
El fallo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía destaca la declaración realizada por el condenado, quien expuso que había salido a pescar en compañía de amigos y que, tras un acelerón de la embarcación mientras se hallaba en la popa preparando cebo, terminó cayendo al agua sin que pudieran socorrerlo sus acompañantes. Según informó Europa Press, la Sala consideró esa versión como incompatible con la lógica de los hechos y la calificó como una explicación insólita en el contexto del caso.
De acuerdo con Europa Press, el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha ratificado la sentencia dictada previamente por la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Huelva contra un hombre al que se le atribuye la comisión de un delito contra la salud pública, imponiéndole una condena de cuatro años, seis meses y un día de cárcel. Además, la resolución añade dos multas, cada una de 224.462 euros, equivalentes al valor de mercado estimado para la droga incautada, estipulando que cada multa suponga un día adicional de privación de libertad en caso de impago. La instancia judicial absuelve al condenado del delito de contrabando, del que también había sido acusado.
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Los hechos ocurrieron en febrero de 2025 cerca de la playa de Los Enebrales, en Punta Umbría, Huelva. Según consignó Europa Press, la Guardia Civil activó a las 5:00 horas una patrullera del Servicio Marítimo Provincial con la finalidad de interceptar una embarcación semirrígida, de nueve a doce metros de longitud y equipada con tres motores fuera borda, que se dirigía hacia la costa. Al advertir la presencia policial, los ocupantes de la embarcación cambiaron bruscamente de rumbo y comenzaron a efectuar maniobras evasivas, desplazándose hacia el sur y arrojando desde la embarcación un número indeterminado de fardos de arpillera en lo que el tribunal describió como maniobras evidentes de riesgo.
Según detalló Europa Press, durante la persecución uno de los ocupantes, identificado después como el acusado, cayó al agua mientras la narcolancha seguía su huida. Pasadas unas horas, sobre las 9:50, una embarcación de Salvamento Marítimo lo rescató del mar. Entre las 7:30 y 12:00 horas, las autoridades recuperaron tres fardos lanzados al agua, con un peso total de 114 kilos de resina de hachís, cuyo valor en el mercado ilegal asciende a 224.462 euros. El condenado formaba parte de un grupo de dos o tres personas que viajaban en la embarcación, según recoge la sentencia consultada por Europa Press.
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Durante el proceso, la defensa del acusado presentó un recurso de apelación argumentando una supuesta violación del derecho a la presunción de inocencia. En respuesta, el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía analizó el procedimiento seguido por el Tribunal de instancia y, conforme a la jurisprudencia citada por Europa Press, subrayó que este derecho solo se vulnera cuando se condena sin la existencia de pruebas, o en caso de pruebas insuficientes o cuya obtención resulte ilícita. Según indicó la sentencia, la actuación judicial incluyó toda la actividad probatoria necesaria, realizada en condiciones legales y regulares, y cumpliéndose los requisitos de inmediación, oralidad, publicidad y contradicción. El fallo concluyó que la valoración de la prueba efectuada por el tribunal fue racional, lógica y "escrupulosamente respetuosa" con el derecho fundamental a la presunción de inocencia.
Europa Press informó que, al desestimar el recurso de la defensa, el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ratificó en todos sus extremos la condena decidida por la Audiencia Provincial de Huelva. El texto judicial estableció además que al acusado se le descontará de la condena el tiempo que haya estado detenido o en prisión preventiva por la causa. La decisión valora los elementos reunidos por la Guardia Civil y el testimonio de los agentes, así como la recuperación de los fardos. La embarcación semirrígida implicada no fue interceptada, pues logró escapar tras las maniobras evasivas, apartándose de la zona en dirección sur.
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A lo largo del proceso, el tribunal resaltó que la explicación ofrecida por el acusado respecto a su presencia en la embarcación y el motivo por el que cayó al agua no se ajusta a la versión aceptada en la sentencia, al resultarle incompatible con las pruebas y con la secuencia de los hechos reconstruida por la investigación. El valor atribuido al cargamento incautado corresponde al precio estimado en el mercado ilícito de hachís.
La resolución deja constancia de la intervención del Servicio de Salvamento Marítimo en el rescate del hombre, así como de la participación de la Guardia Civil en la persecución y recuperación parcial de la droga arrojada al mar. El fallo judicial remarca que, si el condenado no hace frente a las cuantiosas multas impuestas, deberá cumplir un día de reclusión adicional por cada una. La investigación no permite establecer la identidad ni el paradero de los otros ocupantes de la embarcación, quienes lograron huir tras el incidente.
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A lo largo de la resolución consultada por Europa Press, el Alto Tribunal andaluz justifica cada aspecto de la condena, remitiéndose a los elementos probatorios obtenidos tanto en el operativo marítimo como en la fase judicial. La sentencia pasa a ser firme tras la ratificación por parte del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, salvo posibles recursos extraordinarios de defensa, de los que no consta información en la fuente.
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