
A partir del 21 de mayo de 2026, USCIS endureció el criterio para el ajuste de estatus y recordó que la residencia permanente dentro de Estados Unidos no es un derecho automático, sino una decisión discrecional.
La agencia indicó que el trámite consular es la vía ordinaria cuando está disponible y que el ajuste dentro del país debe quedar reservado para casos excepcionales.
El cambio afecta de forma directa a los migrantes hispanos que planeaban completar el proceso sin salir de Estados Unidos.
Con la nueva política, la regla práctica es que la mayoría de los solicitantes tendrá que concluir el trámite en una embajada o consulado estadounidense en el extranjero, salvo que logre justificar una excepción y convencer al oficial adjudicador con documentación.
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De acuerdo con el memorando PM-602-0199, USCIS definió el ajuste de estatus como “una medida discrecional y de gracia administrativa” y como un “alivio extraordinario que permite prescindir del proceso consular ordinario”.

La política entró en vigor el 21 de mayo de 2026 y se aplica tanto a solicitudes nuevas como a casos pendientes. Los trámites ya iniciados no se cancelan, pero quedan sujetos a una revisión más estricta de los factores positivos y negativos de cada caso.
Qué cambió en la práctica para quienes buscan la green card
Hasta ahora, el ajuste de estatus (trámite dentro de Estados Unidos) era, para muchos migrantes, la ruta más conveniente para acceder a la residencia permanente, por evitar viajes, entrevistas consulares y tiempos de espera adicionales fuera del país.
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Con la nueva orientación, USCIS sostuvo que el camino “regular” para obtener una visa de inmigrante y, luego, la residencia, es el procesamiento consular.
Esto supone un giro operativo para solicitantes hispanos que ya viven en Estados Unidos con visas temporales, permisos o situaciones migratorias en curso y que preveían finalizar el proceso sin salir del territorio.
A partir de este cambio, quienes quieran permanecer en el país durante el trámite deberán preparar un expediente capaz de sostener por qué su caso amerita una excepción.

El memorando enfatizó que el ajuste de estatus es un beneficio excepcional, no un derecho. En la práctica, eso implica que cumplir los requisitos legales no basta por sí solo: el solicitante debe demostrar que su caso merece una decisión favorable en el ejercicio de la discrecionalidad.
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Más discrecionalidad: el peso del oficial y el riesgo de una denegación
La autoridad para tomar estas decisiones recae en los oficiales de inmigración. Según el criterio fijado por USCIS, el oficial puede negar el ajuste incluso cuando el solicitante cumpla las condiciones normativas para presentar la solicitud. En otras palabras: la elegibilidad no garantiza la aprobación.
En ese contexto, despachos legales como Ellis Law y GMLaw señalaron que la política aumenta la incertidumbre y obliga a anticipar un análisis más exigente del historial migratorio, la coherencia de la entrada al país y cualquier conducta que el gobierno considere desfavorable.
También advirtieron que no existe una lista cerrada de excepciones y que la interpretación puede variar entre casos.
“Circunstancias extraordinarias”: qué se considera y cómo se prueba
USCIS y los abogados citados coincidieron en que solo podrán acceder al ajuste de estatus quienes prueben “circunstancias extraordinarias”.
Entre los ejemplos mencionados se incluyen emergencias humanitarias, separaciones familiares extremas o riesgos graves de seguridad personal al salir de Estados Unidos.
Como la política no fija una definición exhaustiva, el resultado depende de la evidencia y de la evaluación del oficial asignado.
Por esa razón, especialistas como los abogados de Marble recomendaron respaldar la solicitud con pruebas sustanciales: reportes médicos en casos de enfermedades graves, documentación sobre amenazas concretas, o acreditaciones que den sustento a un argumento humanitario o de seguridad.
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En este escenario, la calidad de la evidencia y la asesoría adecuada pueden ser determinantes para evitar una denegación y la obligación de completar el procedimiento por vía consular.

Recomendaciones y prevención de fraudes
USCIS insistió en informarse solo a través de sus canales oficiales y en revisar periódicamente el sitio institucional ante posibles actualizaciones.
También recordó que el seguimiento del estado de cada caso debe realizarse únicamente en el portal oficial (uscis.gov/check-case-status).
Abogados de GMLaw alertaron sobre el crecimiento de estafas tras cambios de política migratoria y aconsejaron desconfiar de intermediarios que prometan “atajos” o ventajas indebidas.
Para quienes ya esperan una resolución o temen un impacto sobre su posibilidad de residir en Estados Unidos, la recomendación central es actuar con cautela, reunir documentación sólida y evitar decisiones apresuradas sin respaldo profesional.
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