
La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) ha confirmado una sentencia dictada el pasado febrero por la Sección Primera de la Audiencia Provincial, que condenó a 6 años y 6 meses de prisión a un hombre que violó a una amiga de su pareja que se encontraba en estado de embriaguez.
Según ha informado el TSJN, el procesado, natural de Ecuador, de nacionalidad española, no podrá comunicarse ni acercarse a la víctima a menos de 500 metros durante 12 años y, además, deberá cumplir una medida de libertad vigilada, a ejecutar con posterioridad a la pena privativa de libertad, de otros 5 años. En concepto de responsabilidad civil, la indemnizará con 20.000 euros por el daño moral.
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Los hechos enjuiciados fueron calificados como constitutivos de dos delitos de agresión sexual, el primero de ellos por tocamientos y el segundo por violación.
El procesado acudió la madrugada del 27 de agosto de 2023 a la Plaza del Castillo de Pamplona a recoger a su pareja, que estaba afectada por la ingesta de alcohol, a petición de una amiga de esta. Introdujo a su compañera sentimental en la parte trasera del vehículo y se dirigieron a una discoteca de la capital navarra. El inculpado y la amiga de su pareja estuvieron un rato y tomaron alguna consumición.
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De vuelta al coche, el encausado condujo hasta su domicilio, situado en una localidad de la merindad de Sangüesa. En el trayecto, besó y realizó tocamientos sin su consentimiento a la amiga, que iba en el asiento del copiloto. Mientras tanto, su pareja continuaba tumbada e inconsciente en los asientos traseros.
Una vez llegaron a su vivienda, el procesado violó en el portal a la amiga de su compañera sentimental. La víctima, según consta en la resolución judicial, se encontraba en ese momento "notoriamente influenciada por el alcohol que había consumido con anterioridad (5 cubatas y 5 chupitos)".
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En la sentencia, que puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo, la Sala de lo Civil y Penal del TSJN desestima en su integridad el recurso presentado por la defensa, que volvió a reclamar la absolución.
Así, el Tribunal destaca la persistencia en su declaración de la denunciante, que no varió su versión en ningún momento, así como la ausencia de motivo espurio en la acusación. La credibilidad de la víctima, añade la Sala, se vio corroborada por datos periféricos.
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"En definitiva, en el caso que nos ocupa, la sentencia recurrida ha realizado un análisis completo y racional de todos los datos que integran el cuadro de prueba, también los llamados de descargo, precisando con detalle las razones por las que atribuye valor reconstructivo a unos y lo descarta de otros", remarca el TSJN.
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