogados. La Sala B de la Cámara Federal de Córdoba, integrada por los jueces Abel Sánchez Torres y Liliana Navarro, declaró inadmisible la presentación y confirmó la resolución que tuvo por desistido tácitamente el recurso de apelación.
En su voto, el juez Sánchez Torres señaló que las disposiciones procesales en materia de impugnaciones establecen que éstas deben promoverse, articularse y mantenerse “de acuerdo a las formas prescriptas, las cuales incluyen por cierto la actuación dentro de los términos o plazos legales, bajo apercibimiento de tenérselos por desistido.”
Sin perjuicio de haber declarado inadmisible la presentación de Senestrari, el juez Sánchez Torres se refirió en el fallo a la denuncia del miembro de Justicia Legítima. “La información divulgada en los audios ya había sido dada a conocer de manera pública por el propio fiscal Senestrari, desvirtuando de ese modo el carácter de secreto y descartando que pueda causar algún perjuicio a la investigación”, dijo el camarista. Y agregó: “Debe remarcarse que los propios fiscales a cargo de la investigación de la denuncia efectuada por Senestrari sostienen sin hesitación que en los audios presuntamente filtrados “no se expuso ninguna diligencia que pudiera frustrar la pesquisa”.
Enrique Senestrari es el fiscal de Justicia Legítima que en 2016 pidió que caiga el entonces Presidente de la Nación, Mauricio Macri, y luego -entre otros excesos- calificó a su jefe, Eduardo Casal, como “un hijo de puta”.
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