
Las imágenes que nos están dejando los incendios forestales en España son absolutamente devastadoras. Desde principios de 2026 han arrasado ya más de 131.000 hectáreas en España y han dejado a decenas de miles de personas sin vivienda, vehículo o negocio. Ante esa situación, la primera pregunta que se plantean los damnificados es también la más práctica: ¿qué se puede recuperar y cómo?
La respuesta depende, ante todo, de si se tiene o no un seguro. A diferencia de lo que ocurre con las inundaciones —donde interviene el Consorcio de Compensación de Seguros (CCS)—, en los incendios forestales la cobertura recae sobre las aseguradoras privadas. El CCS solo actúa ante riesgos extraordinarios definidos por ley, como erupciones volcánicas, por lo que quienes no dispongan de póliza deberán explorar otras vías.
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Si tienes seguro de hogar
El primer paso es contactar con la aseguradora cuanto antes para abrir el expediente. Varias compañías han habilitado líneas telefónicas de atención específica para los afectados por los incendios de Ávila, Madrid y Toledo. Basta con facilitar el DNI si no se tiene a mano el número de póliza.
Los seguros de hogar distinguen entre dos conceptos: el continente —la estructura del inmueble— y el contenido —los bienes que hay en su interior—. La indemnización cubrirá hasta el importe que figure en la póliza contratada, por lo que quienes no hayan actualizado el valor asegurado en los últimos años podrían recibir una compensación inferior al daño real.
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Muchas pólizas incluyen también la cobertura por inhabitabilidad: si la vivienda queda inutilizable, la aseguradora debe costear un alojamiento alternativo durante un número determinado de días. Otros gastos que pueden estar cubiertos son el desescombro, el traslado de enseres salvados y el servicio de guardamuebles, aunque las condiciones varían según cada contrato.
Antes de limpiar o retirar cualquier objeto dañado, fotografía y documenta todo. Las imágenes, facturas y cualquier prueba del estado anterior y posterior al incendio serán fundamentales para que el perito valore correctamente el siniestro. Guarda también copia de todos los trámites realizados con la aseguradora, ya que podrían incluirse en la reclamación final.
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Una vez comunicado el siniestro, la compañía dispone de un plazo máximo de 40 días para abonar el importe mínimo de los daños ya evaluados, según la OCU. La liquidación definitiva no debería superar los tres meses desde la declaración del siniestro; en caso contrario, el asegurado tiene derecho a reclamar intereses de demora.
Vehículos y negocios
Los propietarios de vehículos deben revisar su póliza: los seguros a todo riesgo o con modalidades de terceros ampliado suelen cubrir los daños por incendio. Las pólizas básicas de responsabilidad civil, por regla general, no contemplan este tipo de siniestro. La indemnización dependerá de la cobertura contratada, la antigüedad del vehículo y la existencia o no de franquicia, según advierte la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU).
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En cuanto a los negocios, las pólizas empresariales pueden incluir cobertura por pérdida de beneficio: si un comercio no ha podido abrir o una actividad profesional se ha interrumpido —aunque el local no haya ardido—, la aseguradora podría compensar esa pérdida de ingresos. Autónomos, pymes y explotaciones agrarias o ganaderas también disponen de seguros específicos para este tipo de contingencias.
“Los daños provocados por el riesgo de incendio en las producciones agrícolas y ganaderas están cubiertos por el seguro agrario (Agroseguro). Todos los productores asegurados cuentan con protección frente a este riesgo dentro de la garantía básica de cualquier póliza, tanto por daños en la producción como a la plantación (en el caso de daños en el arbolado, viñas...). Asimismo, el seguro agrario también ofrece cobertura de los daños que hayan podido sufrir las cabañas ganaderas aseguradas a causa del fuego”, explican desde Unespa.
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Ayudas públicas
El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, anunció el domingo que el Consejo de Ministros aprobará el martes 28 de julio la declaración de las zonas afectadas como gravemente dañadas por una emergencia de protección civil —la conocida como “zona catastrófica”—. Esa declaración abre el marco legal para que el Estado movilice subvenciones, beneficios fiscales y medidas laborales, pero por el momento habrá que esperar a ver en qué consisten.
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