
La Corte Interamericana de Derechos Humanos archivó el expediente contra Guatemala por el fusilamiento de Roberto Girón y Pedro Castillo Mendoza, ejecutados el 13 de septiembre de 1996 ante cámaras de televisión nacional. La decisión del 9 de octubre de 2026 determinó que el Estado cumplió todas las medidas de reparación fijadas siete años antes, entre ellas las indemnizaciones para los derechohabientes, la publicación de la sentencia y el reintegro de gastos al Fondo de Asistencia Legal de Víctimas.
El cierre corresponde a la etapa de supervisión del fallo emitido el 15 de octubre de 2019 en el caso Girón y otro vs. Guatemala. La resolución no revisa ni modifica la responsabilidad internacional declarada entonces por las violaciones al derecho a la vida, a la integridad personal y a las garantías judiciales de los dos condenados.
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La Corte Interamericana de Derechos Humanos verificó el cumplimiento de las obligaciones mediante tres resoluciones: la del 2 de septiembre de 2022, la del 30 de abril de 2024 y la que dispuso el archivo definitivo en octubre de 2026. El tribunal regional tiene su sede en San José, Costa Rica.

El fusilamiento televisado en Escuintla
Girón y Castillo Mendoza fueron condenados a muerte por violación calificada contra Sonia Álvarez, una niña de cuatro años. La legislación guatemalteca vigente entonces imponía obligatoriamente la pena capital cuando la víctima fallecía, sin permitir que los jueces evaluaran circunstancias atenuantes.
La ejecución se realizó en la Granja Modelo de Rehabilitación Canadá, situada en el departamento de Escuintla. Un pelotón de 20 guardias disparó contra ambos hombres durante un acto transmitido por la televisión nacional.
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Castillo Mendoza sobrevivió a la primera descarga. Uno de los integrantes del pelotón le efectuó luego un disparo final para consumar la ejecución.
El proceso penal se había iniciado en 1993 y la Corte concluyó que los condenados no recibieron una defensa técnica adecuada durante las diligencias judiciales. En una etapa posterior, el Estado les asignó estudiantes de Derecho como defensores.
La sentencia de 2019 consideró que esa representación vulneró las garantías judiciales establecidas en la Convención Americana sobre Derechos Humanos. El tribunal también examinó las condiciones de detención de ambos hombres en el corredor de la muerte y la difusión televisiva del fusilamiento.
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La responsabilidad atribuida al Estado abarcó tanto las ejecuciones como el trato recibido antes de ellas. La transmisión pública de la muerte de Girón y Castillo Mendoza fue considerada parte de las violaciones a su integridad personal.

Indemnizaciones, publicaciones y reintegro de gastos
Las reparaciones ordenadas incluyeron la publicación íntegra de la sentencia y de su resumen oficial. También se dispuso el pago de indemnizaciones por daño inmaterial a los derechohabientes de las víctimas.
El Estado debía además devolver al Fondo de Asistencia Legal de Víctimas los recursos utilizados durante la tramitación del caso ante el sistema interamericano. La resolución de supervisión concluyó que esas obligaciones habían sido satisfechas.
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Respecto de Girón, la Corte declaró finalizada la supervisión del pago correspondiente a sus derechohabientes. En el caso de Castillo Mendoza, el tribunal constató el cumplimiento total de la indemnización dirigida a sus familiares con derecho a reparación.
La publicación de la sentencia y de su resumen oficial fue otra de las medidas que Guatemala completó. Con esas verificaciones, no quedaron obligaciones pendientes dentro del expediente abierto tras el fallo de 2019.
El archivo no elimina la decisión que declaró responsable al Estado guatemalteco por las violaciones cometidas contra los dos hombres. La medida pone fin únicamente al mecanismo con el que el tribunal comprobaba la ejecución de las reparaciones dispuestas.
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Los integrantes del tribunal que dispusieron el archivo
La resolución de octubre de 2026 fue adoptada por una integración presidida por el juez Rodrigo Mudrovitsch, de Brasil. La vicepresidencia estuvo a cargo de la jueza Patricia Pérez Goldberg, de Chile.
También participaron el juez Ricardo C. Pérez Manrique, de Uruguay; la jueza Nancy Hernández López, de Costa Rica; la jueza Verónica Gómez, de Argentina; el juez Alberto Borea Odría, de Perú, y el juez Diego Moreno Rodríguez, de Paraguay.
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