Absuelto el hombre acusado de atacar con heces y pintura la tumba de Fernando Buesa

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Vitoria, 11 jun (EFE).- La Sección de lo Penal del Tribunal de Instancia de Vitoria ha absuelto por falta de pruebas al hombre acusado de haber vandalizado en 2023 con heces y pintura negra el panteón en el que se encuentran las cenizas del socialista Fernando Buesa, asesinado por ETA en el año 2000 junto con su escolta Jorge Díez.

El panteón, ubicado en el cementerio de Santa Isabel de Vitoria, fue atacado en la madrugada del 6 de octubre de 2023, pocas horas después de que el monolito levantado en memoria de ambos en el lugar donde fueron asesinados fuera también saboteado con pintura.

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El magistrado encargado de juzgar este caso concluye en su sentencia que "las pruebas efectuadas no acreditan de forma plena, contundente, rotunda, vigorosa y sin ningún género de dudas" que el procesado fuera el autor del delito contra el respeto a los difuntos del que se le acusaba.

El "indicio" más importante en su contra era el trozo de bolsa de plástico con sus huellas dactilares que apareció junto a la tumba de Buesa y que había sido usada "presuntamente" para transportar las heces.

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El acusado alegó que regenta un comercio y que "da muchas bolsas al día", una versión que "no resulta del todo extraña, descabellada, inverosímil o increíble", sino que es "acorde" con "el hecho común" de que un comerciante abra una bolsa para introducir el producto comprado por el cliente.

Hay "alternativas plausibles" a la presencia del trozo de bolsa y de esa huella dactilar, que además ha podido "quedar impresa antes de la comisión de los hechos delictivos de una manera ocasional o por otro motivo".

Por tanto, la huella "no resulta suficiente" para dictar una sentencia condenatoria, subraya el juez, que considera que el otro "indicio" señalado por las acusaciones -la cercanía de la tumba de Buesa y la de un familiar del acusado- es "un dato meramente anecdótico que no prueba nada en relación a la autoría de los hechos".

El juez lamenta que no se analizara en su momento el ADN de las heces porque "hubiera resultado muy útil, claramente concluyente y esclarecedor sobre la autoría de los hechos" y considera que la falta de ese dato perjudica a las acusaciones y favorece a la defensa.

En opinión del magistrado no hay "prueba de cargo adecuada y suficiente" para condenar al acusado, dado que sobre lo ocurrido "únicamente existen sospechas, intuiciones, conjeturas o suposiciones" pero no hay "ninguna prueba directa que acredite que el acusado cometiera los hechos".

La sentencia no es firme y puede ser recurrida ante la Audiencia Provincial de Álava. EFE

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